Deducciones del IRPF por Discapacidad

Uno de los principales beneficios fiscales relacionados con el grado de discapacidad del 33% en España está relacionado con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Al fijar el IRPF que debe pagar cada persona, se observan distintas circunstancias personales y familiares del contribuyente, entre ellas la discapacidad.

La discapacidad tiene varios apartados clave en la declaración de la Renta. Para evaluar el grado de discapacidad se toma como referencia la fecha de 31 de diciembre. Los beneficios fiscales buscan aliviar la carga económica y permitir destinar más recursos a necesidades específicas de las personas con discapacidad.

Esquema de las deducciones y exenciones fiscales en el IRPF por discapacidad

Contexto de la Discapacidad en España

Según los últimos datos recogidos por el Instituto Nacional de Estadística (EDAD 2020), se estima que en España hay unos 4,38 millones de personas con algún tipo de discapacidad, lo que supone un 10% de la población. En España, se considera que una persona tiene discapacidad cuando tiene una deficiencia física, psíquica, intelectual o sensorial que limita su participación en igualdad de condiciones con las demás personas.

Conceptos Fundamentales y Mínimos por Discapacidad

¿Qué es una Deducción Fiscal?

Una deducción es un beneficio fiscal que se aplica sobre la renta de un contribuyente para que se reduzca la cantidad que tendrá que pagar a Hacienda.

Importancia de Acreditar la Discapacidad en la Renta

Si vas a hacer la declaración de la Renta y tienes algún tipo de discapacidad acreditada, es fundamental marcar las casillas 517 (parte estatal) y 518 (parte autonómica). Estas casillas son las que dan derecho a recibir los mínimos por discapacidad.

La Renta contempla un mínimo por discapacidad que varía según el grado de discapacidad y puede incrementarse con gastos de asistencia, existiendo también variaciones autonómicas. Este mínimo personal y familiar es el resultado de sumar el mínimo del contribuyente y los mínimos por descendientes, ascendientes y discapacidad. Este mínimo no reduce la renta del período impositivo para determinar la base imponible, sino que pasa a formar parte de la base liquidable para gravarse a tipo cero.

Reducción en la Base Imponible del IRPF

Las personas con discapacidad pueden deducir una cantidad fija de su base imponible. Por ejemplo, en 2026, las personas con discapacidad igual o superior al 33% tendrán derecho a una reducción de 3.000 euros en la base imponible del IRPF. Esta cantidad aumenta a 7.750 euros si tienen un grado de discapacidad igual o superior al 65% y/o necesitan ayuda de terceras personas para realizar las actividades básicas.

Deducciones Estatales Específicas

Deducción por Obras de Adecuación de Vivienda Habitual

Existe una deducción estatal por obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razones de discapacidad. Esta deducción se enmarca en el Régimen Transitorio, que regula las viviendas habituales compradas antes de 2013. Es importante saber que esta deducción es transitoria y llegará un momento en que nadie podrá beneficiarse de ella.

  • Requisitos de la obra: Las obras deben haber comenzado antes del 1 de enero de 2013 y haberse terminado antes del 1 de enero de 2017.
  • Beneficiarios: Pueden beneficiarse quienes hayan iniciado la obra dentro de las fechas establecidas, un familiar de tercer grado que conviva con la persona con discapacidad. Además, los copropietarios del edificio donde se hayan realizado obras en los espacios comunes (rampas, ascensores adaptados, guías braille) también podrán tener una deducción.
  • Calificación de la obra: La obra debe haber sido calificada como necesaria por el IMSERSO u órgano de la comunidad correspondiente. Se cuentan como obras necesarias las reformas de elementos o espacios comunes de un edificio que sirvan para mejorar la comunicación o seguridad de personas con discapacidad, incluyendo también las reformas interiores de la vivienda.
  • Base y límite: La cantidad sobre la que se calcula la deducción (la base) será el total que cueste la obra, con un máximo deducible de 12.080€.
  • Porcentaje de deducción: Esta deducción supondrá una rebaja del 10% de la cuota íntegra estatal y otro 10% de la cuota íntegra autonómica, lo que resulta en una deducción total del 20%.

