Pensión por Discapacidad Laboral: Cómo y Cuánto se Paga

La discapacidad laboral puede dar lugar a diversas prestaciones económicas, entre ellas, la pensión por invalidez. El acceso a estas pensiones y sus montos dependen de varios factores, incluyendo el grado de invalidez, la historia laboral y, en algunos casos, la necesidad de asistencia de terceros.

Tipos de Pensiones por Invalidez

Pensión de Gran Invalidez

Este tipo de pensión se otorga cuando la incapacidad laboral es igual o mayor al 70% y, además, el trabajador requiere del auxilio de terceras personas para realizar los actos elementales de su vida. La pensión de gran invalidez representa un reconocimiento a la severidad de la condición y a la dependencia generada.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un aporte monetario mensual destinado a personas entre 18 y 65 años de edad que han sido declaradas con invalidez y que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional. Las personas beneficiarias recibirán esta pensión hasta el último día del mes en que cumplan 65 años, fecha a partir de la cual podrán acceder a la Pensión Básica Solidaria de Vejez.

Para solicitar la PBSI, no es necesario tener la invalidez declarada previamente ante una comisión médica. Las solicitudes se pueden realizar a través del sitio web, por videoatención o en las sucursales de ChileAtiende.

Cálculo y Aumento de las Pensiones

Los montos de las pensiones de invalidez pueden experimentar aumentos. Específicamente, se aplicará un incremento del 5% por cada uno de los hijos que generen Asignación Familiar para el pensionado, a partir del tercer hijo autorizado como carga familiar. Los y las titulares de PBSI también pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar, pero solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y cumplan los requisitos para ser causantes del sistema.

infografía sobre los requisitos y beneficios de la pensión básica solidaria de invalidez

Proceso de Solicitud y Evaluación de la Invalidez

El proceso para obtener una pensión por discapacidad laboral generalmente involucra a las Comisiones Médicas Regionales (CMR) y, en caso de apelación, a la Comisión Médica Central (CMC). La Comisión Central de Evaluación de Incapacidades (accidentes) y el COMPIN (enfermedad profesional) se basan en el Decreto Supremo 109 para determinar el grado de incapacidad.

Documentación Requerida

Para iniciar el trámite, usualmente se requiere una serie de documentos que acrediten la situación laboral y médica del solicitante. Entre ellos se incluyen:

  • Copia de las liquidaciones de sueldo de los seis meses anteriores a la fecha del accidente laboral o del diagnóstico de la enfermedad profesional.
  • Historia laboral del trabajador, si no se ha entregado previamente con la denuncia de enfermedad profesional (DIEP).
  • Antecedentes que acrediten historia laboral, como contratos, finiquitos, avisos de cesación de servicios y/o certificados de empleadores desde el 1 de mayo de 1968 o desde la fecha de inicio de la actividad laboral.
  • Para funcionarios públicos, un certificado de rentas emitido por el empleador, correspondiente a los últimos seis meses anteriores a la fecha en que se decreta la enfermedad o acontece el accidente laboral, debidamente desglosado en cada una de sus leyes y bonificaciones.
  • Para funcionarios, un certificado que informe el monto de la remuneración imponible, ya sea contrata o planta, y declaración de vacancia del cargo (trabajadores del sector público).
  • Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o de la AFP respectiva.
  • Informes médicos del médico tratante.

Evaluación Médica

Una vez presentada la solicitud, la CMR pedirá a un médico del Registro Público de Asesores que revise los antecedentes para determinar si la solicitud de pensión de invalidez se considera fundada. Si es así, la CMR designará a un médico que asesorará al afiliado en el proceso de evaluación y calificación de invalidez, un proceso que es gratuito para las personas.

Posteriormente, la CMR citará a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le entregará las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas necesarias, de acuerdo con los impedimentos declarados. Con los resultados de estos exámenes, la CMR determinará si el impedimento o enfermedad cumple con criterios como ser objetivo, demostrable, que las terapias médicas o quirúrgicas accesibles se encuentren agotadas, y que se haya cumplido el período de observación post tratamiento.

diagrama de flujo del proceso de evaluación médica para la pensión por invalidez

Determinación del Grado de Invalidez y Dictamen

Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una pensión de invalidez, la cual puede ser total o parcial. Es importante destacar que la declaración de invalidez por parte de una Comisión Médica no implica automáticamente la concesión de una pensión.

Reevaluación y Apelación

Si se otorga una pensión de invalidez parcial, el pensionado tiene derecho a solicitar una reevaluación posteriormente si sus impedimentos han progresado. En esta reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos y emitirá un segundo dictamen que confirmará o rechazará la invalidez. El plazo para presentar la apelación ante la CMC es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen.

Las personas pueden presentar un reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro del plazo de 15 días hábiles desde su notificación. La CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

Trámite de Solicitud de Pensión

Los trabajadores deben solicitar su pensión concurriendo directamente a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) en la que registran afiliación, presentando su cédula nacional de identidad y firmando la solicitud. Asimismo, es posible iniciar el trámite a través de los sitios web de las Administradoras. Estas gestiones son gratuitas.

En el caso de las personas solicitantes de pensión básica solidaria de invalidez (PBSI), el Instituto de Previsión Social (IPS) se encarga de los exámenes, cuyos costos serán cubiertos por el IPS en las proporciones correspondientes.

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