Leyes de Pensión Alimenticia para Hijos en China

La pensión alimenticia, en términos prácticos, es la obligación económica legal que tienen los padres de proporcionar apoyo financiero necesario a sus hijos cuando están separados, divorciados o no conviven. Esta obligación cubre típicamente gastos de manutención, educativos y médicos. La duración de la pensión se extiende hasta que el hijo alcanza la mayoría de edad, se independiza o continúa cursando educación secundaria o inferior.

Esquema de las obligaciones de manutención para hijos

Fundamentos y Alcance de la Obligación de Alimentos

La obligación de pago de una pensión alimenticia se deriva del parentesco por consanguinidad y afinidad, y de un lazo matrimonial (previo) o una relación paternofilial. Durante el matrimonio o la unión registrada, los padrastros o las madrastras también están obligados a mantener a los hijos menores de su cónyuge o pareja de hecho que pertenezcan a la familia.

Los progenitores deben sufragar, en función de sus posibilidades, los gastos de cuidado y educación de los hijos menores de edad. Esta obligación, tanto para hijos menores como para adultos jóvenes (hasta los 21 años), existe con independencia de su necesidad. Se considera que una persona sufre necesidad si carece de ingresos suficientes para mantenerse y, en la medida que puede esperarse, no es capaz de obtenerlos por sí misma.

Extensión de la Obligación a Hijastros y Hijos Adultos Jóvenes

Los progenitores y los padrastros y madrastras también están obligados a cubrir el coste de la vida y los gastos de educación de sus hijos (o hijastros) de entre 18 y 21 años. El padre biológico de un menor también está obligado a proporcionar alimentos a cualquier hijo (no reconocido) que ha procreado, siempre que el menor solo tenga madre y no mantenga un parentesco familiar legal con otro progenitor (cuando no existe otro progenitor legal).

La persona que no sea uno de los progenitores que tenga la custodia compartida sobre un menor conjuntamente con el progenitor de dicho menor tiene una obligación de alimentos para con el menor (artículo 1:253w del Código Civil).

Determinación y Pago de la Pensión Alimenticia

Los hijos reciben de sus padres un sustento razonable para la vida. En caso de separación o divorcio de los padres, ambos progenitores siguen estando obligados a mantener a sus hijos. Por lo general, el progenitor que tiene la custodia de los hijos cumple con su obligación de manutención cuidando de la vida diaria de los hijos, mientras que el otro progenitor debe cumplir con su obligación pagando una pensión alimenticia al progenitor custodio.

La pensión alimenticia suele ser en efectivo, pero también puede adoptar otras formas. Sin embargo, cuando los padres tienen una custodia compartida de los hijos, el tribunal también puede ordenar que el progenitor con mayores ingresos pague una cierta cantidad de pensión alimenticia al otro progenitor con menores ingresos.

Durante la vigencia del matrimonio, si uno o ambos padres se niegan a cumplir con la obligación de mantener a los hijos, y los hijos menores de edad o que no pueden vivir de manera independiente solicitan el pago de la pensión alimenticia, el tribunal popular debe apoyar dicha solicitud.

Elementos y Cálculo de la Pensión Alimenticia

La pensión alimenticia para hijos incluye los gastos de manutención, los gastos educativos, los gastos médicos, entre otros. El monto de la pensión alimenticia sigue un marco de evaluación tridimensional basado en "las necesidades del hijo - la capacidad de los padres - las diferencias regionales".

En los casos de divorcio, al determinar el monto de la pensión alimenticia para los hijos, los tribunales populares generalmente se basan en los siguientes tres criterios principales:

  • Las necesidades reales del hijo.
  • La capacidad de manutención de ambos padres.
  • El nivel de vida real en la localidad.

De acuerdo con la interpretación judicial, después del divorcio de una pareja, la pensión alimenticia para los hijos puede pagarse de acuerdo con los siguientes estándares:

  1. Para quienes tienen ingresos fijos: la pensión alimenticia generalmente puede pagarse en una proporción del veinte al treinta por ciento de sus ingresos mensuales totales. Para quienes deben pagar la pensión alimenticia de dos o más hijos, la proporción puede aumentarse apropiadamente, pero generalmente no debe exceder del cincuenta por ciento de los ingresos mensuales totales.
  2. Para quienes no tienen ingresos fijos: el monto de la pensión alimenticia puede determinarse con base en los ingresos totales del año en curso o en el ingreso promedio de la misma industria, haciendo referencia a las proporciones mencionadas anteriormente.
  3. En circunstancias especiales: las proporciones mencionadas anteriormente pueden aumentarse o reducirse apropiadamente.

El pago de la pensión alimenticia, si las condiciones lo permiten, puede realizarse de una sola vez. Si temporalmente no se cumplen las condiciones, puede pagarse mensualmente o periódicamente, o también puede pagarse trimestral o anualmente según los ingresos.