Otras Exenciones y Reducciones de Carácter Estatal

  • Rentas exentas: Hacienda detalla las rentas exentas de tributar en el IRPF, como las prestaciones de la Seguridad Social o de las entidades que la sustituyan como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. También son exentas las prestaciones de planes de pensiones o cualquier otro sistema de previsión social constituido en favor de la discapacidad.
  • Deducción por ascendientes o descendientes a cargo: La deducción por ascendientes o descendientes con derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes/descendientes a cargo se sitúa en 1.200 euros anuales.
  • Patrimonio Protegido:
    • Rendimientos del trabajo: Para la persona con discapacidad titular del patrimonio protegido, las aportaciones tienen la consideración de rendimientos de trabajo por el importe anual de tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples (para el año 2025 dicha cuantía es el resultado de 8.400 x 3 = 25.200 euros).
    • Beneficiarios: Reducen la base imponible todas las aportaciones cuyos beneficiarios son personas con discapacidad psíquica igual o superior al 33%, física y sensorial igual o superior al 65%, y las que tengan una incapacidad declarada judicialmente con independencia de su grado.
    • Aportantes: En ningún caso dan derecho a reducción las aportaciones efectuadas por la propia persona con discapacidad a su propio patrimonio protegido.
  • Módulo de personal asalariado: Se computará en un 40% al personal asalariado que sea una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Tema 14 IRPF explicado fácil | Mínimos familiares, cuotas y deducciones que te hacen aprobar

Deducciones Autonómicas por Discapacidad

Además de las deducciones estatales, cada comunidad autónoma puede establecer sus propias deducciones en el tramo autonómico del IRPF, lo que genera una gran diversidad de beneficios fiscales.

Mapa de España con las deducciones autonómicas por discapacidad

Andalucía

  • Deducción para contribuyentes con discapacidad: Aplicable a personas con discapacidad acreditada.
  • Deducción para cónyuges o parejas de hecho con discapacidad: El contribuyente puede beneficiarse si su cónyuge o pareja de hecho (legalmente casado o inscrito con discapacidad igual o superior al 65%) no presenta la declaración de la renta.
  • Deducción por asistencia a personas discapacitadas: Permite restar 100€ a la cuota íntegra autonómica por cada persona con discapacidad a cargo (descendientes o ascendientes).

Aragón

  • Deducción por nacimiento o adopción de un hijo con discapacidad: Habilita una deducción de 200€ por cada hijo con una discapacidad igual o superior al 33%.
  • Deducción por actividades de formación: Deducción del 25% de las actividades de formación dirigidas al fomento de la autonomía y vida independiente de un menor con una discapacidad igual o superior al 65%. Se puede deducir entre 50 € y 100 € (si bases no superan 12.500€ individual) y entre 80 € y 200 € (si bases no superan 25.000€ conjunta).

Asturias

  • Deducción por obras en vivienda habitual: Si tú, tu pareja, padres o hijos tienen un grado de discapacidad igual o superior al 65%, hay una deducción del 3% de los gastos de compra o adecuación de la vivienda habitual, con una base máxima de 15.000€. Los familiares con discapacidad deben convivir al menos 183 días al año y no ganar más de 35.000€ anuales. La compra o reforma debe ser estrictamente necesaria para la accesibilidad y comunicación sensorial. A partir de 2025, Asturias establece sus propios mínimos por discapacidad a efectos del tramo autonómico del IRPF.

Canarias

  • Deducción por discapacidad: Una deducción de 400€ por tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Es compatible con la deducción de 160€ por ser mayor de 65 años.

Cantabria

  • Deducción para contribuyentes con discapacidad y edad: Si cumples los requisitos de tener discapacidad igual o superior al 33% y 65 años o más, podrás tener una deducción de 197€, sujeta a que la suma de la base liquidable general y del ahorro no sea superior a 30.000€ (individual) y 47.000€ (conjunta).

Castilla y León

  • Deducción para declarantes con discapacidad o descendientes: Aplica a quienes tengan discapacidad física, psíquica o sensorial o descendientes con esa condición, siempre que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro no supere los 33.000€ (individual) y 52.800€ (conjunta).

