La Pensión de Invalidez es un beneficio previsional esencial diseñado para proteger a aquellos afiliados que, debido a una enfermedad o un debilitamiento de sus capacidades físicas o intelectuales, pierden de forma permanente su capacidad de trabajo. Este tipo de jubilación busca brindar un sustento económico a quienes ya no pueden desempeñarse laboralmente en la misma medida.

¿Quiénes Pueden Optar a una Pensión de Invalidez?
Para solicitar una pensión de invalidez, es fundamental cumplir con una serie de requisitos establecidos por la legislación vigente. Uno de los criterios más importantes es tener un grado de invalidez que determine una pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior al 50%.
Requisitos Clave
- Afiliación: El solicitante debe estar afiliado a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y no encontrarse pensionado en este sistema.
- Edad: Tener menos de 65 años de edad. En el caso de las mujeres, deben haber optado por seguir cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) si tienen menos de 60 años.
- Motivo de la Discapacidad: La incapacidad no debe ser a causa de un accidente o enfermedad laboral. Para estos casos, existen sistemas de cobertura específicos que se detallarán más adelante.
No es un requisito disponer de exámenes médicos para iniciar el trámite de pensión de invalidez; solo se necesita el carné de identidad, según indica la ley.
Grados de Invalidez y su Determinación
La calificación como inválido y la determinación del grado de invalidez son procesos cruciales que son definidos por una Comisión Médica, la cual depende directamente de la Superintendencia de Pensiones. Es importante destacar que este organismo es completamente independiente de la AFP a la que el afiliado pertenece.
Tipos de Invalidez
Una persona puede ser calificada con un grado de invalidez parcial o total, lo cual tendrá implicaciones en la duración y el carácter de la pensión.
- Invalidez Parcial: Se produce cuando se determina una pérdida de la capacidad de trabajo igual o mayor al 50% e inferior a dos tercios (es decir, menor al 66.6%). En este caso, el dictamen de invalidez tendrá un carácter transitorio por un período de 3 años.
- Invalidez Total: Se determina cuando la pérdida de la capacidad de trabajo es igual o superior a dos tercios (66.6%). En este escenario, el dictamen tendrá el carácter de definitivo, lo que implica que no se requiere una reevaluación posterior.
- Rechazo de la Solicitud: Si la pérdida de la capacidad para trabajar es inferior al 50%, la solicitud de pensión de invalidez será rechazada.
El Proceso de Evaluación y Calificación de la Invalidez
El proceso para obtener una pensión de invalidez involucra varias etapas rigurosas, lideradas por las Comisiones Médicas.
Solicitud y Antecedentes
Al iniciar el trámite de pensión de invalidez, la persona afiliada puede presentar exámenes o informes de su médico tratante en la AFP, si los tuviera, aunque no es una obligación. Para agilizar el proceso, los antecedentes médicos que necesiten ser evaluados pueden enviarse directamente al correo electrónico de la Comisión Médica correspondiente a su domicilio.
Rol de la Comisión Médica Regional (CMR)
La respectiva Comisión Médica Regional (CMR) tiene un papel central en la evaluación:
- La CMR solicitará a un médico, inscrito en el Registro Público de Asesores, que revise los antecedentes y determine si la solicitud de pensión de invalidez se considera fundada.
- Si la solicitud se considera fundada, la CMR designará a un médico asesor para la o el afiliado durante el proceso de evaluación y calificación de invalidez, el cual no tiene costo.
- La CMR citará a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le entregará las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, según los impedimentos declarados. En el caso de las personas solicitantes de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) a través del Instituto de Previsión Social (IPS), los exámenes serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan.
- Una vez recibidos los resultados de los exámenes e interconsultas, la CMR determinará si el impedimento o enfermedad invocado es objetivo, demostrable, si se han agotado las terapias médicas o quirúrgicas accesibles, y si se ha cumplido el período de observación post-tratamiento.

Dictamen y Reevaluación
Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emitirá un primer dictamen que otorga una pensión de invalidez, la cual puede ser total o parcial. Es crucial entender que la declaración de invalidez por parte de una Comisión Médica no implica automáticamente el otorgamiento de una pensión de invalidez.
