Principios Fundamentales y Marcos Legales
Dignidad e Igualdad
En el marco de la legislación vigente, las personas con discapacidad deberán ser tratadas con dignidad y respeto en todo momento. La Carta Fundamental establece las bases de la institucionalidad, señalando que en el territorio todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Este es el primer y más importante derecho, que sienta las bases de toda la regulación normativa, donde se debe promover la igualdad de todos los individuos en el ejercicio de sus derechos.
Convenciones Internacionales y Constitución
Una convención internacional persigue que los Estados partes eliminen progresivamente toda forma de discriminación que vaya en contra de la dignidad, trato y ejercicio de los derechos de las Personas con Discapacidad.

Leyes Clave en el Reconocimiento de Derechos
Ley N° 20.422 y Procedimientos Judiciales
La Ley 20.422 establece que en los procedimientos judiciales, la vista de la causa podrá suspenderse sólo por una vez. Esta suspensión procede siempre que sea a petición del demandante de la primera instancia, independientemente del número de partes en el recurso. La solicitud que en este sentido plantee quien fuere el demandado en la primera instancia, sólo procederá si la Corte de Apelaciones respectiva califica como fundada la solicitud.
Modificaciones al Código Civil (Ley N° 19.904)
El Código Civil, a través de la reforma introducida por la Ley 19.904, modificó las normas sobre capacidad respecto de las personas sordas y sordomudas. Ahora se reconoce la capacidad de aquellas personas que pueden "darse a entender claramente", y no necesariamente por "escrito".
Acceso con Perros Guía o de Asistencia (DFL)
Existe una norma, el D.F.L., que regula el derecho de toda persona con discapacidad de ser acompañada permanentemente por un perro guía o de asistencia a todo lugar destinado a un uso que implique la concurrencia de público. Esta norma ha sido parcialmente derogada por la Ley 20.422, pero mantiene su esencia en cuanto al derecho de acompañamiento.
Derechos Específicos y Áreas de Inclusión
Reconocimiento y Evaluación de la Discapacidad
La persona con discapacidad tiene derecho a ser evaluada médicamente, tanto en el sector público como en el privado, para obtener la calificación de la discapacidad. Además, existen disposiciones sobre subvenciones estatales, educación, sobre juicio de alimentos y diversas normas para aquellas personas con alguna discapacidad intelectual.
Acceso a la Vivienda y Subsidios
Existen subsidios especiales del Ministerio de Vivienda para adquirir casas que serán permanentemente habitadas por personas con discapacidad, facilitando así su acceso a una vivienda digna.
Participación Ciudadana: El Derecho al Voto
Las personas con discapacidad tienen derecho a votar sin presiones. Existen sanciones penales para quienes impidan, obstaculicen o dificulten maliciosamente el voto de un elector con discapacidad, garantizando su participación democrática.
Accesibilidad en Entornos Físicos
Los usuarios de sillas de ruedas tienen derecho al fácil acceso y tránsito en edificios de uso público o que presten servicios a la comunidad, lo que es fundamental para su autonomía y participación en la sociedad.

Inclusión Educativa
Las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a los establecimientos públicos y privados de enseñanza regular o de educación especial que reciban subvenciones del Estado. Los establecimientos de educación parvularia, básica y media, deben tener planes para alumnos con necesidades especiales. Asimismo, los establecimientos de enseñanza regular deben implementar adecuaciones de currículum, infraestructura y materiales de apoyo para permitir el acceso de personas con discapacidad, promoviendo una educación inclusiva.
DUA: Diseño Universal para el Aprendizaje – Educación inclusiva y modelo pedagógico
Reconocimiento de la Lengua de Señas
El Estado reconoce la lengua de señas como medio de comunicación natural de la comunidad sorda, lo que representa un avance significativo en la garantía de sus derechos comunicacionales y culturales.
Salud y Rehabilitación
Las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a programas estatales o a prestaciones en la salud pública destinadas a su rehabilitación, asegurando su bienestar y recuperación funcional.
Protección de Datos Personales: Ficha Clínica
Las personas con discapacidad psíquica o intelectual tienen derecho a que se resguarde la reserva de su ficha clínica, protegiendo su privacidad y confidencialidad de la información de salud.
Inclusión Laboral
La Ley de Inclusión Laboral
Cerca de 7.600 empresas están obligadas a cumplir con la Ley de Inclusión Laboral para personas con discapacidad, la cual comenzó a regir el 1 de abril del 2018. Esta ley busca fomentar la contratación de personas con discapacidad en el mercado laboral.
Principios de No Discriminación en la Contratación
Las empresas o servicios no pueden optar por una discapacidad en particular en la contratación, lo que asegura que no se privilegie una discapacidad sobre otra, promoviendo la igualdad de oportunidades.
Contratos de Aprendizaje
Las personas con discapacidad tienen derecho a celebrar el contrato de aprendizaje contemplado en el Código del Trabajo, lo que facilita su acceso a la formación y experiencia laboral.