La elección de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) es una de las decisiones más significativas que una persona puede tomar para su futuro financiero, especialmente para quienes están comenzando su vida laboral. Esta elección tendrá un impacto directo en la cuantía de tu pensión futura, determinando no solo dónde se administrarán e invertirán tus fondos, sino también la facilidad y seguridad con la que podrás gestionar tus ahorros.

Factores Clave a Considerar al Elegir una AFP
La elección de AFP debe ser una decisión individual que cada trabajador debe tomar considerando su realidad y necesidades personales. En general, los trabajadores deberían tomar en consideración la rentabilidad histórica de la Administradora, el servicio y la comisión.
1. Rentabilidad
La rentabilidad es uno de los factores determinantes para el crecimiento de los ahorros previsionales que financian tu pensión. Las AFP tienen equipos altamente capacitados en buscar las mejores inversiones que cumplan con el mandato que les entrega la ley, en términos de cuidar y hacer crecer tus ahorros. Es fundamental revisar el reporte de la Superintendencia de Pensiones para informarse de las rentabilidades históricas de las AFP y comparar cuál ha sido su desempeño. La rentabilidad obtenida por los ahorros es un factor crucial para determinar el monto de la futura pensión.
2. Comisión
Las AFP cobran una comisión por administrar e invertir tus ahorros previsionales. Esta comisión es un pago que los afiliados realizan por la administración de sus fondos, expresado como un porcentaje de su sueldo imponible, que se realiza solo en los meses en los que el trabajador cotiza. Si se está cesante o no se está cotizando, no se paga ninguna comisión por la administración e inversión de los fondos. Sin duda, la comisión es un factor a considerar en la elección de una AFP, pero sin dejar de lado el análisis de los demás factores. Para proteger a las personas, cada dos años la Superintendencia de Pensiones realiza una licitación pública de la cartera de nuevas y nuevos afiliados que ingresan al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP). Si la licitación es declarada desierta, las nuevas y los nuevos afiliados serán asignados por la Superintendencia de Pensiones a la AFP que cobre la menor comisión a la fecha de ingreso al sistema. Las AFP deben informar del valor de sus comisiones en todas sus oficinas o agencias en las que se atienda público a través de un panel, tablero o pizarra que debe mantener actualizado. Es importante saber que las personas son libres de elegir la AFP en la que depositarán sus ahorros previsionales, pero en el caso de las y los trabajadores que se afilian al sistema por primera vez deben ingresar a la administradora que cobra la menor comisión y permanecer en ella por un período de 24 meses.
3. Calidad de Servicio
Las preferencias de servicio varían según las necesidades individuales, como la preferencia de los canales de atención remotos o presenciales, por ejemplo. Hay afiliados que prefieren los canales digitales o el contact center, otros, los presenciales, por eso es importante considerar el servicio que cada una de las Administradoras entrega para tomar la decisión de manera informada. La calidad de servicio se refiere a consulta sobre beneficios, afiliación, certificados, giros, consulta de cotizaciones, estado de la o las cuentas, entre otros. La seguridad también es un aspecto fundamental; cambiarte a una AFP debe ser una decisión basada en la seguridad, evaluando su trayectoria, reputación y experiencia para proteger tus ahorros.
- El tiempo promedio en días hábiles que demoran las AFP en formalizar a través de un documento llamado dictamen, la respuesta a los reclamos realizados en un año móvil. Se mide desde la fecha del comprobante de recepción hasta la fecha de emisión del dictamen, no incluye el tiempo que toma la AFP en dar aviso al afiliado.
- El tiempo promedio entre la solicitud de pensión y la emisión del certificado de saldo.
- El tiempo promedio entre la solicitud de pensión y la emisión del certificado de saldo o primer pago de pensión.
- El tiempo promedio entre la solicitud de pensión y la emisión del certificado de saldo o ficha de cálculo.
Los Multifondos: ¿Cómo Funcionan y Cómo Elegirlos?
