Trámites para Obtener Licencia Médica siendo Pensionado

Cuando una persona decide pensionarse, generalmente se asume que cesará sus actividades laborales y, por ende, la obligación de cotizar en su AFP. Sin embargo, no siempre es así. Muchos pensionados optan por continuar trabajando, lo que genera particularidades en sus derechos y trámites, especialmente en relación con las licencias médicas.

Esquema de flujo de pensión y trabajo

Pensionados que Continúan Trabajando: Cotizaciones y Licencias Médicas

Si un pensionado decide continuar trabajando, en términos legales, recibe dos rentas: la pensión y la remuneración que paga el empleador. Esto tiene implicaciones directas en las cotizaciones de salud y el acceso a licencias médicas.

Cotizaciones de Salud

  • El descuento del 7% que se destina a las cotizaciones de salud debe realizarse sobre cada una de las rentas percibidas (pensión y remuneración).
  • Si el pensionado tiene un plan de salud contratado con una Isapre y los aportes realizados como pensionado y trabajador sobrepasan el valor de su plan, se generarán excedentes de dinero que son de su propiedad.

Ejemplo: Si un pensionado recibe una pensión de $800.000 y en su trabajo le pagan $900.000, mientras que el plan de su Isapre es de $83.500. La suma de las cotizaciones de salud (7% de la pensión y 7% del sueldo) será de $119.000. La diferencia entre este monto y el valor del plan de Isapre serán excedentes.

Exención de Cotización en AFP

Los pensionados que deciden seguir trabajando pagan cotizaciones de salud por sus remuneraciones, pero están exentos de la obligación de cotizar en una AFP.

Ventajas de Cotizar Post-Retiro para Licencias Médicas

La cotización post-retiro ofrece una ventaja significativa en relación con las licencias médicas. Para acceder a una licencia médica, la legislación establece que el trabajador debe registrar, al menos, tres cotizaciones en los seis meses anteriores al inicio de la licencia. Si un pensionado continúa cotizando por su actividad laboral, mantiene este derecho a subsidio por incapacidad laboral.

Eliminación cotización de salud pensionados

Reducción o Eliminación del Pago del 7% de Salud para Pensionados

Un beneficio importante para los pensionados, especialmente los más vulnerables, es la reducción o eliminación parcial o total del cobro de su cotización previsional de salud, correspondiente al 7% de la pensión que reciben.

  • Este beneficio está dirigido a pensionados más vulnerables, eximiéndolos del pago del 7% de salud correspondiente a su pensión.
  • Actualmente, la legislación exime del pago de cotizaciones de salud a los pensionados que pertenezcan al 80% más vulnerable de la población, independientemente de su afiliación a Fonasa o Isapre. Para acceder a este beneficio, se debe acreditar pertenecer a los cuatro quintiles más vulnerables de la población.
  • El trámite se puede realizar en el Instituto de Previsión Social (IPS) o mediante el portal de ChileAtiende, ya sea a través de Video Atención o completando un formulario online.

¿Qué es una Licencia Médica y Requisitos para el Subsidio?

Una licencia médica es el derecho de un(a) trabajador(a) dependiente o independiente de ausentarse o reducir su jornada laboral por un período determinado, debido a enfermedad, accidente o necesidad de reposo o tratamiento. Este derecho incluye el pago de un Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL).

Requisitos para el Subsidio

De conformidad con el artículo 4 del D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, para tener derecho a los subsidios se requiere:

  • Un mínimo de seis meses de afiliación a un régimen de seguridad social.
  • Un mínimo de tres meses de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores a la fecha inicial de la licencia médica correspondiente.

Duración del Pago del Subsidio

  • Cuando la licencia es superior a 10 días, los subsidios se pagan desde el primer día.
  • Cuando la licencia es igual o inferior a 10 días, los subsidios se pagan desde el cuarto día. Por lo tanto, los tres primeros días de una licencia médica de 10 días o menos no dan derecho al subsidio y el empleador no está obligado a pagar por ellos. La entidad pagadora del subsidio debe efectuar cotizaciones por el período de carencia de esos tres primeros días.

