Constitución, Requisitos y Solicitud de Pensiones en el Sistema Chileno

La tramitación de pensiones en Chile es un proceso fundamental para garantizar la seguridad económica de los trabajadores al finalizar su vida laboral activa. Este procedimiento involucra a diversas instituciones y modalidades de pensión, diseñadas para adaptarse a las necesidades de cada afiliado.

Esquema de las instituciones y el flujo de trabajo para la solicitud de pensiones en Chile

¿Quiénes pueden solicitar una pensión y dónde?

Los trabajadores y trabajadoras pueden iniciar la solicitud de pensión a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la que están afiliados. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la AFP y las oficinas de ChileAtiende.

Pensión anticipada

Las personas interesadas pueden pensionarse en forma anticipada (antes de cumplir el requisito de edad), siempre y cuando logren financiar una pensión igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y las rentas declaradas. Para ello, deberán acogerse a alguna de las modalidades de pensión señaladas en el artículo 61 del D.L. Nº 3.500 y cumplir con los requisitos específicos.

Consideraciones especiales para la pensión anticipada

  • En el certificado de saldo, en el recuadro de "pensión mínima requerida para acogerse a pensión anticipada" y "pensión mínima requerida para retirar excedente de libre disposición", deberá informarse la pensión adicional necesaria en este sistema.
  • Se informará si se trata de afiliados con pensión en el antiguo sistema acogidos al artículo 17 transitorio del D.L. N° 3.500 de 1980.
  • Para acreditar la calidad de pensionados, la Administradora deberá solicitar al Instituto de Previsión Social, Capredena o Dipreca la información relativa a la resolución de la pensión y a la liquidación de pago de pensión. La calidad de pensionado en dichas entidades deberá ser anterior a la fecha de afiliación al Sistema de AFP.

Pensión anticipada con convenios de seguridad social

Para determinar el cumplimiento de los requisitos de pensión de vejez anticipada, cuando los solicitantes perciban pensión bajo la legislación de otro Estado Contratante, la Administradora deberá considerar esta última prestación como equivalente a una pensión obtenida en el antiguo régimen previsional chileno, aplicando lo dispuesto en el artículo 17 transitorio del D.L. N° 3.500 de 1980. Esta pensión no deberá ser considerada para efectos de retirar excedente de libre disposición.

Para convertir el monto de la pensión otorgada por el otro Estado Contratante a Unidades de Fomento (U.F.), la Administradora deberá considerar el tipo de cambio y la U.F. En estos casos, el certificado de saldo deberá informar la pensión adicional necesaria en este sistema para acogerse a pensión de vejez anticipada, incluyendo una nota al pie del certificado que indique que se trata de afiliados acogidos a un Convenio de Seguridad Social.

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Pasos y requisitos para la solicitud de pensión

El proceso de solicitud de pensión implica una serie de pasos y la presentación de documentos clave.

1. Presentación de la solicitud

Las y los afiliados pueden realizar el trámite de pensión de manera directa y es absolutamente gratuito. Junto con la solicitud, debe realizar la Declaración de Beneficiarios, para lo cual debe adjuntar certificados de nacimiento de sus hijas e hijos, y, si es el caso, adjuntar el certificado de matrimonio o de Acuerdo de Unión Civil. Es muy importante que las personas revisen con frecuencia que sus cotizaciones previsionales obligatorias se encuentren al día en sus cuentas de capitalización individual en la AFP.

Puede darle un poder notarial a otra persona para que haga el trámite.

2. Emisión del Certificado de Saldo

La AFP es la encargada de emitir el Certificado de Saldo. Una vez que la AFP recibe del afiliado la solicitud de obtener su Certificado de Saldo, debe calcular la totalidad de los fondos que tiene la persona y, luego de traspasar toda la información al documento, procede a enviarlo a la dirección postal del solicitante (generalmente el domicilio).

3. Proceso en el SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión)

Paralelamente a la emisión del Certificado de Saldo, la AFP envía esa información al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). En un plazo máximo de 3 días hábiles, las AFP y las compañías de seguros deben ingresar al SCOMP las propuestas de pensión que han diseñado para la persona que inició la consulta, de acuerdo a los fondos que tiene para financiar su jubilación. Con todos esos antecedentes, el SCOMP procede a emitir un Certificado de Ofertas que contiene las distintas alternativas de pensión que puede obtener la persona, según las cuatro modalidades vigentes.

El Certificado de Ofertas de Pensión que emite el SCOMP será remitido al afiliado o afiliada que inició la consulta solo mediante carta certificada a su dirección postal (domicilio).

4. Selección de la modalidad de pago

Si la respuesta al requerimiento es positiva, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para dar inicio a la selección de la modalidad de pago.

Modalidades de pensión en el sistema de AFP

En el sistema de AFP, existen varias modalidades de pensión, cada una con su propia forma de financiamiento y administración. Las dos principales son:

  • Retiro programado en una AFP
  • Renta vitalicia en una compañía de seguros de vida

También hay otras dos alternativas que mezclan características de las dos modalidades antes mencionadas:

  • Renta temporal con renta vitalicia diferida
  • Renta vitalicia inmediata con retiro programado

Requisitos de edad y residencia

Para la pensión de vejez, generalmente se requiere haber cumplido 65 años de edad. No obstante, aquellas personas que tengan derecho a rebaja en la edad para pensionarse por vejez en virtud del artículo 68 bis del D.L. N° 3.500, podrán hacerlo.

Se le deberán computar como años de residencia en el país los años en que hubiese permanecido en el extranjero en la calidad de exiliado, a que se refiere la letra a) del artículo 2° de la Ley N° 18.994 o por motivo del cumplimiento de misiones diplomáticas, representaciones consulares y demás funciones oficiales de Chile. Con todo, se entenderán cumplidos los requisitos de residencia si el solicitante acredita 20 años de cotizaciones en cualquier régimen previsional chileno.

Tabla comparativa de requisitos de edad y años de cotización para diferentes tipos de pensiones

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

Las personas pueden solicitar la PBSI en el sitio web, por videoatención y en las sucursales ChileAtiende. Para solicitar esta pensión no necesitas tener declarada tu invalidez ante una comisión médica. Los titulares de PBSI pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan los requisitos para ser causantes del sistema. Se recibirá la pensión hasta el último día del mes en que se cumplan 65 años. Para dudas, se puede llamar al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si se está en el extranjero).

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