Puedes decidir invertir en uno o dos multifondos, y para elegirlos debes considerar tu horizonte o plazo de inversión, tu tolerancia al riesgo y otros ingresos. La elección del multifondo es una de las decisiones que más impacto puede tener en tu pensión futura.

Consideraciones Clave para Elegir un Multifondo
- Tu horizonte o plazo de inversión: ¿En cuánto tiempo más vas a necesitar tus ahorros? Mientras más joven seas, más plazo tendrás para reponerte de cualquier fluctuación financiera, por lo que podrías tomar más riesgos.
- Tu tolerancia al riesgo: Dependerá de cuánto riesgo prefieres tomar para obtener mayor rentabilidad. Si prefieres no tomar riesgos, debes elegir un fondo más conservador.
- Otros ingresos: Si tendrás otros ahorros para el momento de jubilar, puedes tomar más riesgo.
Características de los Multifondos
A continuación, se detallan las características de cada uno de los fondos:
| Multifondo | Tolerancia al riesgo | Máximo de inversión de renta variable | Rentabilidad Real Anual (Abril 2023 - Marzo 2026) |
|---|---|---|---|
| Fondo A (Más Riesgoso) | Alta | 80% | 12,19% |
| Fondo B (Riesgoso) | Alta | 60% | 10,12% |
| Fondo C (Intermedio) | Media | 40% | 6,91% |
| Fondo D (Conservador) | Baja | 20% | 3,97% |
| Fondo E (Más Conservador) | Muy baja | 5% | 2,67% |
Asignación Automática de Fondos por Edad
Si no eliges un fondo, tus ahorros se asignarán automáticamente de acuerdo a tu edad y cambiarán año a año, en caso de que no manifiestes tu elección por uno de ellos. Esto busca equilibrar el riesgo y la rentabilidad a lo largo de tu vida laboral. Para quienes están comenzando su vida laboral, aún queda mucho tiempo antes de pensionarse, lo que permite asumir mayores niveles de riesgo buscando rentabilidades más altas en el largo plazo. En etapas intermedias, suele haber mayor estabilidad laboral y financiera, por lo que es natural comenzar a equilibrar el riesgo y la rentabilidad. Al acercarse la edad de pensionarse, el foco cambia hacia proteger los ahorros acumulados.
Revisa en esta tabla cómo se van asignando los fondos si no realizas una elección:
| Etapa | Año 0 | Año 1 | Año 2 | Año 3 | Año 4 |
|---|---|---|---|---|---|
| Hombres y mujeres al cumplir 36 años | 80% Fondo B, 20% Fondo C | 60% Fondo B, 40% Fondo C | 40% Fondo B, 60% Fondo C | 20% Fondo B, 80% Fondo C | 100% Fondo C |
| Hombres al cumplir 56 años y mujeres al cumplir 51 años | 80% Fondo C, 20% Fondo D | 60% Fondo C, 40% Fondo D | 40% Fondo C, 60% Fondo D | 20% Fondo C, 80% Fondo D | 100% Fondo D |
Restricciones en la Elección de Fondos
Para proteger el ahorro para tu jubilación y evitar riesgos excesivos, existen restricciones respecto a los fondos que puedes elegir para los ahorros en las cuentas de Ahorro Obligatorio, de Afiliado Voluntario o cuenta de Ahorro de Indemnización. De acuerdo con la edad que tienen, la ley establece ciertas restricciones para afiliadas y afiliados del sistema a la hora de elegir el tipo de fondo de pensiones en que quieren depositar sus ahorros previsionales.
- Las mujeres desde los 51 años y los hombres desde los 56 años no pueden invertir en el Fondo A (más riesgoso). En su lugar, pueden optar por destinar ese ahorro entre los fondos B (riesgoso), C (intermedio), D (conservador) y E (más conservador).
