Protección Legal y Prevención del Abuso Económico en el Adulto Mayor al Firmar Documentos

El abuso económico de la persona mayor es uno de los problemas a los que tenemos que enfrentarnos cuando nos hacemos mayores, y lamentablemente, es mucho más habitual de lo que podría pensarse. Con el paso de los años se produce inevitablemente un deterioro natural de nuestras capacidades, lo que puede aumentar la vulnerabilidad.

Infografía sobre las formas de abuso económico en personas mayores

La Vulnerabilidad del Adulto Mayor ante el Abuso Económico

Deterioro de Capacidades y Confianza Excesiva

El abuso económico, o maltrato financiero, se define como hacer un uso ilegal del patrimonio de una persona mayor. Una de las razones que contribuyen a esta vulnerabilidad es que muchas personas mayores tienen un exceso de confianza en los demás. Un trato amable que esconde malas intenciones, o unas dulces palabras que aparentan un inexistente interés, pueden hacer que la persona mayor sienta un agradecimiento y una inmerecida confianza hacia un tercero, conocido o no, facilitando el abuso.

Factores de Riesgo Individuales

Si el deterioro normal de las facultades por el paso del tiempo ya puede hacer a una persona vulnerable, no cabe duda de que, tal como reconoce la OMS, existen factores individuales que aumentan el riesgo de sufrir maltrato económico en personas mayores, como son la discapacidad y el deterioro cognitivo.

Esquema de los factores de riesgo de abuso en adultos mayores

Formas de Abuso Económico Vinculadas a la Firma

El abuso patrimonial a menudo se materializa a través de acciones directas relacionadas con la firma de documentos, las cuales incluyen:

  • Chantaje emocional para conseguir que la persona firme determinados documentos.
  • Falsificar la firma de la persona.
  • Forzar o engañar a la persona para conseguir su firma.

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Marcos Legales y Medidas de Protección

La Provisión de Apoyos en la Legislación Actual (España)

Una de las ventajas de la actual legislación sobre la provisión de apoyos a las personas con discapacidad es que, cuando la persona mayor no tenga a nadie de su plena confianza que la ayude, puede solicitar la provisión de apoyos para complementar áreas en las que tengan deficiencias. Esto permite que se le otorguen judicialmente medidas de ayuda de forma personalizada. En definitiva, se trata de solicitar la medida que concretamente precise para poder ejercer su plena capacidad en igualdad de condiciones, y sin necesidad de ser declarada incapaz. Es importante recordar que ya no proceden los procedimientos de incapacitación judicial e incluso deben revisarse las sentencias dictadas con la anterior legislación.

Obligaciones de Reporte y Definiciones Legales (California)

La Influencia Indebida

La sección 15610.70(a) del Código de Bienestar e Instituciones de California define la influencia indebida en general como "persuasión excesiva que hace que otra persona actúe o se abstenga de actuar superando el libre albedrío de esa persona y resulte en inequidad". Las secciones 15610.70(a)(1)-(4) del Código de Bienestar e Instituciones de California enumeran los factores que deben considerarse para determinar si hubo influencia indebida.

Deber de Informar

Los bancos y las instituciones financieras están obligados a informar según el Código de Bienestar e Instituciones §15630.1. No informar puede resultar en una multa de $1,000, y la falta intencional de informar puede acarrear una multa de $5,000.

La persona responsable del cuidado o la custodia de un anciano, independientemente de que reciba o no una remuneración, incluye a administradores, supervisores y cualquier miembro del personal autorizado o de un establecimiento público o privado que brinde atención o servicios a ancianos; cualquier custodio de un anciano o adulto dependiente, profesional de la salud, miembro del clero o empleado de una agencia de servicios de protección de adultos del país o de una agencia local de aplicación de la ley.

Órdenes de Restricción por Abuso de Ancianos (EARO)

Un anciano que sufre abuso financiero puede solicitar una intervención de emergencia del tribunal para protegerse de su abusador a través de una Orden de Restricción por Abuso de Ancianos (EARO, por sus siglas en inglés). El solicitante debe presentar evidencia de abuso físico y/o financiero a través de una declaración y/o documentos al tribunal para obtener una EARO temporal. Aproximadamente un mes después de que se otorga la EARO temporal, el solicitante debe presentar evidencia en una audiencia y cumplir con su carga de prueba para obtener una EARO permanente que puede durar hasta cinco años.