Pensión alimentaria: qué incluye y cómo se calcula

Acuerdos y Modificaciones

Los antiguos cónyuges pueden llegar a acuerdos extrajudiciales en materia de alimentos, los cuales, por lo general, se recogen en un acuerdo (de divorcio) y son ratificados por el órgano jurisdiccional.

Cuando los padres, mediante una negociación igualitaria y voluntaria, llegan a un acuerdo claro y específico sobre los asuntos relacionados con la pensión alimenticia, y dicho acuerdo no perjudica los derechos e intereses legítimos de los hijos, debe ser permitido. Para evitar que ambos progenitores dañen los intereses de los hijos, la oficina de registro civil o el tribunal popular debe examinar cuidadosamente la situación económica y la capacidad de ambas partes, las necesidades de los hijos, el nivel de vida local, el nivel educativo, entre otros factores. Si el acuerdo es perjudicial para los hijos, no debe ser permitido.

Si un acuerdo o resolución judicial deja de cumplir los criterios legales debido a un cambio de circunstancias, puede modificarse mediante una resolución posterior. Cada año, el ministro de Justicia establece el porcentaje de aumento anual de las pensiones alimenticias establecidas por los órganos jurisdiccionales y de las pensiones establecidas de mutuo acuerdo. Existen varias excepciones a este ajuste automático de las pensiones alimenticias.

Razones para Solicitar un Aumento

Los hijos tienen derecho a solicitar a sus padres un aumento de la pensión alimenticia cuando el monto establecido en el acuerdo o sentencia original sea claramente insuficiente. Las situaciones que justifican un aumento suelen ser:

  • Con el aumento de los precios y la mejora del nivel de vida económico, el monto de la pensión alimenticia original resulta difícil de satisfacer las necesidades reales y no puede mantener el nivel de vida real local.
  • Los gastos necesarios para los hijos debido a la escolarización, enfermedades u otras razones han superado el monto originalmente establecido.
  • Existen otras razones legítimas que justifican un aumento.

Razones para Solicitar una Reducción o Exención

Los padres obligados a pagar la pensión alimenticia pueden solicitar una reducción o exención del pago en las siguientes circunstancias:

  • Debido a una enfermedad prolongada o a la pérdida de la capacidad laboral, se ha perdido la fuente de ingresos económicos y realmente no se tiene la capacidad de pagar según el monto establecido, mientras que la parte que tiene la custodia de los hijos puede asumir la carga.
  • Incapacidad para pagar debido a haber sido encarcelado para cumplir una condena por un delito.
  • Cuando la parte que tiene la custodia directa del hijo se vuelve a casar, y el padrastro o la madrastra está dispuesto a asumir la totalidad o una parte de la pensión alimenticia requerida para el hijo.

Es importante tener en cuenta que, cuando las circunstancias especiales que justifican el aumento o la reducción de la pensión alimenticia desaparecen, en el caso de un aumento, se puede solicitar restablecer el pago de la cantidad original; en el caso de una reducción o exención, se debe reanudar el pago.

Edad Límite para la Pensión de Alimentos

El período de pago de la pensión alimenticia generalmente debe extenderse hasta que el hijo cumpla dieciocho años. En muchos estados, si el hijo sigue siendo un estudiante a tiempo completo, este límite de tiempo se puede extender uno o dos años más.

Excepciones para Adultos Jóvenes y Mayores

Para personas de 18, 19 o 20 años de edad ("adultos jóvenes"), los progenitores tienen la responsabilidad de pagar el coste de la vida y los gastos de educación. Esta obligación es de aplicación incluso si el menor tiene sus propios medios o ingresos.

Si un hijo mayor de dieciséis años pero menor de dieciocho obtiene sus principales medios de subsistencia de sus ingresos laborales y puede mantener el nivel de vida general local, los padres pueden cesar el pago de la pensión alimenticia.

Los hijos adultos que aún no viven de forma independiente y se encuentran en una de las siguientes circunstancias, y cuyos padres tienen capacidad de pago, aún deben recibir la pensión alimenticia necesaria:

  • Han perdido su capacidad laboral o, aunque no la han perdido completamente, sus ingresos son insuficientes para mantenerse.
  • Aún están estudiando en la escuela.
  • Realmente carecen de la capacidad y las condiciones para vivir de forma independiente.

Obligaciones de Padrastros, Madrastras y Padres Adoptivos

Las obligaciones de manutención de los padrastros, madrastras y padres adoptivos se definen según la relación legal y los acuerdos correspondientes. El cambio de apellido del hijo no afecta la responsabilidad de pago.

Padrastros y Madrastras

En caso de divorcio entre el padre biológico y la madrastra, o entre la madre biológica y el padrastro, si el padrastro o la madrastra no aceptan continuar criando a los hijastros que han criado y educado previamente, la crianza seguirá siendo responsabilidad de los padres biológicos, y los padrastros y madrastras tampoco están obligados a pagar pensión alimenticia a los hijastros; si aceptan criarlos, por supuesto, la ley también lo reconoce.

