Análisis del Sistema de Pensiones AFP en Chile: Pros y Contras

El sistema de pensiones en Chile, basado principalmente en un régimen de capitalización individual administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), se instauró en 1981. Este sistema está diseñado para proteger a los trabajadores en distintos momentos de la vida, incluyendo situaciones de invalidez, sobrevivencia, enfermedades de carácter terminal o la vejez. Siempre dentro del marco de la seguridad social, el sistema chileno es mixto y tiene en su pilar contributivo componentes de capitalización individual y de solidaridad intergeneracional, donde cada persona ahorra para su propia pensión, pero también quienes están actualmente trabajando financian beneficios definidos para quienes ya reciben pensión.

Diagrama de los tres pilares del sistema de pensiones en Chile

Estructura del Sistema Previsional Chileno

El sistema de pensiones en Chile se organiza en tres pilares fundamentales:

  • Pilar Solidario: Este pilar es financiado con impuestos generales y funciona como un primer piso de pensión en el sistema de Seguridad Social en Chile. Está compuesto principalmente por la Pensión Garantizada Universal (PGU), que alcanza al 90% de la población mayor de 65 años.
  • Pilar Contributivo: Es financiado con el ahorro individual obligatorio de los trabajadores y una cotización adicional de cargo del empleador. Esto significa que, a lo largo de la vida laboral, las cotizaciones se destinan a la Cuenta de Capitalización Individual, cuyos fondos son administrados e invertidos por una AFP para hacer crecer los ahorros previsionales y aumentar el monto de la pensión.
  • Pilar Voluntario: Este pilar permite a las personas aumentar su ahorro previsional mediante aportes adicionales. Esto incluye el Ahorro Previsional Voluntario (APV), que se puede realizar en la AFP o en otras instituciones autorizadas, y que puede ser financiado en conjunto con aportes del empleador, configurando el Ahorro Previsional Voluntario Colectivo. Otra opción de ahorro voluntario son los Depósitos Convenidos, acuerdos entre el trabajador y el empleador para realizar aportes adicionales.

Funcionamiento del Sistema de Capitalización Individual

Cotizaciones Obligatorias y Nuevos Aportes

La cotización obligatoria es del 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales, con un tope de 90 Unidades de Fomento (UF), que cada trabajador aporta a su Cuenta de Capitalización Individual de Cotizaciones Obligatorias. Además, existe una cotización adicional o comisión por depósito de cotizaciones, la cual es destinada al financiamiento de la AFP, incluyendo el pago de la prima del seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS).

La Ley N° 21.735 de Reforma Previsional introdujo una cotización de cargo del empleador que comienza con una tasa inicial del 1% y aumentará cada año, por un periodo de nueve años, hasta llegar al 7% de la remuneración de la o el trabajador. Esta nueva cotización se sumará al actual aporte que hace el empleador para financiar el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Con la Reforma de Pensiones aprobada en 2025, esta cotización adicional se distribuirá entre la Cuenta de Capitalización Individual (CCI) de cada trabajador (4,5%) y el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), un fondo solidario administrado por el Estado (4%).

Para los trabajadores dependientes, las cotizaciones previsionales deben ser pagadas por el empleador dentro de los 10 primeros días del mes siguiente al que se devengaron las remuneraciones. Si el empleador está atrasado, tiene la obligación de declarar las cotizaciones no pagadas dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente. Los empleadores con deudas previsionales no podrán percibir pagos provenientes de instituciones públicas o con cargo a recursos fiscales de fomento productivo. Los trabajadores independientes que coticen en el proceso de declaración de impuesto anual a la renta quedarán cubiertos por el período de un año; el Servicio de Impuestos Internos (SII) es la entidad encargada de determinar anualmente el monto que debe pagar el afiliado independiente. Sin embargo, también se tiene la opción de eximirse de cotizar para pensión, manifestándolo por escrito a su empleador y a la AFP.

Gestión de Fondos, Comisiones y Elección

Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) cobran a los afiliados una comisión por la gestión y administración de la cuenta de capitalización individual obligatoria. Es importante saber que las personas son libres de elegir la AFP en la que depositarán sus ahorros previsionales. Sin embargo, en el caso de los trabajadores que se afilian al sistema por primera vez, deben ingresar a la administradora que cobra la menor comisión y permanecer en ella por un período de 24 meses. Para proteger a las personas, cada dos años la Superintendencia de Pensiones realiza una licitación pública de la cartera de nuevas y nuevos afiliados que ingresan al sistema, y si esta es declarada desierta, los nuevos afiliados serán asignados a la AFP que cobre la menor comisión.