- Para las personas que ya iniciaron su trámite de pensión, la regulación restringe el acceso a los fondos más riesgosos: las mujeres desde los 51 años no pueden estar en el Fondo A. En esta etapa, suele privilegiarse la estabilidad, generalmente en los fondos D o E, lo que ayuda a reducir la exposición a fluctuaciones del mercado justo antes de pensionarse.
- En el caso de los pensionados por Retiro Programado y Renta Temporal, junto a los afiliados declarados inválidos parciales, tampoco pueden optar por los Fondos A o B.
- Para quienes ya están pensionados, la inversión del saldo remanente continúa siendo relevante, sobre todo en el caso del retiro programado. Por esto, la normativa limita su inversión a fondos más conservadores (C, D o E), priorizando la estabilidad y reduciendo el riesgo de que la pensión disminuya bruscamente ante caídas de mercado.
Cotizaciones y Aportes al Sistema de Pensiones
El sistema de pensiones se financia a través de diversas cotizaciones y aportes, tanto de trabajadores como de empleadores.
Tipos de Cotizaciones
- Cotización obligatoria: Corresponde al 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales con un tope de 90 Unidades de Fomento (UF).
- Cotización adicional o comisión: Es una comisión por depósito de cotizaciones, la que es destinada al financiamiento de la AFP, incluido el pago de la prima del seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS). Las administradoras de fondos de pensiones (AFP) cobran a las y los afiliados una comisión por la gestión de administración que realizan de la cuenta de capitalización individual obligatoria que tiene esa persona en la AFP.
- Cotización de cargo del empleador: Creada por la Ley N° 21.735 de Reforma Previsional, comienza con una tasa inicial de 1% que aumentará cada año, por un periodo de nueve años, hasta llegar a 7% de la remuneración de la o el trabajador. Esta nueva cotización se sumará al actual aporte que hace el empleador para financiar el seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS).
El Servicio de Impuestos Internos (SII) es la entidad encargada de determinar anualmente el monto que debe pagar la afiliada o el afiliado independiente por concepto de cotizaciones en el sistema de pensiones. Sin embargo, también tiene la opción de eximirse de cotizar para pensión, manifestándolo por escrito tanto a su empleadora o empleador, como a la AFP en la que se encuentra afiliada.
Pago de Cotizaciones
- Para las trabajadoras y los trabajadores dependientes, las cotizaciones previsionales deben pagarse por parte de la o el empleador dentro de los 10 primeros días del mes siguiente del que se devengaron las remuneraciones.
- Si la o el empleador está atrasado en el pago de las cotizaciones de sus trabajadoras o trabajadores, tiene la obligación de declarar las cotizaciones no pagadas dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente.
- En caso de que la relación laboral haya terminado y, por tanto, no corresponda el pago de las cotizaciones, la o el empleador tiene hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar esa situación.
Es fundamental recordar a los trabajadores informar cambios de AFP a sus empleadores para evitar errores en las cotizaciones.
Deudas Previsionales
Los y las empleadores que tengan deudas previsionales no podrán percibir pagos provenientes de instituciones públicas o con cargo a recursos fiscales de fomento productivo. Si el empleador no paga las cotizaciones de sus trabajadores se genera deuda previsional y debe ser declarada. La recuperación de cotizaciones se calcula como la división del monto de las cotizaciones recuperadas de las Declaradas y No pagadas (DNP), en el segundo y tercer mes posteriores al mes en que se genera la deuda, por el monto de las DNP pendientes de pagar por el empleador al final del primer mes. Se expresa en porcentaje.