Castilla-La Mancha

  • Deducción por obras de adecuación de la vivienda habitual: Permite deducir el 14% de los gastos de reforma si se tiene alguna discapacidad, ascendiendo al 18% si se trata de mayores de 65 años.

Cataluña

  • Deducción por discapacidad: 600€ por cada hijo/a o ascendiente a cargo con un grado de discapacidad igual o superior al 65%. La suma de las bases en la renta no puede superar los 46.455€ (individual) o los 61.770€ (conjunta).
  • Deducción por arrendamientos de la vivienda habitual: Si se tiene una discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%, se puede deducir un 10% de lo pagado de alquiler en un año, con un máximo de 300€ (individual) o 600€ (conjunta).

Comunidad de Madrid

  • Deducción por discapacidad del contribuyente: Si tienes más de un 65% de discapacidad, puedes deducir 300€, siempre y cuando dé derecho al mínimo por discapacidad.
  • Deducción por discapacidad de ascendientes o descendientes: Igualmente, 300€ con las mismas condiciones si tienes a tu cargo a personas con discapacidad (ascendientes o descendientes).
  • Deducción por arrendamiento de la vivienda habitual: Si tienes un 65% o más de discapacidad, podrás deducir un 15% de lo pagado de alquiler, con un máximo de 450€.

Comunidad Valenciana

  • Deducción para contribuyentes con discapacidad: Una deducción de 120€ en la cuota íntegra autonómica si se tiene acreditada una discapacidad igual o superior al 33%.

Extremadura

  • Deducción por contribuyentes afectados por discapacidad: La suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar no puede superar los 18.900€ (individual) y 31.500€ (conjunta).

Galicia

  • Deducción por inversión en instalaciones medioambientales y de adaptación: Se puede deducir un 15% de las obras de adaptación a la discapacidad en la vivienda habitual, con un límite de 20.000€.

Islas Baleares

  • Deducción por adquisición de la vivienda habitual: Se puede deducir un 5% de lo pagado para comprar la vivienda habitual, siempre que la base imponible general y del ahorro no sea superior a 30.000€ (individual) y 47.000€ (conjunta).

La Rioja

  • Deducción por obras de adecuación de la vivienda habitual: Similar a la deducción estatal transitoria, aplica a obras iniciadas antes del 1 de enero de 2013 y finalizadas antes del 1 de enero de 2017. Ofrece una deducción adicional del 15% de las cantidades gastadas, con un máximo de 9.040€.

Murcia

  • Deducción por cuidado de familiares con discapacidad: Generalmente 150€. Si se ha reconocido el derecho a ayuda a la dependencia pero no se ha cobrado al 31 de diciembre del año anterior, la deducción es de 220€.
  • Deducción para contribuyentes con discapacidad: 150€ de deducción en la cuota íntegra autonómica si se tiene acreditada una discapacidad igual o superior al 33%.
  • Deducción por acogimiento no remunerado: Si se ha convivido más de 183 días con una persona con discapacidad del 33% o superior, se pueden deducir 600€.

Otros Beneficios Fiscales

Además de las deducciones en el IRPF, existen otros beneficios fiscales importantes para personas con discapacidad:

  • Exención del Impuesto de Circulación: Las personas con discapacidad pueden beneficiarse de la exención de este impuesto.
  • Exenciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): La exención del IBI consiste en no tener que pagar este impuesto por una vivienda que cumpla ciertos requisitos y que esté destinada a la vivienda habitual de una persona con discapacidad. Para solicitarla, es necesario presentar la solicitud en el Ayuntamiento correspondiente.
  • Ayudas para la adquisición de vehículos adaptados: Para acceder a estas ayudas, es necesario dirigirse a las instituciones correspondientes en cada comunidad autónoma.
  • Reducciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones: El objetivo principal de estas reducciones es facilitar la transmisión de bienes a personas con discapacidad, ya que suelen necesitar más recursos económicos para su cuidado y bienestar. Para solicitarlas, es necesario presentar la declaración de sucesiones o donaciones en la Agencia Tributaria de la comunidad autónoma.

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