Cómo se Pagan las Pensiones en el Sistema de AFP

El sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en Chile opera bajo un esquema de capitalización individual, donde las pensiones se financian principalmente con los ahorros acumulados por cada afiliado. Comprender cómo se gestionan y se pagan estas pensiones es fundamental para los trabajadores y sus beneficiarios.

Componentes y Beneficiarios de la Pensión

Los ingresos que recibe una persona por concepto de pensión, conocidos como haberes, detallan la suma de distintos beneficios y aportes. Estos pueden incluir la pensión propiamente tal, beneficios o aportes del Estado como la Pensión Garantizada Universal (PGU), asignaciones familiares, ajustes de retiros programados, bonos o aguinaldos, y beneficios derivados de la Reforma de Pensiones, si corresponden. Dentro de este marco, es crucial identificar a los beneficiarios cobrantes de pensión y el monto que les corresponde, información que suele estar disponible en los estados de cuenta.

Infografía: Componentes de una pensión AFP

A partir de enero de 2026, beneficios como el Beneficio por Años Cotizados o la Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida se pagarán de manera automática junto con la pensión, simplificando el proceso para los afiliados.

Cálculo de la Pensión

El cálculo de la pensión se realiza considerando diversos factores para determinar el monto final. Para su cálculo se toma en cuenta la edad de la persona afiliada, su grupo familiar y el total del saldo acumulado en la cuenta de capitalización individual obligatoria que la persona tenga a la fecha de pensionarse por vejez o invalidez, todo ello de acuerdo con el Decreto Ley N° 3.500 de 1980. Por ejemplo, una modalidad de cálculo es la renta vitalicia inmediata, que no presenta condiciones especiales de cobertura.

Diagrama: Factores clave para el cálculo de pensiones

Fuentes de Financiamiento del Sistema de Pensiones

Las pensiones se nutren de varias fuentes, principalmente las cotizaciones realizadas durante la vida laboral del afiliado.

Cotizaciones Obligatorias y del Empleador

  • La cotización obligatoria corresponde al 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales, con un tope de 90 Unidades de Fomento (UF).
  • Además, existe una cotización de cargo del empleador, establecida por la Ley N° 21.735 de Reforma Previsional. Esta cotización inicia con una tasa del 1% y aumentará cada año, por un periodo de nueve años, hasta alcanzar el 7% de la remuneración de la o el trabajador. Esta nueva cotización se suma al aporte actual que hace el empleador para financiar el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Comisiones de las AFP

Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) cobran a sus afiliados una comisión por la gestión y administración que realizan de la cuenta de capitalización individual obligatoria. Esta comisión también incluye el pago de la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Es una obligación para las AFP informar del valor de sus comisiones en todas sus oficinas o agencias de atención al público, mediante un panel, tablero o pizarra que debe mantenerse actualizado.

Proceso de Pago de Cotizaciones

La correcta y oportuna declaración y pago de las cotizaciones es esencial para el buen funcionamiento del sistema previsional.

Trabajadores Dependientes

Para las trabajadoras y los trabajadores dependientes, el empleador es quien debe pagar las cotizaciones previsionales dentro de los 10 primeros días del mes siguiente a aquel en que se devengaron las remuneraciones. Si el empleador se atrasa en el pago, tiene la obligación de declarar las cotizaciones no pagadas dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente. En caso de que la relación laboral haya terminado y, por tanto, no corresponda el pago de las cotizaciones, el empleador tiene hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar esa situación.

Trabajadores Independientes

En el caso de las trabajadoras y los trabajadores independientes, el Servicio de Impuestos Internos (SII) es la entidad encargada de determinar anualmente el monto que deben pagar por concepto de cotizaciones en el sistema de pensiones. Los trabajadores independientes que coticen en el proceso de declaración de impuesto anual a la renta quedarán cubiertos por el período de un año para los beneficios de invalidez y sobrevivencia.

Cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

El seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS) cubre a trabajadoras y trabajadores dependientes que se encuentren cotizando en la AFP. Se presume que la afiliada o el afiliado se encontraba cotizando si su muerte o la declaración de invalidez se produce en el tiempo en que prestaba servicios.