Las AFP deben informar el valor de sus comisiones en todas sus oficinas y agencias, manteniéndolo actualizado. La Superintendencia de Pensiones en su sitio web ofrece herramientas para comparar los costos y simular pensiones.

De acuerdo con la edad, la ley establece ciertas restricciones para los afiliados a la hora de elegir el tipo de fondo de pensiones en que depositar sus ahorros previsionales. Por esa razón, señala que a partir de los 51 años en el caso de las mujeres y de los 56 años en el caso de los hombres no podrán elegir el Fondo A (más riesgoso) para depositar su ahorro previsional obligatorio, sino que pueden optar por destinar ese ahorro entre los fondos B (riesgoso), C (intermedio), D (conservador) y E (más conservador).

Infografía comparativa de la rentabilidad histórica de los multifondos AFP

Tipos de Pensiones y Beneficios

El sistema de pensiones en Chile contempla diversos tipos de pensiones y beneficios para los afiliados:

  • Pensión de Vejez: Tienen derecho a esta pensión los afiliados que hayan cumplido 65 años si son hombres y 60 si son mujeres. Con el total del ahorro acumulado en su Cuenta de Capitalización Individual, se determina el monto de pensión mensual a recibir.
  • Pensión de Invalidez: Tienen derecho a pensión de invalidez los afiliados no pensionados por el D.L. Nº 3.500 de 1980 que cumplan los requisitos.
  • Pensión Anticipada por Enfermedades Terminales: Dirigida a los afiliados y pensionados que padezcan de una enfermedad calificada como terminal por un médico especialista.
  • Garantía Estatal de la Pensión Mínima: Busca generar una base de ingresos para aquellas personas que, habiendo cotizado una parte significativa de su vida, no alcancen a reunir los recursos necesarios para obtener una pensión equivalente a la mínima y no tengan otras fuentes de ingresos.
  • Aporte Previsional Solidario (APS): Beneficio que entrega el Estado a las personas que cotizaron en una cuenta individual obligatoria en una AFP y que, producto de ese ahorro, pueden financiar una pensión base inferior o igual a la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS).
  • Cuota Mortuoria: Beneficio que consiste en retirar 15 UF de la cuenta del afiliado fallecido para cubrir gastos funerarios.
  • Bonificación por hijo vivo: Se trata de un aporte estatal para los trabajadores de entre 18 y 65 años vigente en el mes de nacimiento del hijo.

Modalidades de Pensión

Al momento de pensionarse por vejez o invalidez, los afiliados pueden optar por diferentes modalidades:

  • Retiro Programado: La PAFE (Pensión de Referencia para el Cálculo del Retiro Programado) se calcula como una renta vitalicia inmediata sin condiciones especiales de cobertura. Para su cálculo se considera la edad de la persona afiliada, el grupo familiar y el total del saldo acumulado en la cuenta de capitalización individual obligatoria que la persona tenga a la fecha de pensionarse. El capital que paga el Retiro Programado continúa rentando en la AFP, pero cuando se trata de cuenta obligatoria, solo puede mantenerse en los tipos de fondos más conservadores (C, D o E). Incluso, se pueden distribuir hasta en 2 fondos. En ese sentido es bueno comparar rentabilidad con costos.
  • Renta Vitalicia: La alternativa al Retiro Programado es la Renta Vitalicia, la cual puede ser con herencia y considera una pensión estable y el 60% de esta para el cónyuge sobreviviente.
  • Excedente de Libre Disposición: Son fondos remanentes en la cuenta individual que quedan a disposición del afiliado una vez que se ha financiado una pensión. Esta modalidad permite además cambiarse a otra AFP para que sea esta quien pague la pensión, lo que impacta positivamente en el monto líquido mensual.

Para las personas que no financian las 3 UF de pensión (monto mínimo que permite acceder a una Renta Vitalicia), se les pagará el saldo completo dividido en 60 meses (5 años). Esta medida lamentablemente restará a los futuros pensionados la posibilidad de contar con una alternativa más de elección de pensión, que es bastante dúctil y eficiente en caso de personas que mantienen rentas o ingresos en conjunto con la pensión.

