Tramitación de Licencias Médicas para Jubilados del Ejército en Chile

La licencia médica es un derecho fundamental que permite a un(a) trabajador(a) dependiente e independiente ausentarse o reducir su jornada laboral durante un período determinado. Esto puede deberse a una enfermedad o un accidente que requiera reposo o tratamiento. El pago de esta licencia consiste en un subsidio con un tope de 80,2 UF mensuales. Este derecho a cobrar el subsidio por incapacidad laboral prescribe en seis meses desde el término de la licencia médica.

Esquema de tipos de licencias médicas y sus características principales

Aspectos Generales de la Licencia Médica

Las licencias médicas son de carácter irrenunciable y pueden ser otorgadas por profesionales médicos o, en ciertos casos, por una matrona, según lo estipulado en el Decreto Nº3. Si una licencia médica es emitida de forma electrónica y el empleador está adscrito a dicho sistema, esta llegará automáticamente sin que el trabajador tenga que entregarla en papel.

Proceso de Tramitación y Documentación

El formulario de la licencia médica se compone de varias secciones que deben ser completadas por diferentes actores:

  • La Sección A debe ser completada por el profesional emisor de la licencia.
  • Los antecedentes deben ser validados por el trabajador, quien deberá firmar el documento respectivo.
  • El empleador y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) también tienen secciones a completar.

Es importante destacar que el empleador no tiene facultades para cuestionar una licencia médica ni devolverla al trabajador, incluso si está incompleta. En caso de trabajadores afiliados a C.C.A.F y FONASA, el formulario de Licencia Médica debe entregarse en la Caja de Compensación correspondiente.

Instructivo solicitud de licencias médicas

Base de Cálculo del Subsidio

La base de cálculo para el subsidio por incapacidad laboral se considera como el promedio de la remuneración mensual neta, del subsidio o de ambas, que se hayan devengado en los tres meses calendarios más próximos al mes en que se inicia la licencia (reposo), en los términos del artículo 8 del D.F.L.

Tipos Específicos de Licencias Médicas

Existen diversos tipos de licencias médicas, cada una diseñada para situaciones particulares:

Licencias por Maternidad y Paternidad

  • Licencia prenatal: Contempla 42 días, otorgados a las 34 semanas y media de gestación.
  • Licencia postnatal: A contar de la fecha del parto, se otorga por 84 días.
  • Permiso Postnatal Parental: Este reposo es posterior al período de reposo postnatal. Para la madre o persona gestante puede ser de 12 semanas a tiempo completo o de 18 semanas, en caso de que se reincorpore con media jornada laboral.

Licencias por Enfermedad

  • Enfermedad grave de un niño menor de un año (Tipo 4): Es emitida a la madre o persona gestora del hijo menor de un año. Se extiende por 7 días prorrogables y continuos de 7 en 7 hasta completar un total de 30 días.
  • Enfermedad profesional (Tipo 6): Se emite a aquellos(as) trabajadores(as) que padecen enfermedades profesionales.

Sistema de Tramitación para Afiliados

Los trabajadores/as afiliados a Fonasa o Isapre podrán solicitar esta licencia con su Clave Única en el sitio web de la Superintendencia de Seguridad Social. Aquellos(as) pertenecientes a Gendarmería de Chile y de las ramas de las FF.AA., deben seguir los procedimientos específicos de sus instituciones.

Flujograma del proceso de solicitud de licencia médica electrónica

Anexos y Revisiones en el Sistema

La plataforma Aurora y Portal Héroes gestionan varios anexos y procesos relacionados con las licencias médicas:

  • Anexo inicial (Anexo 14): Declara la situación primaria del caso. Se inicia desde la lista de trabajo con el botón "agregar (+)".
  • Continuación de licencia (Anexo 15): Corresponde a la continuación desde el Anexo 14. Cuando se selecciona, se inicia el formulario de carátula inicial y complementos, que opera en términos funcionales igual que el Anexo 14. Se deben completar los antecedentes de la carátula y "Guardar".
  • Anexo de alta o finalización del evento: Se inicia desde el Anexo 15. Inicia el formulario de carátula, el que opera en términos funcionales igual al Anexo 14.
  • Registro de citación a revisión: Corresponde al registro de citación a revisión por parte de las CSs (solo estas tienen acceso), evento que genera un registro en todas las instancias de vista de datos.

Organismos Clave

  • COMPIN (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez): Su función es velar, de acuerdo a la ley, por el cumplimiento de las normas medicolegales en materias de seguridad social. Actúa como garante de la fe pública en la certificación de estados de salud y en la gestión de procesos técnicos y administrativos.
  • FONASA (Fondo Nacional de Salud): Es el organismo público que administra los fondos estatales destinados a salud en Chile, para dar cobertura a sus beneficiarios(as).

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