La credencial universitaria es un documento de uso personal e intransferible, otorgado de manera gratuita a todos los estudiantes durante su primer año. Esta credencial permite el acceso a diversos servicios dentro de los campus y a beneficios de una red de convenios. Podrás utilizarla para acceder a nuestros campus, bibliotecas, bicicleteros, recintos deportivos y solicitar artículos de préstamo para clases y tiempos libres. Con tu credencial universitaria, podrás pedir prestados diferentes juegos de mesa y deportivos en la oficina de ExperienciaUA.

Bloqueo de la Cédula de Identidad
La cédula de identidad es un documento que siempre debe mantenerse vigente, ya que será requerida en cualquier trámite vehicular o de otra índole que debas realizar. Por ello, si la pierdes o te la roban, es fundamental tomar acciones inmediatas para resolver la situación.
Marco Legal y Procedimiento
El artículo 1 de la Ley 19.948 establece que "en caso de extravío, hurto o robo de una cédula de identidad, de un pasaporte, de un documento o título de viaje o de una licencia de conducir, el afectado deberá solicitar su bloqueo ante el Servicio de Registro Civil e Identificación".
Si te robaron la cédula de identidad o se te perdió, tienes que bloquearla en el Registro Civil. Para ello, existen dos modalidades, dependiendo de tu caso:
- Bloqueo temporal de la cédula de identidad: Este bloqueo dura dos días hábiles y puede renovarse o anularse en caso de recuperar el documento.
- Bloqueo definitivo de la cédula de identidad: Este bloqueo solo se puede realizar de forma presencial y el solicitante debe ser el titular de la cédula.
Casos para Bloquear la Cédula de Identidad
Si llegas a perder tu carné de identidad o te lo roban, deberás bloquearlo y solicitar uno nuevo. La cédula de identidad es el documento oficial que certifica la identidad de una persona chilena. Por ello, si una persona sufre el robo o la pérdida de su cédula, su bloqueo permite dar aviso de esta situación. Cabe recalcar que solo la persona titular del documento puede realizar el bloqueo definitivo de la cédula de identidad.
El bloqueo presencial del carné de identidad se puede realizar en una oficina del Registro Civil. Adicionalmente, también se puede realizar el bloqueo de la cédula de identidad a través del teléfono, aunque esta opción solo está disponible para el bloqueo temporal.
Suspensión de Beneficios Estudiantiles
Si, por algún motivo de fuerza mayor, necesitas dejar momentáneamente tus estudios, tienes la posibilidad de suspender también tu beneficio estudiantil. Para ello, debes solicitar la suspensión del beneficio de forma semestral o anual. Una vez que reanudes tu carrera, podrás retomar el beneficio, siempre que cumplas con los requisitos establecidos.
Lo que debes saber sobre Movimientos Académicos y Suspensión de Beneficios Estudiantiles - Parte 2.
Tipos de Beneficios Suspendibles
La suspensión de beneficios puede solicitarse para Gratuidad, las becas de arancel y para el Fondo Solidario de Crédito Universitario, mientras mantengas la calidad de beneficiario.
El plazo máximo de suspensión de Gratuidad o una beca de arancel es de un año académico, es decir, de dos semestres, los que pueden ser continuos o discontinuos. Sin embargo, por razones de fuerza mayor o circunstancias debidamente calificadas por la respectiva Institución de Educación Superior, podrás solicitar la suspensión del beneficio por un periodo superior a un año académico.
En el caso del Fondo Solidario de Crédito Universitario, la duración del beneficio puede extenderse por un periodo de hasta un 50% adicional a la duración formal de la carrera. Sin embargo, este plazo no se posterga o amplía en caso de que decidas suspender tus estudios.
Procedimiento y Plazos
La solicitud de suspensión del beneficio se realiza en tu institución de Educación Superior, dentro de los plazos establecidos por esta para el semestre o año correspondiente. Debes considerar que, si realizas suspensión solo por el primer semestre, esta suspensión debe ser solicitada antes de finalizar el primer semestre, de acuerdo con las fechas establecidas por el Mineduc y la Institución de Educación Superior. Las suspensiones de primer semestre presentadas en segundo semestre son rechazadas por el Mineduc.
Una vez que la institución aprueba tu solicitud de suspensión académica, esta debe informar al Mineduc en los plazos establecidos. El Mineduc verificará tus antecedentes y aprobará o rechazará la suspensión de tu beneficio. Es muy importante que realices el proceso durante los plazos definidos por tu casa de estudios, ya que no informar oportunamente una suspensión puede significar la pérdida de tu beneficio.