Tipos de Licencias Médicas

Existen diversos tipos de licencias médicas, incluyendo:

  • Licencia de Pre y Postnatal: 42 días por prenatal (desde las 34 semanas y media de gestación) y 84 días por postnatal a contar de la fecha del parto. Puede ser otorgada por matronas.
  • Permiso Postnatal Parental: Posterior al postnatal, puede ser de 12 semanas a tiempo completo o 18 semanas si se reincorpora con media jornada.
  • Enfermedad grave de un niño menor de un año (Tipo 4): Emitida a la madre o persona gestora, se extiende por 7 días prorrogables hasta un total de 30 días.
  • Enfermedad Profesional (Tipo 6): Para trabajadores que padecen enfermedades profesionales.
Infografía sobre los tipos de licencia médica y sus plazos

Proceso de Tramitación de la Licencia Médica

El proceso para obtener y tramitar una licencia médica implica varias etapas y la participación de diferentes actores:

Emisión del Formulario de Licencia Médica

  • La sección A del formulario debe ser completada por el profesional emisor de la licencia (médico, dentista o matrona) y los antecedentes validados por el trabajador, quien debe firmar el documento.
  • El formulario se compone de varias secciones que deben ser completadas por el profesional emisor, el(la) trabajador(a), el empleador y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

Entrega y Plazos

  • Si la licencia médica es electrónica y el empleador está adscrito a dicho sistema, esta le llegará automáticamente sin que el trabajador tenga que entregarla en papel.
  • En el sector privado, el trabajador tiene 2 días hábiles desde el inicio de la licencia médica para entregársela a su empleador.
  • Los trabajadores afiliados a C.C.A.F. (Cajas de Compensación) y FONASA deben entregar el formulario de Licencia Médica en la Caja de Compensación correspondiente.
  • Los trabajadores independientes deben completar y firmar la sección C (datos laborales).
  • El empleador no tiene facultades para cuestionar una licencia médica ni devolverla al trabajador, incluso si está incompleta.

Cálculo de la Base del Subsidio

Se considera como base de cálculo el promedio de la remuneración mensual neta, del subsidio o de ambas, devengadas en los tres meses calendarios más próximos al mes en que se inicia la licencia (reposo), según el artículo 8 del D.F.L. Nº 44, de 1978.

Seguimiento del Estado de la Licencia

Si eres beneficiario del Fondo Nacional de Salud (Fonasa), puedes conocer el estado de tramitación de tu licencia médica (autorizada, rechazada, reducida, ampliada o pendiente) ante la COMPIN.

Prescripción del Derecho a Cobro

El derecho para cobrar el subsidio por incapacidad laboral prescribe en seis meses desde el término de la licencia médica.

Tipos de Pensiones y su Relevancia

El Sistema de Pensiones en Chile garantiza diversos derechos asociados a la cotización, fundamentales para entender el contexto de un pensionado:

  • Pensión de Vejez: Derecho a una pensión al cumplir la edad legal (65 años para hombres, 60 para mujeres), financiada con los recursos acumulados en la cuenta previsional del trabajador. Si el afiliado se encuentra dentro del 60% más pobre de la población, puede complementar su pensión con beneficios del Pilar Solidario.
  • Pensión de Invalidez: Financiada con los recursos previsionales ahorrados por el trabajador y el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
  • Pensión de Sobrevivencia: Derecho de los beneficiarios del trabajador fallecido.
  • Pensión Básica Solidaria (Vejez - Invalidez): Monto de dinero mensual financiado por el Estado para quienes no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional.
  • Pensión por Accidente del Trabajo o Enfermedad Profesional: Establece Prestaciones Económicas (subsidios, indemnizaciones y pensiones) para trabajadores con incapacidad temporal o permanente derivada de accidentes laborales o enfermedades profesionales, garantizando la mantención de su ingreso económico.

Entidades Clave en el Proceso

  • COMPIN (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez): Vela por el cumplimiento de las normas medicolegales en seguridad social, certificando estados de salud y gestionando procesos técnicos y administrativos.
  • FONASA (Fondo Nacional de Salud): Organismo público que administra los fondos estatales destinados a salud en Chile, dando cobertura a sus beneficiarios.
  • ISAPRE: Instituciones de Salud Previsional privadas que ofrecen planes de salud.
  • C.C.A.F. (Cajas de Compensación de Asignación Familiar): Entidades privadas sin fines de lucro que administran beneficios de seguridad social, incluyendo el pago de subsidios por licencias médicas para sus afiliados.
  • IPS (Instituto de Previsión Social): Organismo público que administra y paga beneficios de seguridad social, incluyendo la Pensión Básica Solidaria y otros beneficios para pensionados.

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