Una EARO incluye recursos ordenados por el tribunal que prohíben al abusador de un anciano comunicarse con él, acercarse a él en persona y, en algunos casos, continuar viviendo en su hogar. Según el Código de Bienestar e Instituciones § 15657.03, los adultos mayores de 65 años pueden solicitar a un tribunal estatal inicialmente una EARO temporal contra su abusador que, si se concede, entrará en vigor inmediatamente después de la notificación. Esa EARO temporal puede ser notificada gratuitamente por los alguaciles del condado, lo que puede incluir una mudanza supervisada por el alguacil del abusador, si se concede una orden de mudanza en la EARO temporal. La EARO temporal permanece en vigor hasta que se celebre una audiencia para órdenes permanentes aproximadamente un mes después de que se otorgue la EARO temporal. Si bien una persona mayor puede solicitarle al tribunal una EARO por sí misma sin representación legal, las peticiones tienen más éxito si se contrata a un abogado.

Alternativas a la Tutela y Revocación de Poderes

Si está pensando en una tutela de una persona o tutela del patrimonio para detener o prevenir el abuso de personas mayores, es importante examinar estas opciones cuidadosamente. La tutela de una persona es un proceso de la corte que nombra a una persona para tomar decisiones personales en nombre de una persona que no puede tomarlas por sí misma. La tutela del patrimonio es un proceso judicial parecido que nombra a una persona para tomar decisiones sobre los bienes y las finanzas de otra persona. Un tutor del patrimonio puede tomar la decisión de vender su casa y sus pertenencias aunque usted no lo desee. Una corte puede nombrar a un desconocido para tomar estas decisiones en su nombre si no hay un familiar o amigo de confianza que considere adecuado.

Si usted o alguien que conoce necesita ayuda, hay alternativas disponibles. Un poder notarial financiero o para la atención de la salud pueden permitir que alguien en quien confíe tome decisiones en su nombre. Un representante de beneficiario del Seguro Social puede manejar sus fondos del Seguro Social y pagar sus cuentas.

Si nombró a alguien en un poder notarial para que tome decisiones en su nombre y la persona está abusando de usted, puede quitarle el poder. Puede revocar (cancelar) su poder notarial en cualquier momento, aunque le hayan dicho que no tiene la capacidad para tomar sus propias decisiones. Si alguien que conoce está sufriendo de un abuso a manos de una persona nombrada en un poder notarial, puede pedirle al juez que cancele el poder. Cualquier persona interesada puede presentar una petición en la corte testamentaria para pedirle a un juez que lo haga. El proceso puede ser complicado; tal vez le convenga hablar con un abogado.

Si usted o alguien que conoce está sufriendo de abuso a manos de un tutor de una persona o tutor del patrimonio, la única manera de quitarle el tutor es pedirle a un juez. Cualquier persona interesada puede presentar una petición en la corte testamentaria para pedirle a un juez que le quite el poder a un tutor abusador. El proceso puede ser complicado; tal vez le convenga hablar con un abogado.

Avances y Desafíos en la Protección del Adulto Mayor (Chile)

La Convención Interamericana de Protección de Adultos Mayores, que Chile ratificó en octubre de 2017, es una normativa que como tratado está avanzando al garantizar 27 derechos, incluyendo cuidados, salud, cuidados de largo plazo, acceso a la justicia, vivienda, y otros derechos emergentes como autonomía, independencia, dignidad en la vejez y participación comunitaria. Sin embargo, pese a todos los avances, Chile es un país que envejece a pasos acelerados. Como señala Viviana Carrasco, "no se trata de llenar con leyes, con más residencias ELEAM, con dispositivos, si el trato al adulto mayor sigue siendo tan peyorativo y discriminador". Aunque se ha avanzado en los últimos 10 o 15 años, con iniciativas como SENAMA, "todavía queda un camino largo".

