Dictamen de la Corte Suprema sobre pensiones de Gendarmería

La Corte Suprema de Chile ha emitido un dictamen trascendental que rechaza las millonarias pensiones en Gendarmería, estableciendo un límite de 60 Unidades de Fomento (UF) para las jubilaciones de los exfuncionarios. Esta decisión pone fin a una disputa que ha generado controversia y debates sobre la legalidad y la equidad de las pensiones en la institución.

Contexto del Dictamen

El caso que llegó a la Corte Suprema se originó tras una serie de escándalos públicos relacionados con las altas pensiones de exfuncionarios de Gendarmería. Uno de los casos más mediáticos fue el de Myriam Olate, ex subdirectora técnica de la institución y ex esposa del diputado Osvaldo Andrade (PS), quien percibía una pensión mensual superior a los cinco millones de pesos.

Esquema de las pensiones en Chile, con enfoque en Capredena y Dipreca

Intervención de la Contraloría General de la República

Ante la controversia, la Contraloría General de la República (CGR) intervino emitiendo el dictamen N° 42.701 de 2016, que fijó un tope de 60 UF para las pensiones de los exfuncionarios de Gendarmería. La Contraloría argumentó que Gendarmería, que opera con la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca), había calculado incorrectamente las pensiones al promediar los últimos salarios sin aplicar el tope imponible establecido.

Según el dictamen, hasta antes de su dictación, la interpretación administrativa indicaba que el tope de las 60 Unidades de Fomento no era aplicable al personal adscrito a los sistemas previsionales de Capredena y Dipreca, pues se entendía que, por estar regidos por el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 y N° 2 de 1968, se encontraban exceptuados de considerar o respetar el tope imponible aludido. La Ley N° 19.200, en su artículo 6, establece que las remuneraciones y bonificaciones de los trabajadores de entidades regidas, entre otras, por el artículo 1 del Decreto Ley N° 249 de 1973, afectos a Dipreca, con las excepciones señaladas, están sujetas al límite de imponibilidad de 60 Unidades de Fomento, al igual que los funcionarios afectos a esa escala y adscritos al sistema de las Administradoras de Fondos de Pensiones y del Instituto de Previsión Social.

El personal de planta de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, contemplado en el Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 1990, del Ministerio de Defensa Nacional, en lo previsional, se encuentra adscrito al Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 1968, del Ministerio del Interior, conforme a lo dispuesto en el artículo 1, letra g) de la Ley N° 18.458 que establece el régimen previsional para el personal de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad.

Recursos de protección y la decisión de la Corte de Apelaciones

Numerosos exfuncionarios afectados por la decisión de la Contraloría presentaron recursos de protección. En abril de 2017, la Corte de Apelaciones de Santiago cuestionó el fallo de Contraloría y ordenó la restitución del beneficio de las pensiones sin límite. Sin embargo, para zanjar la disputa, la Suprema puso su punto final y rechazó los recursos de protección presentados.

Fallo de la Corte Suprema

En un fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema desechó cinco recursos de protección presentados por un grupo de funcionarios de Gendarmería. La Corte Suprema señaló que no existe una vulneración del derecho a la propiedad como alegaban los jubilados de Gendarmería. El fallo no establece que los exfuncionarios tengan que devolver las pensiones, dado que el recurso de protección era para mantener las pensiones sin límite, acusando una afectación de sus derechos constitucionales.

Acusación Constitucional Pensiones Gendarmería /31 08 2016 AM

Argumentos del recurso de protección

Uno de los recurrentes señaló que ingresó a prestar servicios en la planta profesional de la recurrida bajo el grado 18° de la Escala Única de Sueldos, el 15 de diciembre de 1994, funciones que desempeñó hasta el 20 de mayo de 2016, bajo el grado 8°, fecha en que renunció a contar del 1 de junio de 2016. Sostenía que el acto de la recurrida vulnera las garantías constitucionales del artículo 19 N° 2, N° 3 inciso 5° y N° 24 del texto constitucional, por lo que solicitaba que se oficie a la recurrida para que efectúe el recálculo de la pensión de retiro, en los términos establecidos en el Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 1968, en concordancia con la Ley N° 18.961 Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile y la Ley N° 18.458, fijándola en la suma de $2.439.234, más reajustes e intereses.

La pensión del interesado se fijaría a razón de una treinta ava parte del sueldo y demás remuneraciones o asignaciones de que gocen sus similares en servicio activo, y sobre las cuales se hagan imposiciones a la Caja de Previsión de Carabineros de Chile, por cada año de servicio. La fracción de año correspondiente a cada mes completo se computaría a razón de un doce avo de treinta avo y la fracción superior a seis meses se computaría como un año completo. El cómputo total no podría exceder, en ningún caso, de treinta años.