Padres Adoptivos

  1. Antes de la entrada en vigor de la Ley de Adopción de la República Popular China, si uno de los cónyuges adoptó a un hijo y la otra parte no se opuso, formándose una relación de adopción de hecho, tras el divorcio, ambos deben asumir los gastos de manutención del hijo.
  2. Antes de la entrada en vigor de la Ley de Adopción de la República Popular China, si uno de los cónyuges adoptó a un hijo y la otra parte se opuso constantemente, tras el divorcio, la parte que se opuso puede no estar obligada a pagar la pensión alimenticia, correspondiendo al cónyuge que realizó la adopción mantener a dicho hijo.
  3. Para los hijos adoptados por ambos cónyuges (antes o después de la entrada en vigor de la Ley de Adopción), mientras no se disuelva la relación de adopción, se deben asumir los Pensión alimenticia del hijo adoptivo de acuerdo con las disposiciones legales aplicables a padres e hijos.

Procedimiento Judicial y Ejecución

La solicitud de establecimiento, modificación o supresión de una pensión alimenticia debe ser presentada por un abogado. En los procedimientos judiciales debe pagarse una contribución a las costas judiciales, es decir, la tasa judicial. Si el litigante no puede pagar (la totalidad de) los honorarios de un abogado, en ciertas circunstancias puede tener derecho a recibir asistencia jurídica.

Competencia de los Tribunales

En los asuntos en materia de alimentos, es competente en primera instancia el juzgado ordinario del lugar de residencia del demandante (o uno de los demandantes) o de una de las partes que figuran en la demanda o, a falta de un lugar de residencia de una de estas partes, el juzgado del lugar de residencia de facto de una de ellas. Desde el 18 de junio de 2011, el Reglamento (CE) n.º 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos está en vigor en lo que respecta a las obligaciones de alimentos en la Unión Europea.

Las partes también podrán, de mutuo acuerdo, elegir el órgano jurisdiccional competente sobre la base de determinados factores pertinentes. Para la aplicación del Reglamento en materia de obligaciones de alimentos no es necesario que el lugar de residencia habitual del demandado se encuentre en el territorio de un Estado miembro.

Si el demandado reside fuera de la Unión Europea, el órgano jurisdiccional neerlandés es competente en virtud del Código de Procedimiento Civil. En tales casos, los tribunales de divorcio están facultados para adoptar medidas provisionales respecto al divorcio o resoluciones accesorias, como la concesión de una pensión alimenticia o la continuación de la ocupación del domicilio conyugal.

Incumplimiento y Ejecución Forzosa

El proceso de ejecución se rige por las disposiciones relevantes del Código Civil de la República Popular China; el incumplimiento del pago puede constituir el Delito de desobediencia a sentencia o fallo judicial, y la parte receptora puede solicitar la ejecución forzosa o emprender acciones penales.

Si la obligación de alimentos frente al menor o a la pareja se reconoce por resolución judicial y el deudor de la obligación incurre en mora, la Oficina Nacional para el Cobro de Pensiones Alimenticias (LBIO) puede ejecutar dicha resolución en forma de deducción de los salarios o prestaciones que perciba el deudor. El agente judicial también puede practicar esta ejecución forzosa. Si no existe resolución judicial, el asunto debe presentarse ante el órgano jurisdiccional.

En el caso de pensiones alimenticias reconocidas de mutuo acuerdo, se aplica un plazo de prescripción de cinco años si el plazo de cumplimiento original ya ha vencido pero no se ha cumplido la obligación. El recurso a la LBIO es gratuito para el acreedor de la obligación. Si la LBIO se hace cargo del cobro, el deudor de la obligación le paga un recargo del 15 % de las mensualidades adeudadas y la pensión alimenticia atrasada.

Si una de las partes no tiene ingresos económicos o su paradero es desconocido, se pueden utilizar sus bienes para compensar la pensión alimenticia de los hijos.

Cooperación Internacional

La LBIO también actúa en el ámbito del cobro internacional de obligaciones de alimentos. Los Países Bajos son parte en el Convenio de las Naciones Unidas sobre la obtención de alimentos en el extranjero, firmada en Nueva York el 20 de junio de 1956 (Convenio de Nueva York). Se trata de un convenio de asistencia jurídica mutua, cuya finalidad es facilitar el cobro de una pensión alimenticia en asuntos internacionales.

El Convenio de La Haya de 23 de noviembre de 2007 sobre Cobro Internacional de Alimentos para Niños y Otros Miembros de la Familia, entró en vigor el 1 de agosto de 2014 entre los Estados miembros de la Unión Europea (solo en parte para Dinamarca) y otros países signatarios. El Convenio de la Haya sustituye al Convenio de Nueva York entre las partes contratantes en la medida en que el ámbito de aplicación de ambos convenios coincide. Las actividades llevadas a cabo por la LBIO y las instituciones extranjeras como autoridades centrales son, en principio, gratuitas.

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