La Convención Interamericana y la Ley por Discriminación

Los Tribunales de Familia en Chile han ido poniéndose más a tono en los últimos años, aunque persiste un problema más macro: Chile no tiene un sistema de protección legal al adulto mayor tan robusto como el de la infancia. Aunque la Ley 20.427, de 2010, introduce el maltrato al adulto mayor en el ámbito de la violencia intrafamiliar y permite al juez ordenar medidas cautelares, aún "falta".

Un recurso legal que no es tan conocido, pero que se puede utilizar en situaciones de discriminación, es la Ley por Discriminación, más conocida como Ley Zamudio. Por ejemplo, en casos donde en una notaría se solicita un certificado de idoneidad mental a una persona mayor, lo cual "no corresponde", ya que legalmente, en Chile, cualquier persona que no sea declarada interdicta es capaz ante la ley. Este tipo de práctica es "vulneradora" y se ha denunciado públicamente.

El problema es que "ciertos hijos, nietos, familiares, vecinos, amigos, parientes, lo ocupan como herramienta para amedrentar cuando hay bienes, como una casa, una vivienda, esto de decirles que ya no puedes hacer trámite porque tienes 80, 90, pero no es así".

Mapa de la evolución de la protección legal del adulto mayor en Latinoamérica

Casos Prácticos de Abuso Económico

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias

Como ejemplo de lo expuesto, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 9-3-2023 confirmó la condena a cuatro años de prisión por la apropiación indebida de 116.400 euros extraídos de la cuenta bancaria de una persona mayor. Los hechos enjuiciados consisten en que la persona mayor era titular de dos cuentas bancarias: una cuenta corriente donde se le ingresaba su pensión para gastos cotidianos, y una cuenta a plazo fijo donde tenía sus ahorros.

En este caso, la persona mayor tenía suficiente capacidad para cuidar de su patrimonio. No obstante, dada su edad y problemas de salud, puso como cotitular de sus cuentas, para que la ayudase en esa gestión, al marido de una sobrina suya, persona con quien tenía una relación de familiaridad y un vínculo de afectividad y confianza. El marido de la sobrina abusó de su confianza, aprovechándose indebidamente para disponer en su propio beneficio de los fondos bancarios, realizando traspasos de dinero de las cuentas de la persona mayor a una cuenta de la que eran titulares él y su esposa. La cantidad total de la que dispuso fraudulentamente fue de 116.400 euros.

Este caso pone de manifiesto la necesidad de protección de la persona mayor, esté en una residencia, en casa o con cuidador de hecho, cuando se aprecie la existencia de comportamientos que puedan incurrir en exceso de confianza y causarle un perjuicio. Hay que prestar especial atención a las gestiones administrativas y económicas y a la firma de herencias, contratos o documentos importantes, a fin de adoptar, cuanto antes, las medidas pertinentes de prevención.

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Ejemplos de Abuso Patrimonial y Negligencia (Chile)

Se han observado casos específicos de abandono, negligencia y abuso patrimonial. Un ejemplo es el de una mujer de poco más de 75 años, en buenas condiciones para una vida autónoma, pero cuya hija la dejaba encerrada con llave por temor a que se perdiera, impidiéndole salir de su vivienda. A pesar de que el objetivo era que ella recuperara la llave y su vida, el tribunal decidió que la hija era quien debía hacerse cargo y hacer lo que estimara conveniente con esta adulta mayor. Viviana Carrasco atribuye este problema a la falta de capacitación de los Tribunales de Familia, que "no han ido a la par con lo que se requiere en estos tiempos".

Otra complicación es que a veces la misma persona mayor acepta el abuso patrimonial. "Tenemos un caso en que el adulto mayor vive relegado al fondo del patio en una pieza en precaria condición, mientras que sus hijos ocupan su vivienda en un estado mucho más digno que él". También existen situaciones en las que la persona mayor no está consciente del abuso, como el ejemplo de una adulta mayor que le dio poder a su vecina para cobrarle siempre la pensión.