Si el dictamen es de invalidez parcial, este tendrá un carácter transitorio y durará 3 años. Al finalizar este período, se efectuará una reevaluación de la invalidez que afecta al trabajador. La AFP citará a la persona afiliada a esta reevaluación, donde la comisión médica:
- Revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial.
- Resolverá si confirma o rechaza la invalidez en un nuevo y segundo dictamen.
- Si determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado volverá a ser considerado activo.
- Si se acepta la invalidez en forma total o parcial y esta pasa a ser definitiva, la AFP entregará al pensionado el Certificado de Saldo, para que elija la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez.
La legislación también permite que, si se trata de una invalidez parcial, la persona pensionada tiene derecho a solicitar una nueva reevaluación de su invalidez con el paso del tiempo, si sus impedimentos han progresado.
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Financiamiento de la Pensión de Invalidez: El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
El financiamiento de la pensión de invalidez depende de si el afiliado tiene derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Este seguro juega un papel fundamental en la cobertura de estas prestaciones.
Cómo Actúa el SIS
- El SIS financia las pensiones transitorias durante los 3 años para aquellos calificados con "invalidez parcial transitoria".
- Cuando se dictamina la "invalidez definitiva" (ya sea total o parcial), el SIS complementa los ahorros individuales con un aporte a la cuenta personal del afiliado.
Aporte del SIS
Cuando la invalidez es definitiva, el SIS realiza un aporte significativo a la cuenta individual del afiliado. Este aporte es equivalente al capital necesario para financiar las futuras pensiones, asegurando así un respaldo económico adecuado.
Si el afiliado tiene cobertura del SIS, la pensión es pagada por la AFP, con cargo a la Compañía de Seguros que esta haya contratado para tal fin.
Pensiones por Incapacidad Permanente en el Ámbito de Accidentes Laborales o Enfermedades Profesionales
Aparte del sistema general de AFP para invalidez de origen común, existen pensiones específicas para aquellos trabajadores cuya incapacidad deriva de un accidente laboral o una enfermedad profesional. Estas son gestionadas por entidades como la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS).
Tipos de Pensión por Incapacidad Permanente (ACHS)
- Pensión por Incapacidad Permanente Parcial: Se otorga cuando el trabajador presenta una incapacidad permanente igual o superior al 40% e inferior al 70%. Esta pensión es equivalente al 35% de su sueldo base.
- Pensión por Incapacidad Permanente Total: Se concede cuando un trabajador queda con una incapacidad permanente total, es decir, igual o superior a un 70% de incapacidad, como resultado de un accidente o diagnóstico de enfermedad profesional.
Documentación Necesaria (ACHS)
Para solicitar una Pensión por Incapacidad Permanente, los documentos requeridos usualmente incluyen:
- Informe de Alta Laboral (para trabajadores del sector público).
- Liquidación de sueldo de los 6 meses inmediatamente anteriores al accidente o al diagnóstico de la incapacidad permanente en caso de enfermedad profesional.
- Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o AFP.
- Declaración Jurada Simple Previsional.
- Declaración Jurada Beneficios Anteriores suscrita por Trabajador Social o Ejecutivo ACHS (específico para regiones).
- Certificado de afiliación ISAPRE o FONASA.
Estos documentos pueden ser entregados de forma presencial en cualquiera de los centros ACHS o en el Hospital del Trabajador.
Recursos y Apelaciones
En caso de disconformidad con el dictamen de la Comisión Médica Regional, las personas tienen derecho a presentar un reclamo. Este reclamo se interpone ante la Comisión Médica Central (CMC), y el plazo para hacerlo es de hasta 15 días hábiles desde la notificación del dictamen. La CMC, a su vez, debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.
Compatibilidad con la Actividad Laboral
Una pregunta frecuente es si una persona declarada con invalidez puede seguir trabajando. La respuesta es sí, una persona que ha sido declarada con invalidez puede continuar realizando actividades laborales. La pensión de invalidez, en general, se entrega hasta que el trabajador cumple con la edad legal de jubilación.