Causales y Documentación Requerida
Existen 13 causales de suspensión de beneficios. Para respaldar cada una de ellas, necesitarás presentar en tu institución el formulario de suspensión disponible en la página correspondiente, junto con los documentos de respaldo indicados a continuación. Adicionalmente, tu institución podrá solicitar documentación complementaria.
Es importante considerar que, en el caso de Becas y Gratuidad, cuando la suspensión total del estudiante (considerando todas las suspensiones presentadas desde el año de asignación del beneficio hasta la fecha, incluida la última solicitud) supere un año académico, será obligatoria la presentación de los antecedentes de respaldo solicitados para que el Mineduc pueda aprobar la suspensión del beneficio.
- Para los beneficiarios de Gratuidad que presentan suspensión, los antecedentes de respaldo son obligatorios cuando la suspensión total supera un año académico.
- Para los beneficiarios de Becas que presentan suspensión, el Formulario de Suspensión y los antecedentes de respaldo son obligatorios cuando la suspensión total supera un año académico.
- Si cuentas con el Crédito con Garantía Estatal (CAE), deberás consultar sobre el procedimiento a seguir en Comisión Ingresa.
Se eximen de la obligación de presentar el formulario de suspensión los estudiantes beneficiados de Gratuidad y Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU), a menos que la institución de Educación Superior así lo requiera. Los beneficios están sujetos a las condiciones que defina la ley de presupuestos para el año de renovación y la normativa específica del FSCU y CAE.
Tabla de Causales de Suspensión y Documentos de Respaldo

| Causal | Documento de Respaldo |
|---|---|
| 1. Estudiante cuidador en situación de embarazo | Certificado médico emitido con timbre y firma. |
| 2. Cambio en la situación socioeconómica del grupo familiar | Informe Social emitido por la asistente social de la Municipalidad de residencia del estudiante. Finiquito o Carta de desvinculación, o comprobante de pago de Seguro o Subsidio de Cesantía. |
| 3. Jornada laboral del estudiante impide continuidad de estudios | Contrato de trabajo que señale la jornada laboral que impide la continuidad de estudios. |
| 4. Cambio de ciudad de residencia del estudiante | Certificado de residencia. |
| 5. Falta de carga académica del estudiante que impide continuidad de estudio | Certificado emitido por la institución de Educación Superior que señale la falta de carga académica o motivo académico que impida la continuidad durante el periodo de tiempo que suspende el alumno. |
| 6. Pasantía en el extranjero | Certificado de aceptación del programa en el extranjero y/o certificado emitido por la institución de Educación Superior de matrícula que señale el programa y su respectiva duración. |
| 7. Problemas de salud del estudiante | Certificado médico con timbre y firma. Debe indicar el periodo durante el cual el alumno no puede continuar con sus estudios. |
| 8. Problema de salud de un/a integrante del grupo familiar directo | Certificado médico con timbre y firma. Acreditar el parentesco y pertenencia al grupo familiar: Cartola Hogar, documento descargable desde www.registrosocial.gob.cl (solo si se encuentra disponible), o comprobante de FUAS, certificado de nacimiento en que se señale parentesco o cualquier documento formal que acredite el vínculo familiar. |
| 9. Estudiante cuidador padre o madre o al cuidado personal de una niña o niño | Certificado de nacimiento de hija/o, que indique nombre de la madre, el padre y fecha de nacimiento. |
| 10. Condena Judicial | Documento judicial que indique la duración de la condena u otro que respalde el motivo. |
| 11. Otro (para situaciones no contempladas en el listado) | Documento que respalde el motivo de suspensión. |
| 12. Interrupción o abandono | No requiere respaldo. |
| 13. Estudiante cuidador principal de una persona con discapacidad o dependencia | Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad o credencial o documento que acredite la inscripción del estudiante como persona cuidadora principal en el Registro Social de Hogares u otro documento que la Institución de Educación Superior haya aprobado para acreditar la situación de cuidadora o cuidador. |
Pasos para la Suspensión de Estudios
- Realiza el procedimiento de suspensión de estudios en tu institución, según los requerimientos y durante los plazos establecidos por esta.
- Descarga desde el sitio web, cuando esté disponible, el formulario de suspensión de beneficios para el año correspondiente, imprímelo y complétalo.
- Revisa en el sitio los documentos que debes presentar según tu causal de suspensión y reúnelos. Se recomienda conseguirlos con anticipación, ya que la entrega de algunos de ellos demora varios días.
- Presenta los documentos indicados en los pasos 2 y 3 en la oficina de Asuntos Estudiantiles (o su equivalente) de tu institución, durante los plazos establecidos por la casa de estudios.
- Consulta tu resultado directamente en la institución, en las fechas señaladas por esta.
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