Pensión de Invalidez Obligatoria: Guía Completa

La pensión de invalidez es un beneficio otorgado tras el primer dictamen, de carácter transitorio y con una duración de 3 años. Al finalizar este período, se realiza una reevaluación para determinar la continuidad de la invalidez del trabajador, la cual puede ser confirmada y, de esta manera, pasar a ser definitiva.

El financiamiento de esta pensión está directamente relacionado con el derecho del afiliado al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Si el afiliado cuenta con cobertura del SIS, la pensión es pagada por la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), con cargo a la Compañía de Seguros que se ha contratado para este fin.

Los beneficiarios de esta pensión son las personas afiliadas menores de 65 años, tanto hombres como mujeres (estas últimas deben haber optado por continuar cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia). Estos individuos deben sufrir, a consecuencia de enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo.

Tipos de Pensión de Invalidez

Existen diferentes tipos de pensión de invalidez, clasificadas según el grado de pérdida de capacidad laboral:

  • Pensión de Invalidez Total: Se otorga a afiliados con una pérdida de, al menos, dos tercios de su capacidad de trabajo. En este caso, la invalidez se considera definitiva.
  • Pensión de Invalidez Parcial: Corresponde a afiliados con una pérdida de su capacidad de trabajo igual o superior al 50% e inferior a dos tercios. Este dictamen tiene un carácter transitorio por 3 años.
  • Pensión de Gran Invalidez: Se aplica cuando la incapacidad es igual o mayor al 70%, con el agravante de que el trabajador requiere la asistencia de terceros para realizar las actividades básicas de su vida.
Gráfico comparativo de los tipos de pensión de invalidez según el porcentaje de pérdida de capacidad laboral.

Proceso de Reevaluación y Dictamen

Transcurridos los tres años desde la emisión del primer dictamen de invalidez parcial, la AFP citará al afiliado a una reevaluación. En este proceso:

  • Si en la reevaluación se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado vuelve a su condición de activo.
  • Si se confirma la invalidez, ya sea total o parcial, la AFP entregará al pensionado el Certificado de Saldo. Con este certificado, el afiliado podrá ejercer su derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez, suscribiendo la Selección de Modalidad.

En caso de que la invalidez parcial sea confirmada tras la reevaluación, la persona pensionada continuará recibiendo su pensión. Si la invalidez parcial transitoria es confirmada y el beneficiario trabaja, cotizará como trabajador activo.

Es importante destacar que si una Comisión Médica emite una declaración de invalidez, esto no implica automáticamente la concesión de una pensión de invalidez. La calificación y el grado de invalidez deben ser definidos por una Comisión Médica, la cual depende de la Superintendencia de Pensiones.

Documentación y Trámites

Para solicitar la pensión de invalidez, se pueden requerir diversos documentos, dependiendo de la situación del solicitante:

  • Copia de las liquidaciones de sueldo de los seis meses anteriores a la fecha del accidente laboral o del diagnóstico de la enfermedad profesional.
  • Historia laboral del trabajador, si no se ha entregado previamente junto con la denuncia de enfermedad profesional (DIEP).
  • Antecedentes que acrediten la historia laboral, como contratos, finiquitos, avisos de cesación de servicios y/o certificados de empleadores.
  • Certificado de rentas emitido por el empleador para funcionarios, correspondiente a los últimos seis meses anteriores a la fecha de la enfermedad o accidente laboral.
  • Datos de los beneficiarios: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento.
  • Para empleados públicos, se requiere un certificado que lo acredite.

Para agilizar el trámite, si se cuentan con antecedentes médicos, estos pueden ser enviados directamente al correo electrónico de la comisión médica correspondiente al domicilio del solicitante. Los exámenes e interconsultas médicas necesarias para la evaluación de la invalidez, si se cuenta con cobertura del SIS, son cubiertos por este seguro.

El proceso puede iniciarse ingresando la solicitud por videollamada con la ayuda de un ejecutivo, o completando un formulario en línea. En un plazo de 1 a 5 días hábiles, se recibirán novedades sobre el trámite. Si la cobertura del SIS está en riesgo, se debe realizar la solicitud con urgencia.

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Aspectos Adicionales de la Pensión de Invalidez

Los montos de las pensiones de invalidez pueden incrementarse en un 5% por cada uno de los hijos que causen Asignación Familiar al pensionado, a partir del tercer hijo autorizado como carga familiar.

Los funcionarios públicos que obtengan una pensión de invalidez deben retirarse de la administración pública.

En caso de que una persona declarada con invalidez fallezca antes de la edad legal de pensión o estando pensionada, generará una Pensión de Sobrevivencia si existen beneficiarios designados.

Sí, es posible tramitar y recibir la pensión en el extranjero siempre y cuando el país de residencia cuente con un Convenio Bilateral con Chile.

Si una persona es declarada inválida parcial o total, no existe impedimento para continuar trabajando. Si es pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y trabaja, cotiza como trabajador activo.

Si eres declarado Inválido Parcial, recibirás durante 3 años una pensión mensual equivalente al 50% de tu ingreso base. Si tu pensión es mayor a la Básica Solidaria, se deben solicitar ofertas al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).

En caso de invalidez parcial sin cobertura del SIS, se recibirán pensiones mensuales provenientes de los ahorros de la cuenta individual. En un plazo de 8 días hábiles, se recibirá un "Certificado de Ofertas" con los montos de pensión, y se tiene la opción de no aceptar ninguna de ellas.

La Comisión Médica Regional (CMR) cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le entrega las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas necesarias. Una vez evaluados los resultados, la CMR determina si el impedimento o enfermedad cumple con criterios objetivos, demostrables, agotamiento de terapias y cumplimiento del período de observación post-tratamiento.

Existe la posibilidad de presentar una apelación ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro de cinco días hábiles desde la notificación de la resolución del dictamen. La CMC debe pronunciarse en un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

Para solicitar la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), se puede hacer a través del sitio web, por videoatención o en las sucursales ChileAtiende. Los titulares de la PBSI pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar respecto de los descendientes que vivan a su cargo y cumplan los requisitos.

La pensión de invalidez se recibe hasta el último día del mes en que se cumplen 65 años.

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