En el ámbito de la salud, existen diversos mecanismos y herramientas para certificar la calidad de los servicios y la habilitación de profesionales y cuidadores. Este documento aborda la Credencial de Persona Cuidadora, así como los procesos de acreditación de prestadores institucionales de salud y el registro de prestadores individuales, fundamentales para la supervisión y garantía de atención de calidad en el sistema de salud.
La Credencial de Persona Cuidadora
La Credencial de Persona Cuidadora es una herramienta dirigida a reconocer a aquellas personas que dedican su tiempo a labores de cuidado no remunerado. Su objetivo principal es identificar y visibilizar a las personas cuidadoras que no reciben un pago por esta labor esencial.
¿Qué es una Persona Cuidadora?
Son las personas mayores de 18 años que dedican su tiempo a labores de cuidado no remunerado. Esto significa que entregan asistencia permanente sin remuneración a personas con discapacidad, dependencia funcional moderada o severa, así como a personas con necesidades educativas especiales permanentes que forman parte del Programa de Integración Escolar (PIE), o personas que están matriculadas en un establecimiento de educación especial.
- Persona cuidadora principal: Aquellas que destinan el mayor número de horas al día a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados.
- Persona cuidadora secundaria: Quienes destinan menos horas al día, en relación con la cuidadora principal, a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados. Si una persona está registrada como cuidadora principal y secundaria de personas distintas, en la plataforma encontrará solo una credencial que la reconocerá como cuidadora principal.
No es necesario tener vínculo familiar ni de consanguinidad con la persona que requiere cuidados.
¿Cómo Obtener la Credencial?
Para ser reconocida como persona cuidadora y obtener tu credencial, es necesario cumplir con ciertos requisitos y seguir un proceso específico a través de la Ventanilla Única Social (VUS).

Requisitos para la Solicitud
El primer requisito es que la persona cuidadora y quien requiera cuidados tengan Registro Social de Hogares (RSH). Además, la persona que requiere cuidados debe encontrarse en algunos de estos registros administrativos:
- Registro Nacional de Discapacidad.
- Programa de Integración Escolar (PIE) permanente.
- Matrícula en establecimiento educacional especial.
- Dependencia moderada o severa en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.
Si la persona cuidadora tiene ingresos asociados a pensión o por actividades distintas a la labor de cuidados, puede acceder a la credencial. En cambio, si recibe ingresos por las labores de cuidados, no puede acceder a la credencial, ya que su objetivo es identificar y visibilizar a las personas cuidadoras que no reciben un pago por ello. No se considera el tramo del Registro Social de Hogares para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial, y la actualización de esta información tampoco afecta la calificación socioeconómica o tramo.
La evaluación para determinar las necesidades educativas especiales es realizada por los centros educativos y la información es entregada por el Ministerio de Educación al Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
Proceso de Ingreso y Validación
Para registrarte como persona cuidadora, debes ingresar al Registro Social de Hogares a través del sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl y en tus datos complementarios, ingresar al módulo de Cuidados para realizar el trámite. La información que ingreses al Registro Social de Hogares a través del trámite de complemento por cuidados es autorreportada y se validará con los registros administrativos disponibles para comprobar que eres una persona cuidadora. No es necesario ir a una notaría para acreditar la calidad de persona cuidadora.
Si la situación de dependencia, discapacidad o necesidades educativas especiales no está en los registros administrativos, debes actualizar el módulo salud de tu Registro Social de Hogares en el sitio de la www.ventanillaunicasocial.gob.cl, donde puedes consultar la guía paso a paso para realizarlo. Si no existe registro, no se podrá validar la situación y no podrás acceder a la credencial.
Se puede realizar una solicitud por cada persona que se cuida, con un límite actual de tres personas por cada cuidador. Una vez ingresada la solicitud con la documentación correspondiente, se derivará al municipio de la comuna donde reside la persona que requiere cuidados y se tramitará la solicitud.
