Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores

El Imperativo de la Protección de las Personas Mayores en América Latina y el Caribe

Existen dos realidades fundamentales que han impulsado un debate significativo a nivel regional sobre el bienestar de las personas mayores. Por un lado, se observa un progresivo aumento de la población de personas mayores en América Latina y el Caribe; por otro, persiste una gran dispersión jurídica en cuanto a las obligaciones de los Estados para facilitar el pleno ejercicio de derechos a este grupo.

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) ha proyectado que entre 2010 y 2030, la cantidad de personas mayores en esta región se duplicará, pasando de 58,57 millones a 119,67 millones. Para el año 2050, se estima que esta cifra alcanzará los 195,87 millones.

Gráfico: Proyección del aumento de personas mayores en América Latina y el Caribe (2010-2050)

El camino hacia la protección de estos derechos no es reciente. En 1991, se aprobaron los Principios de las Naciones Unidas en favor de las Personas de Edad, marcando el inicio de un proceso de casi dos décadas. Durante este periodo, se elaboraron diversos instrumentos declarativos y no vinculantes que abordaban aspectos relacionados con el envejecimiento y los derechos de las personas mayores.

Origen y Propósito de la Convención Interamericana: Un Hito Global

En este marco de evolución y necesidad, en 2015 se aprueba en el seno de la OEA, después de seis años de negociación, el primer y único instrumento interamericano, y pionero a nivel internacional, que cubre la amplia gama de derechos de las personas mayores: la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Este instrumento aborda desde los derechos civiles y políticos, hasta los económicos, sociales y culturales.

El objeto de la Convención, como primer instrumento jurídicamente vinculante del mundo en esta materia, es promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor. Su finalidad es contribuir a la plena inclusión, integración y participación de este colectivo en la sociedad.

La Convención subraya que “la persona mayor tiene los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras personas, y que estos derechos, incluido el de no verse sometida a discriminación fundada en la edad ni a ningún tipo de violencia, dimanan de la dignidad y la igualdad que son inherentes a todo ser humano”. Es importante destacar que esta es una de las convenciones más holísticas a nivel mundial, ya que contempla casi todos los aspectos de la vida de las personas mayores.

Entre sus múltiples aportes, la Convención ofrece una definición jurídicamente vinculante de “persona mayor”. Se establece que se trata de aquella de 60 años o más, salvo que la ley interna determine una edad base menor o mayor, siempre que esta no sea superior a los 65 años.

Proceso de Adopción y Entrada en Vigencia

La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores fue aprobada el 15 de junio de 2015 por los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA), en el marco de la Asamblea General de la institución. Tras su aprobación, fue firmada de inmediato por los Gobiernos de Argentina, Bolivia (Estado Plurinacional de), Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, El Salvador y Uruguay en la sede principal del organismo hemisférico en Washington, D.C.

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Un hito crucial en la implementación de este instrumento fue su entrada en vigencia el 13 de diciembre de 2016, fecha en que Costa Rica realizó el depósito del instrumento ante la OEA.

El Compromiso de Chile y su Impacto Nacional

El Gobierno de Chile demostró su compromiso con la protección de las personas mayores al suscribirse a esta Convención el 15 de junio de 2015, durante el 45º periodo ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, junto a Argentina, Brasil, Costa Rica, Panamá y Uruguay.

En este contexto, el Ministro Marcos Barraza señaló que esta adhesión representa un gran paso para el país, ya que significa que “Chile está adoptando el estándar internacional en materia de protección de las personas mayores, respecto a derechos fundamentales, tales como bienestar, cuidado, seguridad social, dignidad y autonomía”. El Gobierno de Chile, a través de sus servicios, trabaja en la implementación de políticas públicas que velen por el cuidado y respeto de las personas mayores.

Estrategias para la Implementación Efectiva de la Convención

Para traducir los derechos consagrados en la Convención en un goce cotidiano para las personas mayores, es vital generar cada vez más espacios y acciones de coordinación entre diversos actores, incluyendo el sector público, el sector privado y la sociedad civil.

Esquema de coordinación intersectorial para la implementación de derechos de personas mayores

Asimismo, el fortalecimiento de las vinculaciones entre las políticas sociales de atención a este grupo, tales como las políticas de protección social, vivienda y salud, constituye la mejor manera de contribuir a que las personas mayores vivan una vida digna y libre de discriminación.

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