El Capital de los Fondos de Pensiones y su Estructura

Ahorrar en un fondo previsional es fundamental para asegurar una pensión que permita vivir con tranquilidad al momento de la jubilación. Sin embargo, no siempre es claro cuánto se ha acumulado hasta el momento o a qué AFP se pertenece. El presente sistema de pensiones y sus fondos están diseñados para proporcionar soporte financiero a los trabajadores jubilados y sus beneficiarios.

Evolución del Sistema de Pensiones

El Sistema de Reparto

El Sistema de Reparto era administrado a través de cajas previsionales, las cuales establecían de forma autónoma las condiciones de afiliación y cobertura. Bajo este esquema, los recursos aportados por los trabajadores activos se dirigían a un fondo común con el cual se financiaban las diferentes prestaciones de los trabajadores pasivos y/o sus beneficiarios.

El Actual Sistema de AFP (Capitalización Individual)

En 1980 se instauró el modelo conocido como “Sistema de AFP” o “Sistema de capitalización individual” (Ley 3.500), aunque algunos afiliados se mantuvieron en el antiguo sistema. Este sistema se basa en que el monto de la pensión será financiado con los recursos que cada trabajador haya acumulado en su cuenta previsional a lo largo de su vida laboral.

Reforma al Sistema de Pensiones (Ley 20.255)

Desde el año 2008, un total de 450.000 hombres y 750.000 mujeres son beneficiarias del Sistema de Pensiones Solidarias. Esta reforma incorporó, entre otras medidas, un Pilar Solidario con financiamiento estatal, que complementa el sistema de capitalización individual.

Tipos de Pensiones y Beneficios

Pensión de Vejez

  • Pensión de Vejez Anticipada (antes de los 60 o 65 años): La ley permite anticipar la pensión si el afiliado logra financiar una pensión igual o superior al 70% del promedio de las rentas imponibles de los últimos 10 años de trabajo, o si el monto de la pensión es igual o superior al 80% de la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) vigente a la fecha de la solicitud.
  • Pensión de Vejez Anticipada por Trabajos Pesados: Es la pensión a la que tiene derecho el trabajador dependiente, regulado por la Ley N° 19.404, que ha desarrollado labores específicas consideradas como trabajos pesados, lo que le permite obtener una pensión de vejez con una edad inferior a la exigida (menos de 65 años para hombres o menos de 60 años para mujeres).

Pensión de Invalidez

La Pensión de Invalidez es un derecho al que acceden aquellos trabajadores/as afiliados al Sistema, entre los 18 y 65 años, que no estén pensionados por vejez. Para obtenerla, deberán pasar una evaluación médica que los declare como discapacitados por la pérdida de al menos un 50% de sus capacidades físicas o mentales. El monto de la pensión de invalidez será financiado con los recursos previsionales ahorrados por el propio trabajador, junto con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Pensión de Sobrevivencia

La Pensión de Sobrevivencia es el beneficio al cual tienen derecho los componentes del grupo familiar del afiliado fallecido que cumplan los requisitos legales respectivos. Estos incluyen al cónyuge (hombre o mujer), madre o padre de hijos de filiación no matrimonial, e hijos.

Esquema de las diferentes pensiones en el sistema de pensiones

Incentivos y Ahorros Adicionales

Bono por Hijo Nacido Vivo

Este bono es una forma de reconocer la maternidad, ya que muchas mujeres dejan el trabajo remunerado para dedicarse a la crianza de los hijos, lo que genera una disminución en su capacidad para generar ahorros previsionales.

Subsidio a los Trabajadores Jóvenes

Dada la importancia de las cotizaciones tempranas en el monto de la pensión futura, se crea un subsidio que busca incentivar la formalidad (contratos de trabajo) de los trabajadores jóvenes (18-35 años) y aumentar el monto de sus primeras cotizaciones previsionales.

Ahorro Previsional Voluntario (APV) y Beneficios Tributarios

El Pilar Voluntario cuenta con diversos mecanismos de ahorro, entre ellos el Ahorro Previsional Voluntario (APV). Este es un mecanismo de ahorro adicional a las cotizaciones obligatorias que permite a un trabajador/a, dependiente o independiente, de forma individual o colectiva, aumentar sus fondos y contar con una mejor pensión al momento de su retiro. Para los trabajadores dependientes, los empleadores están obligados a retener los montos de las cotizaciones, declararlas y pagarlas mensualmente.

Otra alternativa para incrementar la pensión es a través de diversos instrumentos financieros como los Fondos Mutuos. Esta opción permite ahorrar a mediano o largo plazo para aumentar el monto de la pensión y tener una vejez más tranquila, o para cualquier otro uso que se quiera dar a ese dinero. El capital asegurado corresponde a un monto fijo que se determinará al momento de contratar la póliza y, a su vez, será parte de la indemnización que recibirán los beneficiarios cuando corresponda. También se puede decidir el monto de protección que mejor favorezca, siendo el mínimo un 1,5% del monto total acumulado.

Inversiones de los Fondos de Pensiones

De acuerdo con informes, el Grupo Luksic es el que recibe la mayor inversión desde los fondos de pensiones, el cual, a través de ocho empresas, percibe US$7.877 millones. Las instituciones financieras son donde se acumula el mayor capital invertido. El Banco de Chile, perteneciente al Grupo Luksic, es la institución financiera que recibe la inversión más alta con US$6.714 millones. Para el investigador de Fundación Sol, Marco Kremerman, estas cifras revelan una gran paradoja del sistema: "Sin que nadie les haya preguntado, los trabajadores chilenos financian con sus cotizaciones a los bancos pertenecientes a estos grupos multinacionales, los cuales pagan tasas de interés cercanas al 2% anual."

Navegando la incertidumbre: El futuro de las inversiones en fondos de pensiones | GPP 2026

Transparencia y Herramientas

La Superintendencia de Pensiones cuenta con un Simulador de Pensiones para que los afiliados puedan proyectar sus futuros beneficios. Además, las AFP tienen plazo para enviar a la Superintendencia el Informe Diario de los Fondos de Pensiones, el cual, entre otra información, contiene el valor de la cuota y de los fondos, hasta las 24 horas del día hábil siguiente. Una vez recepcionado el informe correctamente, el valor cuota queda disponible en el sitio web de la Superintendencia. Por ejemplo, el Informe Diario correspondiente al jueves 01 de marzo de 2018 fue recepcionado hasta las 24 horas del viernes 02 de marzo de 2018.

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