Disponibilidad de la Credencial
Una vez disponible la credencial de persona cuidadora, puedes descargarla en su versión digital o solicitar la credencial física. Para ello, accede a tu Registro Social de Hogares en www.ventanillaunicasocial.gob.cl. El botón de solicitud de credencial física estará junto al botón de descarga de cartola RSH y de credencial digital de persona cuidadora.
Beneficios de la Credencial
La credencial entrega acceso preferente a sucursales y oficinas de diversas instituciones públicas, lo que facilita la realización de trámites y gestiones. Entre las instituciones se incluyen:
- FONASA (Fondo Nacional de Salud)
- BancoEstado
- SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanismo)
- SENAMA (Servicio Nacional del Adulto Mayor)
- ChileAtiende - IPS
- Registro Civil e Identificación
- SENADIS (Servicio Nacional de la Discapacidad)
- DICREP (Dirección General del Crédito Prendario)
- Correos de Chile
- Oficinas del Registro Social de Hogares en Municipalidades
- SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo)
- SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor)
- Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
- Tesorería General de la República
- FOSIS
Acreditación de Prestadores Institucionales de Salud
La acreditación es un pilar fundamental para asegurar la calidad de los servicios de salud que reciben los ciudadanos. Este proceso garantiza que las instituciones cumplen con estándares definidos.
La Acreditación en Salud es importante.
Definición y Propósito de la Acreditación
La Acreditación es un proceso periódico de evaluación al cual se someten los prestadores institucionales autorizados por la Autoridad Sanitaria, como hospitales, clínicas, centros ambulatorios y laboratorios. Su finalidad es verificar el cumplimiento de un conjunto de estándares de calidad fijados y normados por el Ministerio de Salud.
Marco Legal y Entidades Acreditadoras
Los requisitos que deben cumplir las empresas y organizaciones con personalidad jurídica propia para desempeñarse como Entidad Acreditadora de prestadores institucionales de salud son los establecidos en el Reglamento del Sistema de Acreditación (Decreto Supremo N° 15 / 2007). Este reglamento fue actualizado el 30 de julio de 2020. La Superintendencia de Salud autoriza a estas entidades para realizar los procesos de acreditación.
Se imparten instrucciones a las Entidades Acreditadoras sobre diversos aspectos, como la elaboración y formato del informe de acreditación (derogando circulares anteriores), el sentido y alcance que deben dar a las normas del Sistema de Acreditación, y la interpretación de los contenidos de los Manuales de Acreditación vigentes. También se dictan nuevas instrucciones para la organización del "Compendio de circulares que instruyen a las entidades acreditadoras sobre la interpretación de las normas del sistema de acreditación para prestadores institucionales de salud".
Se realiza un examen a los profesionales evaluadores de las Entidades Acreditadoras, dando inicio formal a los procedimientos para su implementación y rendición, conforme al Artículo N°10 del Reglamento del Sistema de Acreditación.
Estudios y Actualizaciones del Sistema de Acreditación
El sistema de acreditación ha sido objeto de estudios para evaluar su impacto. Por ejemplo, el estudio "Línea basal del Sistema de Acreditación de Prestadores de Salud en Chile del año 2009", realizado para la Superintendencia de Salud por la Universidad del Desarrollo, sirvió como referencia para un estudio posterior. Este estudio planteó dos objetivos:
- Evaluar el impacto del Sistema de Acreditación de Prestadores Institucionales de Salud como una continuidad al estudio del año 2009.
- Diseñar un modelo metodológico para definir y medir indicadores de resultado sanitario, que sean trazadores basales de evaluación de impacto en seguridad de las atenciones de salud, como insumo para la toma de decisiones de la Superintendencia de Salud (SdS) en el diseño de los nuevos procesos de acreditación de prestadores.
La Superintendencia de Salud publica periódicamente información relevante sobre las Entidades Acreditadoras autorizadas y los prestadores institucionales que han logrado su acreditación. Esta información incluye tanto a prestadores de atención cerrada como de atención abierta que han cumplido con los estándares de calidad aplicados. Estas actualizaciones se realizan con regularidad, evidenciando un monitoreo continuo del sistema. Se cuenta con información actualizada hasta, por ejemplo, marzo de 2019, diciembre de 2018, septiembre de 2018, junio de 2018, marzo de 2018, diciembre de 2017, septiembre de 2017, junio de 2017, marzo de 2017, diciembre de 2016, septiembre de 2016 y junio de 2016.