Pago de cotizaciones en PREVIRED

Consecuencias por Deudas Previsionales

Los empleadores que mantengan deudas previsionales no podrán percibir pagos provenientes de instituciones públicas o con cargo a recursos fiscales destinados al fomento productivo, lo que resalta la importancia de la puntualidad en estas obligaciones.

Flexibilidad en las Cotizaciones

Si bien las cotizaciones son obligatorias, existe la opción de eximirse de cotizar para pensión bajo ciertas circunstancias. Para ello, la persona debe manifestarlo por escrito tanto a su empleador como a la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que se encuentra afiliada.

Ahorro Previsional Voluntario (APV y Cuenta 2)

Para complementar la pensión obligatoria, existen mecanismos de ahorro voluntario que pueden incrementar significativamente el monto final de la pensión:

  • La Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario (APV) puede ser gestionada en una AFP, una compañía de seguros de vida (CSV), un banco, una administradora de fondos mutuos, una administradora de fondos de inversión, una administradora de fondos para la vivienda, una administradora general de fondos e intermediarios de valores, siempre que sus planes hayan sido aprobados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
  • La Cuenta de Ahorro Voluntario, también conocida como Cuenta 2, es una cuenta de ahorro que se puede abrir en la AFP en la que una persona está afiliada. Sus recursos pueden ser retirados en cualquier momento, con un límite de hasta 24 giros en un año.

Gestión y Elección de la AFP y sus Fondos

La elección de la AFP y el tipo de fondo de pensión son decisiones importantes que impactan el futuro previsional del afiliado.

Elección Inicial y Comisiones

Las personas tienen la libertad de elegir la AFP en la que depositarán sus ahorros previsionales. No obstante, las trabajadoras y los trabajadores que se afilian al sistema por primera vez deben ingresar a la administradora que cobra la menor comisión y permanecer en ella por un período de 24 meses. Para proteger a las personas, la Superintendencia de Pensiones realiza cada dos años una licitación pública de la cartera de nuevos afiliados que ingresan al sistema de capitalización individual obligatoria. Si esta licitación es declarada desierta, los nuevos afiliados serán asignados por la Superintendencia a la AFP que cobre la menor comisión a la fecha de ingreso al sistema.

Elección de Fondos por Edad

La ley establece ciertas restricciones para la elección del tipo de fondo de pensiones en que los afiliados pueden depositar sus ahorros, basándose en la edad. Por ejemplo, a partir de los 51 años para las mujeres y de los 56 años para los hombres, no se podrá elegir el Fondo A (más riesgoso) para depositar el ahorro previsional obligatorio. En su lugar, pueden optar por destinar ese ahorro entre los fondos B (riesgoso), C (intermedio), D (conservador) y E (más conservador).

Gráfico: Perfiles de riesgo de los multifondos AFP

Consulta y Recepción de Pagos de Pensión

Los afiliados pueden acceder fácilmente a la información sobre sus pagos de pensión.

Cómo Consultar el Historial de Pagos

Para consultar el historial de pagos de pensión, se puede ingresar a la Sucursal Virtual de la AFP con el RUT y la Clave de Acceso. Una vez dentro, se visualiza el “Resumen de mi Pensión” y, al seleccionar un menú desplegable que dice “Quiero”, se debe elegir la opción “Historial de Pagos de Pensión”.

Captura de pantalla: Portal virtual para consulta de pensión

Fechas de Pago

La fecha de pago de la pensión puede variar según el convenio internacional mediante el cual se reciba. Adicionalmente, a la fecha de pago informada en el calendario de pagos, es necesario sumarle aproximadamente 10 días hábiles para la recepción efectiva del monto.

Asesoría Previsional

Para quienes buscan orientación, los asesores previsionales deben cumplir con ciertas obligaciones:

  1. Informar al afiliado el monto de los honorarios o de la comisión que cobrarán por la asesoría.
  2. Entregar al afiliado un informe final escrito que contenga de manera clara y explícita la recomendación o sugerencia proporcionada.

Contacto

Para cualquier consulta o asistencia, es posible comunicarse al Contact Center llamando al 600 201 0150 de lunes a jueves de 8:30 a 17:00 hrs. y los viernes de 8:30 a 16:30 hrs.

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