En Chile, la legislación permite que las personas pensionadas por invalidez continúen trabajando, ya sea por necesidad económica o por deseo de mantenerse activos. Esta situación genera diversas consideraciones legales y previsionales tanto para el trabajador como para el empleador.

¿Qué es la Pensión de Invalidez?
La pensión de invalidez es un beneficio al que tienen derecho los trabajadores chilenos que sufren una incapacidad física o mental, permitiéndoles acceder a un aporte de dinero en esta difícil situación. Para recibir este beneficio, el trabajador debe haber sido declarado oficialmente como inválido (física o mentalmente) por una de las Comisiones Médicas dependientes de la Superintendencia de Pensiones.
Tipos de Invalidez y sus Pensiones
- Invalidez Parcial: Se define como la pérdida de la capacidad de trabajo igual o mayor al 50% y menor al 66%. Este dictamen suele ser transitorio por un período de 3 años. Si se es declarado Inválido Parcial, se recibirá durante 3 años una pensión mensual equivalente al 50% del ingreso base.
- Invalidez Total: Se otorga cuando un trabajador queda con una incapacidad permanente total, esto es, igual o superior a un 70% de incapacidad.
- Pensión por Incapacidad Permanente Parcial: Se otorga cuando el trabajador queda con una incapacidad permanente, igual o superior al 40% e inferior al 70%. Esta pensión es igual al 35% de su sueldo base.
- Pensión por Incapacidad Permanente Total: Se otorga cuando un trabajador queda con una incapacidad permanente total, esto es, igual o superior a un 70% de incapacidad.
Es importante diferenciar la Pensión de Invalidez del sistema previsional, destinada a trabajadores cotizantes, de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), que es un beneficio para quienes no cumplen requisitos de cotización. Las personas con discapacidad no pierden su Pensión Básica Solidaria de Invalidez al ser contratadas por algún organismo del Estado o por una empresa.
Cobertura del SIS (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia)
Con cobertura del SIS, el costo de los exámenes e interconsultas lo cubre este seguro. Si la invalidez es parcial y sin cobertura del SIS, se recibirán pensiones mensuales de los ahorros de la cuenta individual. En 8 días hábiles, se recibirá un "Certificado de Ofertas" con los montos de la pensión, y se tiene la opción de no aceptar ninguna oferta.
Tutorial Paso a Paso - Solicitud Pensión de Invalidez
Compatibilidad entre Pensión de Invalidez y Trabajo
Si un trabajador es declarado inválido Parcial o Total, no existe ningún inconveniente legal para continuar trabajando. La ley que regula este beneficio no impone ningún tipo de incompatibilidad entre recibir la pensión de invalidez y tener un nuevo trabajo.
Obligaciones del Trabajador Pensionado y el Empleador
El trabajador pensionado de invalidez que continúe laborando está obligado a asistir al trabajo y el empleador al pago de la remuneración convenida, dado que la obtención de pensión de invalidez no es causal de terminación de contrato. El trabajador puede emplear su capacidad residual de trabajo, por lo que si no asiste a trabajar, el empleador tampoco está obligado a remunerarlo.
La Dirección del Trabajo ha señalado en su jurisprudencia administrativa (Dictamen 3458/178 de 21.10.2002) que el trabajador pensionado de invalidez que continúe laborando está obligado a asistir al trabajo y el empleador al pago de la remuneración convenida.
Requisitos para la Contratación de Personas con Discapacidad o Pensionados por Invalidez
En el sector privado, la fiscalización del cumplimiento de la normativa corresponde a la Dirección del Trabajo, quien debe llevar un registro actualizado de los contratos de trabajo, sus modificaciones y términos de trabajo, celebrados por las empresas con personas con discapacidad o pensionados por invalidez.
Para los órganos de la Administración del Estado, un reglamento dictado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social establecerá los parámetros y procedimientos para dar cumplimiento a las obligaciones. Las empresas o servicios no pueden optar por una discapacidad en particular en la contratación.
En caso de que no sea posible el cumplimiento total o parcial de la dotación del 1% de trabajadores con discapacidad, las entidades deberán remitir un informe fundado a la Dirección Nacional del Servicio Civil y al Servicio Nacional de la Discapacidad, explicando las razones para ello.
Consideraciones sobre Cotizaciones Previsionales
Trabajador Activo Pensionado por Invalidez Parcial Transitoria
El afiliado acogido a Pensión de Invalidez parcial transitoria que continúa trabajando está obligado a efectuar las mismas cotizaciones de un trabajador activo. Si se es pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y se trabaja, se cotiza como trabajador activo.
Exenciones en el Pago de Cotizaciones para Pensionados (General)
Al firmar un contrato con un jubilado, existen particularidades en la liquidación de sueldo debido a exenciones en ciertas cargas previsionales:
- AFP (Fondo de Pensiones): Una persona que ya está pensionada y vuelve a trabajar no está obligada a cotizar el 10% mensual en el sistema de AFP. Solo si el trabajador opta por hacerlo voluntariamente se le descontará, aunque debe tener precaución, ya que cotizar voluntariamente podría hacerle perder ciertos beneficios solidarios del Estado. En caso de que desee seguir cotizando de manera voluntaria, tales montos se integrarán a la cuenta de capitalización individual en la AFP en que se encuentre afiliado/a.
- Seguro de Cesantía: La normativa excluye expresamente a los trabajadores pensionados del Seguro de Cesantía (con la única excepción de los pensionados por invalidez parcial). Por lo tanto, ni el empleador ni el trabajador deben realizar aportes a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) por este concepto.
La cotización del 7% para salud (Fonasa o Isapre) y el Seguro de Accidentes del Trabajo siguen siendo obligatorios.
Impacto de la Reforma Previsional (Ley N° 21.735)
La Ley N° 21.735 de Reforma Previsional introdujo cambios significativos. A partir de las remuneraciones de agosto de 2025, los empleadores comenzaron a pagar un 1% adicional por sus trabajadores, aporte que subirá gradualmente hasta alcanzar un 7% adicional, destinado a cuentas individuales y al nuevo Seguro Social. Las empresas deben revisar cómo esta nueva carga impositiva interactúa con los contratos de su personal, incluyendo al personal pensionado que mantenga relación laboral vigente.
Proceso de Solicitud de Pensión de Invalidez
Si se cumplen los requisitos, se puede ingresar la solicitud por videollamada con la ayuda de un ejecutivo, agendando el día y hora que más convenga. Al completar el formulario, se recibirán novedades del trámite entre 1 a 5 días hábiles. Si la cobertura del SIS está en riesgo, la solicitud debe hacerse con urgencia. La Comisión Médica contactará al solicitante para darle el día, la hora y el lugar de la evaluación. Se necesitarán datos de los beneficiarios (nombre completo, RUT y fecha de nacimiento) y, para empleados públicos, un certificado que lo acredite.