Exención Tributaria y Servicios en Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM)

Introducción a la Exención Tributaria y su Aplicación

La aplicación de la exención establecida en el N° 4 del artículo 13 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) ha sido objeto de análisis y clarificación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII). Las instrucciones administrativas vigentes, detalladas en la Circular N° 67 de 1975, precisan que esta exención amplió el alcance de una exención similar contenida en la Ley N° 12.120.

El objetivo principal de esta normativa es liberar de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los establecimientos de educación por los ingresos derivados de su actividad docente propiamente tal, sin que sea un requisito previo para gozar de este beneficio su reconocimiento oficial por parte del Estado.

Conforme a lo anterior, esta exención se extiende a todas las áreas de la educación, independientemente del carácter o la forma jurídica de la entidad que imparte la enseñanza. Lo primordial es que la actividad realizada por el contribuyente tenga la calidad de docente. La interpretación del SII es clara en este sentido: sin importar quién preste el servicio, si este tiene como esencia la entrega de conocimiento técnico sobre una materia determinada, materializada a través de charlas, seminarios o cursos, se aplica la exención personal establecida en el N° 4 del art. 13 de la LIVS.

Esquema de la aplicación de la exención tributaria en actividades docentes.

Clasificación de Actividades Económicas y su Afectación al IVA

Es importante diferenciar esta exención de otras clasificaciones tributarias. Por ejemplo, las asesorías entregadas por empresas que no sean sociedades de profesionales quedarán gravadas con IVA a partir del 01.01.2023. La normativa tributaria contempla diversas actividades económicas con códigos específicos, y su correcta clasificación es fundamental para determinar la tributación aplicable.

A modo de ejemplo, se pueden mencionar algunas actividades clasificadas en el código tributario del SII, que no necesariamente gozan de exenciones generales aplicables a la educación:

  • 13051: Explotación de frutos acuáticos, algas, todo tipo de carnes, bebidas alcohólicas y aguas minerales clasificadas y embotellado de aguas naturales y minerales. Incluye servicios para la industria del petróleo y minería, y otros servicios clasificados en otra parte.
  • 62312: Agencias de lotería, de polla, polla gol, etc.
  • 62417: Ropa interior, pijamas, medias y calcetines.
  • 62433: Sábanas, cubrecamas, manteles, toallas, etc. Incluye electrodomésticos como ventiladoras, enceradoras, estufas, jugueras, y equipos electrónicos como radios, televisores, etc.
  • 62532: Cristalerías, lozas, porcelanas, menajes, etc. Incluye servicios de gastronomía como marisquerías, pizzerías, cervecerías, y servicios de entretenimiento como casinos. También servicios conexos (incluye frigoríficos no relacionados con la conservación de carne).
  • 94902: Salas de billar, bowling, etc. Servicios relacionados con agricultura y servicios para eventos como matrimonios, fiestas, etc.

Parte 1 Auditoria Tributaria SII Taller Auditoria Tributaria

Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM) y la Tributación de sus Servicios

En relación con la consulta específica sobre los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM) privados, se ha determinado que estos prestan servicios que se componen de un 30% de alojamiento y alimentación, y un 70% de servicios de cuidados integrales para adultos mayores. La solicitud era tributar una parte de estos ingresos de forma exenta de IVA y la parte restante afectar a dicho impuesto.

Se describe que la residencia funciona como una casa de acogida, donde el ELEAM se convierte en el nuevo hogar de los adultos mayores. Estos residentes tienen la libertad de salir de paseo, comer fuera o pernoctar fuera del establecimiento todas las veces que deseen, sin limitaciones. La única condición para su reingreso es la presentación de una prueba PCR negativa, exigida por la Seremi de Salud.

Sin embargo, teniendo presente que la remuneración obtenida por los ELEAM como contraprestación por sus servicios proviene de una actividad comercial, el Servicio de Impuestos Internos ha determinado que no procede acceder a lo solicitado. La normativa vigente es clara en esta materia.

Infografía: Composición de los servicios de un ELEAM y su implicancia tributaria.

Consideraciones Adicionales sobre Beneficios Tributarios

Si tienes hijos estudiando puedes acceder a una rebaja de impuestos por gastos en educación de hasta $174.803 (4,4 UF) en la declaración de renta, siempre que les corresponda declarar. Cuando realices tu Declaración de Renta, tendrás que hacer uso del asistente para el cálculo del crédito por gastos en educación, para que el SII pueda dar una propuesta de declaración para el año tributario 2026. Es un beneficio que consiste en aplicar la tasa de impuesto considerando los ingresos sobre una base anual. La propuesta de Declaración de Renta incorpora automáticamente la reliquidación, si corresponde. Recuerda que si registras rentas de un solo empleador, tienes la opción de declarar para acceder al beneficio. Podrás acceder a este beneficio si obtuviste ingresos a partir de un contrato de arriendo de propiedades no agrícolas y agrícolas.

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