Resoluciones y Circulares Relevantes
Existen diversas resoluciones y circulares que rigen y modifican el sistema de acreditación y la operación de los prestadores de salud:
- Resoluciones que ordenan mantener la inscripción de diversos prestadores institucionales (Hospital Psiquiátrico Dr., Hospital Dr., Hospital Comunitario de Salud Familiar Dr.) en el Registro Público de Prestadores Institucionales de Salud Acreditados, lo que demuestra la continuidad del proceso de certificación.
- Rectificaciones a resoluciones, como la Resolución Exenta IP/N°180, de 12 de enero de 2024, para corregir detalles administrativos.
- Reglamentos como el D.F.L. N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2.763, de 1979 y de las Leyes N° 18.933 y N° 18.469, informando e instruyendo sobre los deberes específicos de los prestadores individuales e institucionales de salud.
- Circulares que informan e instruyen sobre decretos exentos, como el N°5/2019, que aprueba la modificación a varios decretos exentos publicados por el Ministerio de Salud.
- Aprobación de manuales específicos, como el que fija el Estándar General de Acreditación para Centros de Tratamiento y Rehabilitación de personas con consumo perjudicial o dependencia a alcohol y/o drogas.
- Suspensión de procesos de acreditación en trámite, con las instrucciones pertinentes.
- Instrucciones a las Entidades Acreditadoras sobre el sentido y alcance que deben dar a las obligaciones establecidas en el Reglamento del Sistema de Acreditación.
- Instrucciones sobre el inicio del período de vigencia de un prestador Institucional acreditado en el Registro de Prestadores Institucionales de Salud de la Superintendencia de Salud.
- Modificaciones a diversas circulares (IP/N°31, IP/N°27, IP/N°26, IP/N°25, IP/N°23, IP/N°17, IP/N°15) que ajustan procedimientos y criterios.
- Complementos a resoluciones exentas, como la N°1389 de fecha 18/10/2013, que llama a concurso para proveer cargos en la Superintendencia de Salud.
- Circulares que imparten instrucciones sobre la excepción de garantías de oportunidad, buscando velar por el cumplimiento de la garantía legal por parte de FONASA y las ISAPRES.
Registro de Prestadores Individuales de Salud
Para la población, es crucial poder verificar la habilitación legal de los profesionales que brindan atención. El Registro de Prestadores Individuales de Salud cumple con esta función.

Función y Alcance del Registro
El Registro de Prestadores Individuales de Salud es una herramienta que permite consultar si una persona está legalmente habilitada para ejercer su profesión en el país. Contiene información sobre todos los profesionales de la salud habilitados para el otorgamiento de prestaciones a la población, según lo definido en el «Reglamento sobre los Registros relativos a los Prestadores Individuales de Salud», aprobado por el D.S. N°16, de 2007, del Ministerio de Salud.
El acceso a esta información es inmediato y no tiene costo.
Profesionales Incluidos
Este registro incluye a una amplia gama de profesionales, entre los que se encuentran:
- Médico-cirujanos
- Cirujano-dentistas
- Enfermeras
- Matronas
- Tecnólogos médicos
- Psicólogos
- Kinesiólogos
- Farmacéuticos
- Químico farmacéuticos
- Bioquímicos
- Nutricionistas
- Fonoaudiólogos
- Terapeutas ocupacionales
- Técnicos de nivel superior, de nivel medio y auxiliares regulados en el artículo 112 del Código Sanitario.
Importancia del Registro
Debe tenerse presente que la inscripción en dicho Registro Público no constituye un requisito para el ejercicio de la respectiva profesión. Sin perjuicio de lo anterior, la inscripción de la respectiva habilitación constituye un requisito para el otorgamiento de las prestaciones garantizadas por el Régimen AUGE/GES (Acceso Universal a Garantías Explícitas/Garantías Explícitas en Salud) Art. 14 del D.S. N°170, de 2021, del Ministerio de Salud.
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