Antes de la pandemia, se daban situaciones de personas que acudían para hacer firmar al adulto mayor sobre posesiones efectivas u otros temas de carácter monetario. En algunas instituciones, como medida de prevención, se prohibió que durante los fines de semana los residentes firmaran documentos y las visitas debían hacerse en espacios comunes. Si bien se puede advertir a las personas mayores con facultades cognitivas intactas, "al final prima su autonomía y, si quieren dar su firma, ya nada podemos hacer", aunque se procura que quede un respaldo en un documento.

Las denuncias por abuso patrimonial son complejas porque "se trata de algo mucho más sutil". No obstante, se ha ido avanzando con medidas como el Fono Mayor, del Senama, el Defensor Mayor y la creación de las Oficinas de Defensa Jurídica Integral para Adultos Mayores (ODAM) de la Corporación de Asistencia Judicial. Aunque la mayoría de las denuncias están relacionadas con violencia intrafamiliar y maltrato (1.404), abandono social (428) y temas de asesoría legal (1.458), en cada una de estas categorías se aprecian situaciones que tienen que ver con abuso patrimonial. Al revisar cada categoría, se pudo contabilizar un total de 385 casos de abuso patrimonial, lo que es preocupante. En 2012, al iniciar el programa Contra la Violencia y el Abuso (hoy "Buen Trato"), a nivel nacional llegaban no más de mil casos al año, mostrando un aumento en la visibilización del problema.

Estrategias de Prevención para Adultos Mayores

Recomendaciones Clave

Para protegerse del abuso económico, es fundamental adoptar precauciones. Cuando se trata de sus finanzas, trate sólo con personas que conozca desde hace mucho tiempo y con empresas u organizaciones con antecedentes comprobados. ¡Pida todo por escrito! Nunca acepte una promesa o garantía verbal si hay dinero o propiedades de por medio; rara vez se beneficiará de errores o malentendidos.

No firme nada sin leerlo detenidamente y nunca se sienta presionado a firmar antes de estar absolutamente listo para vivir con su decisión. Es recomendable respetar la "regla de los tres días" y esperar tres días antes de finalizar cualquier contrato; cuanto más espere, mejor. Nunca se apresure a cerrar ningún tipo de "trato". ¡Tómese su tiempo! Recuerde que le llevó toda una vida de trabajo y sacrificio acumular su patrimonio y puede perderlo todo de un plumazo.

Lista de verificación para prevenir el fraude financiero en la vejez

Cómo Denunciar el Abuso y Buscar Asistencia Legal

Servicios de Protección y Asesoría

El abuso de personas mayores es cuando alguien daña o amenaza con dañar la salud o el bienestar de una persona mayor. El abuso puede ser verbal, físico, sexual, económico o emocional. También puede ser el descuido, cuando alguien responsable por cuidar a una persona se niega a hacerlo o no lo hace, o incluso el descuido de uno mismo. Puede ser difícil reconocer el abuso de personas mayores, a menudo no se denuncia y la persona que abusa es un familiar, amigo o cuidador de la víctima. A veces, los indicios de abuso de personas mayores pueden confundirse con los síntomas de la edad avanzada. Un indicio común del maltrato de ancianos es tensión o argumentos frecuentes entre un adulto mayor y un cuidador, u un cambio en la personalidad o comportamiento del adulto mayor.

Ciertos profesionales, como médicos y trabajadores sociales, tienen el deber legal de denunciar el abuso de personas mayores si lo sospechan. Cualquier persona puede denunciar una sospecha de abuso o descuido de personas mayores en cualquier momento comunicándose con los Servicios de Protección al Adulto (Adult Protective Services, o APS). Esta línea dedicada está disponible las 24 horas del día. APS forma parte del Departamento de Salud y Servicios Humanos de Michigan (Michigan Department of Health and Human Services, o MDHHS).

Para obtener asistencia legal gratuita, comuníquese con su proveedor local de servicios legales sin fines de lucro y solicite una consulta con un abogado que se especialice en EARO. Si tiene bajos ingresos, es posible que sea elegible para recibir servicios legales gratis.

Recuerde que el presente artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento legal de un abogado.

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