Cómo Tramitar tu Pensión con la Renta Vitalicia de BICE VIDA: Requisitos y Proceso

La jubilación es una etapa importante en la vida, y elegir la modalidad de pensión adecuada es crucial para asegurar estabilidad financiera. Las Rentas Vitalicias de BICE VIDA ofrecen una opción que garantiza un ingreso constante y protegido contra la inflación.

Esquema de las ventajas de una renta vitalicia

¿Qué es la Renta Vitalicia Previsional de BICE VIDA?

Nuestra Renta Vitalicia Previsional te asegura una pensión para toda la vida, garantizando, al momento de jubilar, un monto mensual fijo en UF, lo que evita su desvalorización en el tiempo. Las Rentas Vitalicias de BICE VIDA garantizan un ingreso constante durante la jubilación, el que además no se desvaloriza porque está expresado en UF.

Marco del Sistema de Pensiones

El Sistema de Pensiones, establecido por el D.L. 3.500 de 1980, está basado en el régimen de capitalización individual. Los fondos son de propiedad del afiliado, y al cumplir los requisitos para obtener una pensión, el afiliado o sus beneficiarios legales podrán disponer del saldo de la cuenta individual para constituir una pensión.

Requisitos para Acceder a la Pensión con BICE VIDA

Para contratar una Renta Vitalicia Previsional con BICE VIDA, es necesario cumplir con ciertos criterios establecidos por la ley.

Afiliación y Edad Legal

Para contratarla, debes estar afiliado a una AFP. Además, es un requisito fundamental tener la edad legal para pensionarte, que para los hombres es de 65 años y para las mujeres de 60 años.

Disposición de Fondos

Una vez cumplidos los requisitos de afiliación y edad, podrás disponer de los fondos ahorrados en tu cuenta individual para trasladarlos a BICE VIDA y así constituir tu pensión bajo esta modalidad.

Modalidades de Renta Vitalicia Ofrecidas por BICE VIDA

BICE VIDA pone a tu disposición diferentes opciones de Renta Vitalicia para que puedas elegir la que mejor se adapte a tus planes de jubilación.

Cuáles son las modalidades de pensión que existen

Renta Vitalicia Inmediata

Si contratas esta modalidad, comenzarás a recibir el pago en forma inmediata. Esto significa que el primer pago se realizará a tu cuenta una vez que los fondos ahorrados en tu AFP se traspasen a BICE VIDA.

Renta Vitalicia Diferida

En este caso, la Renta Vitalicia se comienza a recibir en una fecha futura acordada entre tú y BICE VIDA, que puede ser hasta cinco años después de ser contratada.

Renta Vitalicia con Retiro Programado (Modalidad Combinada)

Con esta modalidad, puedes contratar simultáneamente una pensión por Renta Vitalicia Inmediata en BICE VIDA y otra por Retiro Programado en tu AFP.

Procedimiento para la Tramitación y Representación

El proceso de tramitación de la pensión generalmente es directo, pero en situaciones donde el titular de los derechos previsionales no puede actuar por sí mismo, se requiere el uso de un apoderado. Todo acto de poder o apoderamiento que se presente, independientemente de su forma, debe ser especial y específico.

Diagrama de flujo para el proceso de apoderamiento previsional

Apoderamiento a Través de Escritura Pública

La regla general es que el poder debe ser otorgado ante notario público (por escritura pública o privada) u oficial del Registro Civil en las comunas donde no exista notaría. Una escritura pública es un documento otorgado y registrado por un notario, mediante el cual un mandante encomendará una representación de carácter amplio a un apoderado o una apoderada.

Autorización en Línea y Casos Excepcionales con el IPS

La persona beneficiaria o pensionada puede contactar (por medio de la web) a ChileAtiende para solicitar la autorización para cambiar o establecer a un nuevo apoderado o apoderada, la cual será canalizada por un o una asistente social.

Excepcionalmente, por falta de conectividad, movilidad u otra imposibilidad justificada, las personas pueden solicitar autorización de poder directamente en el IPS (Instituto de Previsión Social). Debe haber una constatación de los antecedentes y de la voluntad y entendimiento de la persona beneficiaria, con lo cual se procederá a la autorización del poder o su validez, si es el caso, por parte de un asistente social del IPS.

Representación por Incapacidad para Manifestar Voluntad

En los casos en que los titulares de derechos previsionales no puedan manifestar su voluntad y/o entendimiento por cualquier causa, deben hacerse representar por un curador judicial. Esto se aplica sin perjuicio de las autorizaciones especiales y transitorias que, en este tipo de situaciones -como las demás justificadas por postración u otras similares-, sean debidamente informadas por un asistente social a través de una entrevista personal (presencial o remota) y/o visita domiciliaria, si fuera necesario, previa calificación del IPS.

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