Consideraciones de la Corte sobre el derecho de propiedad

La Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los Ministros Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Rosa Egnem S., Sra. María Eugenia Sandoval G., Sr. Carlos Aránguiz Z. y Sr. Manuel Valderrama R., argumentó que, en relación a las garantías que se estiman conculcadas, y específicamente respecto de la supuesta vulneración del derecho de propiedad, no se vislumbra por estos sentenciadores que exista respecto de la recurrente un derecho de propiedad como lo pretende, en relación a la concesión de los beneficios previsionales que impetra, puesto que no existió un acto administrativo final que determinara, en este caso, la procedencia de los beneficios previsionales que impetra, ya que tal como lo reconoce la recurrente, previo a su renuncia, se le informó una simulación del monto de su pensión de retiro.

El fallo acotó que la Corte Suprema ha señalado que la garantía del artículo 19 N° 3 inciso 4° de la Constitución Política de la República, esto es, no ser juzgado por comisiones especiales, incluye el derecho a que el asunto en conflicto sea conocido y resuelto por el órgano que la ley establece. El proceder de Contraloría, al imponer imperativamente una sanción predeterminada, sin tener facultades para ello, vulnera así esta garantía, toda vez que la potestad invalidatoria corresponde exclusivamente al órgano de la administración activa que dictó el acto jurídico que se pretende impugnar.

Consecuencias y reacciones

La decisión de la Corte Suprema rechaza las millonarias pensiones en Gendarmería. Esto significa que las pensiones no serán pagadas en los términos que se había señalado, y el límite de 60 UF se mantiene. Este dictamen tiene implicaciones significativas para otros casos similares y reafirma la autoridad de la Contraloría en la fiscalización de las jubilaciones en el sector público.

La demanda colectiva de ANOP

En mayo de 2020, la Asociación Nacional de Oficiales Penitenciarios de Gendarmería de Chile (ANOP) interpuso una demanda de nulidad de derecho público contra el dictamen de Contraloría. Esta demanda fue acogida a tramitación en el 22° Juzgado Civil de Santiago. El abogado que representó al sindicato, Ciro Colombara, señaló que la demanda buscaba lograr que un Tribunal de Justicia se pronunciara sobre una decisión del Órgano Contralor tomada en el año 2016, que ha perjudicado gravemente a centenares de oficiales de Gendarmería.

Colombara afirmó que el dictamen impugnado, al imponer un límite en la remuneración imponible de los funcionarios de Gendarmería, los ha puesto en una situación de desmedro en comparación con el resto de los cotizantes de Dipreca. La demanda detalla lo que los oficiales describen como un prejuicio que han sufrido al tener un límite de monto en sus pensiones de 60 UF, que hoy es más de 1.800.000 pesos. Entre las compensaciones que solicitan, está el monto de 100 millones de pesos para cada asociado a la demanda, entre los que se encuentran varios integrantes del alto mando de Gendarmería, incluyendo al propio Christian Alveal.

Participación del Director Nacional de Gendarmería en la demanda

Un aspecto sorprendente de esta demanda es la participación de Christian Alveal, actual Director Nacional de Gendarmería. Nuevos antecedentes revelaron que Alveal participó en la demanda colectiva de la ANOP como socio, ya siendo Director Nacional. La demanda es contra el Estado de Chile, en específico, en contra de Contraloría, representada también por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), y la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).

Alveal firmó un mandato judicial para el abogado Colombara y su equipo en 2019, ya siendo Director Nacional de Gendarmería. Entre 2013 y 2014, Alveal fue jefe de gabinete del coronel Marcos Fuentes, quien fue director de Gendarmería y uno de los beneficiados con una pensión millonaria. Por lo tanto, Alveal conocía el mecanismo de jubilación que utilizaron los ex gendarmes denunciados por el fisco, mecanismo que Contraloría dictó corregir. Alveal también fue dirigente de ANOP antes de ser Director Nacional de Gendarmería, asociación en la que se mantiene como socio.

Las explicaciones de la ANOP

La ANOP explicó que la demanda no fue interpuesta al azar, sino que es el resultado de un arduo trabajo de recopilación apoyado por distintos profesionales, abogados, peritos y economistas. Señalaron que el motivo radica en que las pensiones de Gendarmería están afectas a un estatuto distinto, donde el Contralor de la República no le reconoce a la entidad. En 1993, se legisló una ley específica para la institución, la cual asimila sus pensiones a las del personal de Carabineros de Chile en cuanto a su régimen previsional, por lo que se les adscribe a Dipreca.

Además, el ex abogado de la división jurídica de Contraloría explicó que los funcionarios no deberían tener un tope previsional, porque también cotizan más que cualquier empleado público o privado en la AFP. Es por ello que también optan a pensiones mayores, y eso es una cuestión que no ha estado en análisis del dictamen del Contralor y es lo que se hará presente a través del recurso de protección.

Anomalías y contradicciones

La Contraloría encontró varias anomalías, como el hecho de que un técnico con asignación profesional grado 10 de Gendarmería se jubila con $1.628.000, un monto superior al $1.563.000 con que se retiran los ministros de la Corte Suprema adscritos al Instituto de Previsión Social. Además, todos los oficiales de Gendarmería liderarían el ranking de los funcionarios mejor pensionados de toda la administración pública, si no se les aplica el tope legal de las 60 UF más su reajuste.

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