En el ámbito del sistema de pensiones, es común que una persona necesite autorizar a otra para que cobre su pensión. A esta persona se le denomina apoderado. Este proceso de otorgamiento de poder es fundamental para asegurar que los beneficiarios puedan recibir sus pagos incluso cuando no pueden realizar el trámite personalmente.
¿Quién es el Apoderado?
El apoderado es la persona autorizada legalmente para cobrar una pensión en nombre de otra. Esta figura es especialmente relevante en situaciones donde el titular de la pensión enfrenta dificultades de movilidad, salud u otras limitaciones.
¿Cómo Autorizar a un Apoderado?
Para autorizar a un apoderado en Chile, existen diversas modalidades:
Trámites Presenciales
- En una sucursal ChileAtiende: El titular de la pensión y su apoderado deben dirigirse juntos a una sucursal ChileAtiende, ambos presentando su cédula de identidad.
- Evaluación por Trabajador Social: Si el titular está hospitalizado, postrado, no puede expresarse o tiene otra dificultad justificada para movilizarse, un trabajador o trabajadora social del IPS analizará el caso y los antecedentes presentados, emitiendo un informe social.
Trámites a Distancia
- Videoatención en ChileAtiende: Tanto el titular como su apoderado deben estar conectados a una videollamada (pueden estar en lugares distintos) para realizar el trámite.
Consideraciones Importantes
- Pensión Garantizada Universal (PGU): Si el beneficiario recibe la PGU y una pensión de una AFP o compañía de seguros, el poder debe renovarse en esta última entidad, ya que el Instituto de Previsión Social (IPS) solo autoriza el poder.
- Renovación y Revocación: Es posible renovar (prorrogar) y anular (revocar) un poder. Este trámite se puede realizar en cualquier época del año, independientemente de la vigencia del poder, ya sea en una sucursal ChileAtiende o mediante videoatención.
En caso de dudas, se puede contactar al call center 101 o al +56 4 4236 20 00 si se encuentra en el extranjero.
Iniciar un Trámite de Pensión a Través de un Apoderado
Sí, se puede iniciar un trámite de pensión a través de un apoderado. Para esto, el afiliado o afiliada que desea iniciar el trámite debe suscribir un poder ante notario. Una vez que se tiene el certificado de saldo efectivo, la persona interesada debe completar su formulario de solicitudes de ofertas de montos de pensión en el SCOMP, considerando su situación, necesidades y preferencias.
El apoderado podrá seleccionar cualquiera de las modalidades de pensión. Si la opción es una renta vitalicia, el afiliado o el apoderado puede aceptar una oferta interna, aceptar una oferta externa o solicitar un remate.
Sistemas de Pensiones en Chile
El sistema de pensiones chileno ha evolucionado a lo largo del tiempo, pasando por diferentes modelos:
Sistema de Reparto (Antiguo)
Este sistema fue administrado a través de las cajas previsionales, las cuales establecían de forma autónoma las condiciones de afiliación y cobertura. Los recursos aportados por los trabajadores activos se destinaban a un fondo común para financiar las prestaciones de los trabajadores pasivos y/o sus beneficiarios.
Sistema de AFP o de Capitalización Individual (Actual)
En 1980 se instauró el modelo llamado "Sistema de AFP" o "Sistema de capitalización individual" (Ley 3.500), aunque algunos afiliados se mantuvieron en el antiguo sistema. Bajo este esquema, el monto de la pensión se financia con los recursos que cada trabajador ha acumulado en su cuenta previsional a lo largo de su vida laboral.
Reforma al Sistema de Pensiones (Ley 20.255)
Desde 2008, esta reforma incorporó un Pilar Solidario con financiamiento estatal, complementando el sistema de capitalización individual. Gracias a esto, 450.000 hombres y 750.000 mujeres son beneficiarias del Sistema de Pensiones Solidarias.

Tipos de Pensiones
Pensión de Vejez Anticipada
La ley permite anticipar la pensión (antes de los 60 o 65 años) si el afiliado logra financiar una pensión igual o superior al 70% del promedio de las rentas imponibles de los últimos 10 años de trabajo, o si el monto de la pensión es igual o superior al 80% de la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) vigente a la fecha de la solicitud.
Pensión de Vejez Anticipada por Trabajos Pesados
Es el derecho del trabajador dependiente (regulados por la Ley N° 19.404) que ha desarrollado labores específicas consideradas como trabajos pesados, permitiéndole obtener una pensión de vejez con una edad inferior a la exigida (menos de 65 años para hombres o menos de 60 años para mujeres).
Pensión de Invalidez
A este derecho acceden aquellos trabajadores/as afiliados al Sistema, entre los 18 y 65 años, que no estén pensionados por vejez. Para obtenerla, deben pasar una evaluación médica que los declare como discapacitados por la pérdida de al menos un 50% de sus capacidades físicas o mentales. El monto de la pensión de invalidez se financia con los recursos previsionales ahorrados por el propio trabajador, junto con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
Pensión de Sobrevivencia
Es el beneficio al cual tienen derecho los componentes del grupo familiar del afiliado fallecido que cumplen los requisitos legales respectivos, incluyendo cónyuge (hombre o mujer), madre o padre de hijos de filiación no matrimonial, e hijos.
Tipos de sistemas de pensiones en el mundo
Modalidades de Pensión y Asesoría
Cuando un afiliado ya tiene su certificado de saldo efectivo, debe llenar su formulario de solicitudes de ofertas de montos de pensión en el SCOMP para seleccionar una de las modalidades de pensión. Si la opción es una renta vitalicia, el afiliado puede aceptar una oferta interna, aceptar una oferta externa o solicitar un remate.
Los asesores de pensión tienen las siguientes responsabilidades:
- Informar al afiliado el monto de los honorarios o de la comisión que cobrará por la asesoría.
- Entregar al afiliado un informe final escrito que contenga de manera clara y explícita la recomendación o sugerencia entregada.
La Superintendencia de Pensiones cuenta con un Simulador de pensiones para ayudar a los afiliados en este proceso.
Desafíos y Beneficios Adicionales del Sistema Previsional
Desafíos del Programa de Gobierno
El programa de gobierno se plantea importantes desafíos para hacer frente al descontento respecto de la calidad de las pensiones, la baja credibilidad del sistema de capitalización individual y las altas tasas de evasión y elusión de cotizaciones.
Bono por Cada Hijo Nacido Vivo
Es una forma de reconocer la maternidad a las mujeres, ya que muchas dejan el trabajo remunerado para dedicarse a la crianza de los hijos, lo que disminuye su capacidad para generar ahorros previsionales.
Subsidio a los Trabajadores Jóvenes
Dada la importancia de las cotizaciones tempranas en el monto de la pensión futura, se crea un subsidio para incentivar la formalidad (contratos de trabajo) de los trabajadores jóvenes (18-35 años) y aumentar el monto de sus primeras cotizaciones previsionales.
Beneficios Tributarios del Pilar Voluntario
El Pilar Voluntario cuenta con diversos mecanismos de ahorro, como el Ahorro Previsional Voluntario (APV). Este es un mecanismo de ahorro adicional a las cotizaciones obligatorias que permite a un trabajador, dependiente o independiente, de forma individual o colectiva, aumentar sus fondos y contar con una mejor pensión al momento de su retiro. Para los trabajadores dependientes, los empleadores están obligados a retener los montos de las cotizaciones, declararlas y pagarlas mensualmente.