La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR), como servicio público, se esfuerza constantemente en digitalizar sus servicios para ofrecer una asistencia más eficiente y menos presencial. El objetivo es que la mayoría de los trámites marítimos se puedan realizar de forma digital. Tras tres años de trabajo, DIRECTEMAR ya ofrece más de 70 servicios digitales a través de su página web y aplicaciones móviles, registrando un total de 1.800.000 transacciones anuales.
Entre los trámites digitales más destacados se incluyen los zarpes y recaladas de naves mayores y menores, el embarque y desembarque de personal marítimo, las faenas de buceo y la emisión de certificados en línea. El Jefe del Departamento de Tecnologías Marítimas (TECMAR), Capitán de Navío Litoral Ítalo Solari, destacó que DIRECTEMAR cumple dos grandes roles: el de Autoridad Marítima, enfocado en la fiscalización y control de la normativa legal, y el de servicio público.
#QuédateEnCasa Trámites marítimos online
El Comandante Solari mencionó que el desafío inicial era adaptar la función de servicio público a los tiempos modernos, superando las dificultades de cobertura territorial, ya que a pesar de contar con Capitanías de Puerto y Alcaldías de Mar en todo Chile, es imposible cubrir la totalidad del territorio de manera presencial. El desafío de DIRECTEMAR es digitalizar los 113 trámites en favor de los Usuarios Marítimos para el 2024. Actualmente, se ha logrado digitalizar el 46% de los trámites, que corresponden al 88% de las transacciones de mayor demanda. Según el jefe del Departamento TECMAR, la madurez alcanzada con la cantidad de aplicaciones y servicios web disponibles, junto con la próxima incorporación de la Oficina Digital de Recaudaciones, permitirá concentrar todos estos servicios en un solo lugar.
Tipos de Credenciales y Trámites Relacionados
Como resultado de diversos trámites, se puede solicitar una credencial de registro marítimo. A continuación, se detallan algunos tipos de credenciales y los requisitos asociados a la navegación y a la seguridad marítima-portuaria.
Credenciales de Navegación Deportiva
La navegación al mando de embarcaciones deportivas requiere credenciales específicas, que varían según el tipo de embarcación y el área de navegación.
Capitán Deportivo Costero
Esta credencial permite la navegación al mando de todo tipo de embarcaciones deportivas costeras y de alta mar, en navegaciones de un punto a otro a lo largo del litoral hasta una distancia de 60 millas de la costa.
Capitán Deportivo de Alta Mar
Con esta credencial, se puede navegar al mando de Embarcaciones Deportivas de Alta Mar en cualquier clase de navegación, incluyendo la oceánica.
Trámite de Renovación de Credenciales de Navegación
El trámite de renovación se puede realizar durante todo el año en la capitanía de puerto correspondiente y requiere la presentación de diversos documentos:
- Concurrir personalmente o mediante un tercero con un poder simple, a alguna Capitanía de Puerto u Oficina de Deportes Náuticos en Santiago (Interior Estación Naval Metropolitana, Av. Portales 4040, Quinta Normal, Fono 32-2208587).
- Horario de atención: Lunes a Viernes de 09:00 a 13:00 hrs.
- Actualizar antecedentes (Formato disponible en el mesón de atención al público).
- Presentar certificado médico con timbre y firma del especialista (Formato disponible en Noticias y Novedades de la página web).
- Incluir 1 fotografía a color, de 3x3cm, con nombre y C.I.
- En caso de menores de edad, se requiere una autorización simple del padre, madre o guardador, según corresponda.
- Cancelar los derechos de renovación, que son: Patrón de Bahía: US$ 5,03; Capitán Costero y Alta Mar: US$ 20,21.
Requisitos para Naves Deportivas Inscritas
Las naves deportivas inscritas deben cumplir con ciertos requisitos para su operación:
- Se exigirá un Certificado de Navegabilidad, documento que avalará sus condiciones de navegabilidad y equipamiento.
- Títulos de la nave, de conformidad con los artículos 831 y 832 del Código del Comercio (Contrato de compra-venta firmado ante Notario).
- Cuatro fotografías de 10 x 15 cms.
- Títulos de la nave, de conformidad con los artículos 831 y 832 del Código del Comercio (Contrato de compra-venta firmado por Ministro de fe del país de venta, debidamente legalizados conforme a lo dispuesto en el Art. 345 del Código de Procedimiento Civil).
- Certificado de baja otorgado por la autoridad competente del país de procedencia (Legalizado conforme a lo dispuesto en el Art. 345 del Código de Procedimiento Civil).
- Cumplir con lo establecido en la resolución DGTM. y MM. Ord.

- Acreditar el cumplimiento de lo establecido en la circular DGTM. y MM. Ord.
- Cumplir con los requisitos establecidos en la resolución DGTM. y MM. Ord.
Normativas y Documentación Relevante
Para la realización de diversos trámites y el cumplimiento de las normativas marítimas, se hace referencia a varios documentos y manuales:
- DGTM Y MM: manual de procedimientos para el otorgamiento de títulos, matrículas, licencias, credenciales, permisos, certificados y otras.
- Circular DGTM. y MM. Ord.
- Resolución DGTM. y MM. Ord.
- Resolución DGTM. y MM. Ord.
Requisitos para Jefe de Seguridad Marítimo-Portuaria
El jefe de seguridad marítimo-portuaria es el experto en materias inherentes a la seguridad privada y le corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el Decreto Nº 1.122 de 1998, art. 2º, sobre medidas mínimas de seguridad para las empresas consideradas en el art. 1º. Los requisitos para este cargo incluyen:
- Tener condiciones físicas y psíquicas compatibles con las labores por desempeñar, especialmente en lo relativo al control de impulsos.
- Declaración jurada notarial, acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos en los numerales 6, 7, 8 y 9 del art. 3º del Decreto Ley (DL) Nº 3.607 de 1981.
- En caso de haber prestado servicios en las Fuerzas Armadas, en las Fuerzas de Orden y Seguridad o en Gendarmería, no haber dejado de pertenecer a estas por sanciones o medidas disciplinarias.
- Haber aprobado los exámenes de los cursos de capacitación que señale la autoridad marítima, incluyéndose un curso sobre manipulación de armas, al desempeñarse en instalaciones que cuenten con vigilantes privados.
- Poseer grado académico de magíster o diplomado en seguridad privada, igual o superior a 400 horas académicas, impartido por un establecimiento de estudios superiores o un organismo técnico de capacitación reconocido por el Ministerio de Educación.
- Certificado de antecedentes comerciales para fines especiales (art. 3º del DL Nº 3.607 de 1981).
- Demostrar los estudios y cursos presentando los certificados de acreditación legalizados por el Ministerio de Educación o autoridad competente del país donde se realizaron los estudios, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la embajada o consulado de Chile en el respectivo país (el documento debe ser apostillado).
- Tener permanencia definitiva, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Ley (DL) Nº 1.094 de 1975 y su reglamento.
Marco Normativo Adicional
Las regulaciones que rigen las medidas de seguridad y otras disposiciones incluyen:
- Decreto Nº 1.122 de 1998, sobre medidas mínimas de seguridad para las empresas consideradas en el art. 1º del DL Nº 3.607 de 1981.
- Decreto Nº 1.773 de 1994, art. 4º, letra b).
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