Mecanismos de Ahorro Voluntario Adicional

Además de la capitalización individual obligatoria, el sistema ofrece opciones para incrementar el ahorro previsional:

  • Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario (APV): Se puede abrir en una AFP, una compañía de seguros de vida (CSV), banco, una administradora de fondos mutuos, una administradora de fondos de inversión, una administradora de fondos para la vivienda, una administradora general de fondos e intermediarios de valores, cuyos planes hayan sido aprobados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
  • Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2: Es una cuenta de ahorro que se puede abrir en la AFP en que una persona se encuentra afiliada y cuyos recursos pueden ser retirados en cualquier momento (hasta 24 giros en un año). Esta es una cuenta de ahorro no previsional, es decir, de libre disposición, que permite obtener la misma rentabilidad que tienen los Fondos de Pensiones.
  • Cuenta de Ahorro de Indemnización para Trabajadores de Casa Particular: Es una cuenta de ahorro para financiar la indemnización a todo evento de trabajadores de casa particular. Los empleadores deben entregar un aporte de indemnización en beneficio del trabajador, por un máximo de 11 años. El monto del aporte es un 4,11% de la remuneración mensual imponible del trabajador (incluidas las gratificaciones si las hubiera), con un límite máximo de 60 UF.

Si se es trabajador por cuenta propia y no se tienen ingresos formales, aun cuando no es obligatorio, se puede aumentar el ahorro previsional con cotizaciones voluntarias, ya sea como Independiente Voluntario o como Afiliado Voluntario. En esta figura, se podrían pagar cotizaciones por un monto igual o mayor al 10% de un Ingreso Mínimo para Fines no Remuneracionales.

¿Qué es el APV? Conoce los beneficios del Ahorro Previsional Voluntario en Santander

Desafíos y Propuestas de Reforma del Sistema AFP

El sistema de fondos de pensiones actual presenta ventajas para los chilenos, aunque también inconsistencias que deben ser reguladas o mejoradas por el gobierno.

Sobre las Cotizaciones y la Solidaridad

La propuesta de aumentar el nivel de cotizaciones por parte de las empresas es un tema que ha generado debate. Salvador Valdés, académico del Clapes UC, señala que hay que determinar bien qué se va a hacer, los costos y las externalidades negativas que puede tener en el empleo, en el costo de las compañías y en cómo pueden llevar a precio este mayor costo. Algunos expertos indican que es excesivo y un número calibrado por elementos políticos, no técnicos, y que pasarlo a un sistema solidario sería un error porque no asegura mejores pensiones para las personas que van a contribuir. Otros, por el contrario, enfatizan que se trata de incorporar fórmulas efectivas de solidaridad entre generaciones y entre cada generación, por lo que es muy importante que una gran parte de esa cotización vaya a un fondo solidario.

También se argumenta que una parte relevante de ese 5% de cotización adicional debe ir a la cuenta individual, dado el aumento de la longevidad y la baja en las tasas de interés, lo que ayudaría a mejorar las pensiones de los afiliados que no acceden al pilar solidario. Las propuestas de reforma refuerzan el carácter mixto del sistema chileno, acentuando su composición tripartita y buscando no desincentivar las cotizaciones, mientras se mejoran las pensiones para la gente de menores recursos y para quienes cotizan regularmente.

Sobre la Gestión de Fondos y Comisiones

Las comisiones cobradas por las AFP son un punto de constante revisión:

  • Incentivos y rentabilidad: Se sugiere que si las AFP aumentan la rentabilidad, puedan cobrar más comisión, lo que ahora no se puede, generando un incentivo claro a una buena gestión. Sin embargo, se ha planteado que la forma de medir la rentabilidad puede generar un incentivo muy grande para que las AFP inviertan en activos poco riesgosos para evitar episodios de rentabilidad negativa, lo que podría ir en detrimento de mayores retornos esperados a largo plazo.
  • Transparencia y regulación: Se considera importante incluir correcciones a los mecanismos de comisiones, transparentar esa información y que se ajusten a una realidad en que las personas perciban que la rentabilidad generada tiene un correlato en la comisión obtenida por el administrador.
  • Costos ocultos y control de mercado: Gino Lorenzini ha expresado que "se debe devolver parte de las comisiones, ya que ninguna AFP tiene la posibilidad de controlar los movimientos del mercado" y que las "comisiones ocultas" deberían ser asumidas por las administradoras. Por su parte, Rodrigo Pérez Mackenna defiende que "no hay nada oculto, está todo extremadamente regulado, se informa trimestralmente a la Superintendencia" y argumenta que si las AFP pagan esos costos, buscarán intermediarios más baratos, no necesariamente los mejores para la rentabilidad.

