Guía Completa para el Cobro de la Jubilación en Chile

La Pensión de Vejez es el beneficio que reciben las personas afiliadas a las AFP al cumplir los requisitos de edad y cotizaciones, representando una etapa importante en la vida laboral de los chilenos.

Factores que Determinan el Monto de la Pensión

En Chile, el monto final de la pensión se calcula de acuerdo a diversas variables, las cuales son fundamentales para determinar el valor que el pensionado recibirá mensualmente. Estas son, principalmente:

  • Ahorro total de la persona afiliada.
  • Años cotizados.
  • Sueldo promedio.
  • Tasa de reemplazo, que es un porcentaje determinado por el Gobierno que representa la proporción de los ingresos anteriores al retiro de la persona. La tasa actual es del 60%.
  • Tasas de mortalidad, la cual es la expectativa de vida de las personas, elaborada por la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero. Estas se actualizan cada 6 años.
  • Modalidad de pensión, que puede ser Retiro Programado o Renta Vitalicia.

Es importante destacar que todos los montos de pensión, ya sea de Retiro Programado o Renta Vitalicia, se calculan en UF (Unidad de Fomento).

Infografía: Factores clave para el cálculo de la pensión en Chile

Modalidades de Pensión y su Cálculo

El cálculo de la pensión varía significativamente según la modalidad elegida por el afiliado.

Retiro Programado

Para la modalidad de Retiro Programado, el cálculo se realiza anualmente considerando los siguientes elementos:

  • Los ahorros acumulados en la cuenta individual del afiliado.
  • El CNU (Capital Necesario Unitario), que se compone de varios factores como la composición del grupo familiar y sus edades, sexo y estado civil.
  • Las tablas de mortalidad vigentes.
  • La tasa de interés definida por la Superintendencia de Pensiones.

Bajo esta modalidad, se realiza un recálculo todos los años en el mismo mes en que la persona se pensionó, manteniendo ese monto por los siguientes 12 meses. Por ejemplo, si una persona se pensiona en mayo, entonces en mayo del año siguiente se efectuará el recálculo. Dos meses antes de dicho recálculo, las AFP comunican a los pensionados la aproximación de esta revisión, mediante carta y correo electrónico. Por esto, es importante mantener los datos de contacto actualizados.

Renta Vitalicia

La modalidad de Renta Vitalicia se calcula de la siguiente manera:

  • Ahorros acumulados.
  • Tipo de Renta Vitalicia: puede ser Renta Vitalicia Inmediata, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado, o Renta Vitalicia Variable.
  • Tablas de mortalidad: se calcula la esperanza de vida del afiliado y la de sus familiares con derecho a pensión.
  • Tasa de interés según la Superintendencia de Pensiones.

Para recibir ofertas de montos y modalidades de otras AFP y aseguradoras, los datos del afiliado deben estar en el listado público del SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión). Tras la evaluación, el afiliado podrá aceptar alguna de las ofertas para pensionarse o rechazarlas.

Diferencias entre el Retiro Programado y la Renta Vitalicia

Proceso de Solicitud de Pensión

El proceso para solicitar la pensión de vejez requiere la presentación de documentación específica y la elección de la modalidad de pago.

Para pensionarse, la afiliada o el afiliado debe presentar en la administradora de fondos de pensiones (AFP) su cédula nacional de identidad y realizar la solicitud de pensión, junto a la declaración de beneficiarios. La AFP deberá calcular el saldo efectivo de la cuenta de capitalización individual que tiene la afiliada o el afiliado y emitir el certificado de saldo dentro de los 10 días hábiles siguientes.

Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados. Si se decide pensionarse, se puede preingresar la solicitud en un formulario o por videollamada con la ayuda de un ejecutivo. Para ello, se solicitará el RUT, fecha de nacimiento, número de contacto y datos bancarios. Si se ingresa la solicitud en nombre del afiliado, es importante indicarlo en el formulario; en algunos casos, se necesitará más información y un ejecutivo contactará al solicitante.

El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y las oficinas ChileAtiende. En un plazo de 1 a 5 días hábiles, el solicitante recibirá noticias sobre su solicitud. Si la respuesta al requerimiento es positiva, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para dar inicio a la selección de la modalidad de pago. Posteriormente, la AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).

Recepción y Cobro de la Pensión

La forma en que los pensionados cobran su pensión es una elección personal, aunque existen recomendaciones para mayor seguridad y comodidad.

Usted elige cómo cobrar su pensión, y se sugiere recibirla en una cuenta bancaria a su nombre para mayor comodidad y seguridad. Una vez pensionado, recibirá mensualmente su Liquidación de Pensión, donde podrá ver el saldo que va quedando en su cuenta después de cada pago de pensión.

De acuerdo con la ley, solo podrá retirar el dinero ahorrado a través de pagos mensuales de pensión una vez jubilado. No es posible retirar la totalidad de los fondos en un solo pago, excepto en algunos casos específicos donde se podría acceder al Excedente de Libre Disposición.

Disposición de Ahorros Post-Fallecimiento

Es importante saber qué sucede con los ahorros previsionales en caso de fallecimiento del pensionado.

Si el afiliado se pensionó en una AFP, sus ahorros se pagarán a sus beneficiarios como Pensión de Sobrevivencia. Si no existen beneficiarios designados, los fondos se entregarán en un solo pago a los herederos legales. En último caso, si no hay herederos, los fondos se pagarán al Estado, según lo indica la ley. La AFP nunca se quedará con los fondos del afiliado.

Acceso a la Pensión Garantizada Universal (PGU)

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un apoyo estatal que complementa las pensiones o proporciona un ingreso a quienes cumplen ciertos requisitos.

Para acceder a la PGU, se debe tener 65 años o más, sin necesidad de estar pensionado, y pertenecer al 90% con menores ingresos del país. En caso de estar ya pensionado, la pensión debe ser menor a $789.139. Aquellos que tienen ingresos entre $789.139 y $1.252.602 también tienen la posibilidad de acceder a una PGU de monto variable.

Personas pensionadas por Leyes de Reparación (Exonerados, Rettig y Valech) y beneficiarios de pensiones de gracia también podrán acceder a la PGU si cumplen los requisitos. Si la persona ya recibe el complemento de PGU porque su pensión de reparación era menor al monto máximo de la PGU, su monto se ajustará de forma automática al nuevo valor máximo de la PGU ($250.000) a partir de la fecha establecida en el calendario.

Esquema de requisitos para acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU)

Consideraciones Adicionales

Existen ciertas flexibilidades y opciones adicionales en el sistema de pensiones chileno.

Es importante que las personas sepan que no es obligatorio pensionarse al cumplir la edad legal. Las personas interesadas pueden pensionarse en forma anticipada (antes de cumplir el requisito de edad), siempre y cuando logren financiar una pensión igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y las rentas declaradas.

Además, los ahorros previsionales pueden complementarse o realizarse en una Cuenta de Ahorro Voluntario (también llamada Cuenta 2), un ahorro previsional voluntario (APV) o mediante Depósitos Convenidos, permitiendo al afiliado aumentar su futura pensión.

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