Servicios Adicionales y Trámites en tu AFP
Cuentas de Ahorro Voluntario
Las AFP ofrecen herramientas para incrementar tus ahorros previsionales de forma voluntaria:
- Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario (APV): Permite ahorrar más y mejorar el monto de tu futura pensión. Puedes abrir una cuenta APV por internet en la AFP que quieras, independientemente de si estás afiliado o no a esa AFP. También puedes tener APV en una compañía de seguros de vida (CSV), banco, una administradora de fondos mutuos, una administradora de fondos de inversión, una administradora de fondos para la vivienda, una administradora general de fondos e intermediarios de valores, cuyos planes hayan sido aprobados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Para abrir una cuenta APV y gestionar sus servicios (como el cambio de régimen tributario), requieres tener tu Clave de Acceso y tu Clave de Seguridad. Este servicio te permite cambiar el régimen tributario en el que tienes tu cuenta voluntaria, según sea conveniente para tu nivel de ingreso, régimen letra a) o régimen letra b).
- Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2: Es una cuenta de ahorro que se puede abrir en la AFP en que una persona se encuentra afiliada y cuyos recursos pueden ser retirados en cualquier momento (hasta 24 giros en un año).
A través de servicios en línea, puedes realizar giros desde las cuentas de ahorro voluntario (Cuenta 2) y de capitalización de cotizaciones voluntarias (cuenta APV) y requerir el depósito en tu cuenta corriente, o en tu cuenta vista o en tu cuenta RUT. Para requerir este servicio a través del sitio web requieres tener tu Clave de Acceso y tu Clave de Seguridad.
Traspaso de AFP y Cambio de Fondo
- Cambio de AFP: A través de un servicio en línea, te puedes cambiar de una AFP a otra. Debes completar una Orden de Traspaso en la nueva AFP que elijas, lo puedes realizar de manera presencial o a través de los canales digitales. El traspaso de tus fondos puede tardar hasta 30 días, según lo establecido por la normativa.
- Cambio de Multifondo: A través de este servicio puedes cambiar tus ahorros previsionales hacia el Fondo de Pensiones que elijas de acuerdo con tus preferencias por riesgo y horizonte de tiempo. Para hacer un cambio de fondo a través del sitio web requieres tener tu Clave de Acceso y tu Clave de Seguridad.
Consultas y Reclamos
A través de un servicio en línea, podrás ingresar una consulta o reclamo a tu AFP mediante un formulario de contacto. También puedes obtener un documento donde se registran los movimientos que se han realizado en tu cuenta de capitalización obligatoria y en las voluntarias.
Modalidades de Pensión
Cuando llega el momento de pensionarse, existen diversas modalidades. La ley permite pensionarse por vejez en forma anticipada a edades inferiores a las edades legales a aquellos afiliados/as que logren financiar una pensión igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y rentas declaradas en los últimos 10 años (artículo 63 del D.L. Nº 3.500, de 1980).
Cuáles son las modalidades de pensión que existen
Las AFP pagan la pensión mensual calculada en base a tu saldo. Ninguna modalidad es la mejor en términos absolutos, ya que la decisión es individual y depende de la situación de cada persona.
- Retiro Programado: Con esta modalidad, tu AFP administra tus ahorros y te paga una pensión mensual calculada en base a tu saldo remanente. Los ahorros se destinan principalmente a financiar una pensión de por vida, por lo que no se contemplan como herencia. Funciona en dos etapas: durante un período acordado, la AFP paga la pensión con parte de tu ahorro previsional. La Pensión Anticipada por Fallecimiento y Enfermedad (PAFE) se calcula como una renta vitalicia inmediata sin condiciones especiales de cobertura. Para su cálculo se considera la edad de la persona afiliada, el grupo familiar y el total del saldo acumulado en la cuenta de capitalización individual obligatoria que la persona tenga a la fecha de pensionarse por vejez o invalidez, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 3.500, de 1980.
- Renta Temporal: Similar a la renta vitalicia tradicional, pero con un componente adicional: parte de la pensión puede fluctuar según los parámetros que defines al momento de contratar.
Proceso de Afiliación para Extranjeros
Aquellos trabajadores extranjeros que carezcan de cédula de identidad o RUT provisorio pueden realizar su afiliación presentando su contrato de trabajo y una copia de su pasaporte o identificación de su país de origen.