Sobre la Equidad de Género y Tablas de Mortalidad

La discusión sobre la implementación de tablas de mortalidad unisex ha evidenciado desafíos en la equidad:

  • Inequidades actuales: Hoy la mujer, con el mismo ahorro y la misma edad de jubilación, recibe una pensión mensual menor. Sin embargo, José Manuel Camposano, presidente de la Asociación de Aseguradores, advierte que la propuesta inicial de tabla unisex tiene inequidades y disminuiría fuertemente la pensión a los hombres y también a las dueñas de casa.
  • Expectativas de vida: Álvaro Clarke, presidente de ICR, señala que las expectativas de vida son distintas y que las compañías de seguros podrían aplicar criterios adicionales o sus propias tablas. Argumenta que igualar las expectativas de vida bajará artificialmente las pensiones de los hombres y subirá las de las mujeres. Osvaldo Macías, superintendente de pensiones, indica que se deberá analizar para hacerlo calzar con la lógica del funcionamiento del sistema.

Sobre la Participación de Afiliados y la AFP Estatal

  • Participación de los trabajadores: Se considera muy importante que los trabajadores, como dueños de los recursos, puedan participar en algunas decisiones que comprometen sus ahorros, como políticas de inversión y elecciones de directores. Es clave definir cómo se generarán representantes autónomos, representativos y con independencia real de la administración para que puedan hacer aportes que mejoren las pensiones.
  • AFP Estatal: La introducción de una entidad estatal es vista como tremendamente importante por algunos, creyendo que podría generar mayor competencia y bajar las comisiones. Sin embargo, otros expertos como Sergio Urzúa, se muestran muy discutibles y cuestionan si una AFP estatal dará mayor rentabilidad o introducirá más competencia que los perfeccionamientos ya logrados en el mercado de las AFP, como las licitaciones.

Mitos y Verdades sobre el Sistema de Pensiones en Chile

Es fundamental entender cómo funciona el sistema de pensiones para tomar decisiones informadas, desmitificando algunas creencias comunes:

  • Las AFP son todo el sistema de pensiones: Falso. Las AFP son un actor más de un sistema mixto en el que también participa el Estado administrando el Pilar Solidario.
  • Las AFP se quedan con tus fondos: Falso. Las AFP no se quedan con tus fondos.
  • El sistema de pensiones en Chile es puramente individual: Falso. El sistema de pensiones en Chile es mixto y desde 1981 cuenta con prestaciones solidarias administradas por el Estado, Pilar Solidario que fue fortalecido en 2008 y que en 2022 se reforzó con la Pensión Garantizada Universal.
  • Las AFP solo invierten los ahorros: Falso. Las Administradoras, además de invertir, cuidar y hacer crecer tus ahorros, tienen múltiples tareas, como el pago de beneficios estatales o la recaudación de las cotizaciones previsionales obligatorias y voluntarias.
  • Las AFP calculan tu pensión como ellas quieren: Falso. Las AFP no calculan tu pensión como ellas quieran, sino que es la Superintendencia de Pensiones la que regula el cálculo.
  • Las AFP invierten en empresas o personas: Falso. Las AFP no invierten en empresas ni en personas, sino que en instrumentos financieros. Los instrumentos se eligen considerando su rentabilidad esperada en el futuro.
  • No hay libertad para elegir AFP o tipo de fondo: Falso. Se tiene la libertad de afiliarse a la Administradora que se prefiera y cambiarse cuando se estime necesario. Así, también, se puede escoger el tipo de fondo en el que se quieren invertir los ahorros para la pensión.
  • Las utilidades de las AFP provienen del ahorro previsional de los trabajadores: Falso. Las AFP están obligadas por ley a invertir parte de su patrimonio en los mismos fondos en que están los ahorros, por lo que si la rentabilidad es negativa, su inversión también lo es. Las utilidades de las Administradoras no provienen, en ningún caso, del ahorro previsional de los afiliados.
  • El ahorro previsional no rentabiliza a largo plazo: Falso. En los últimos 22 años el ahorro previsional se ha multiplicado en torno a cinco veces. Las inversiones previsionales son de largo plazo por lo que, pese a que hay períodos más complejos, la evidencia muestra que siempre la rentabilidad se ha recuperado en el tiempo.
  • El sistema de capitalización chileno es un modelo único en el mundo: Falso. Así como Chile, hay varios países que tienen características similares, en los que los trabajadores realizan aportes a sus planes de ahorro individual y el Estado, mediante impuestos, financia las prestaciones del Pilar Solidario. La tendencia mundial y el envejecimiento de la población ha hecho que distintos países hayan pasado del sistema de reparto a modalidades mixtas o capitalización para tener más ahorros para pagar pensiones.

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