El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha emitido diversas resoluciones y normativas que establecen procedimientos, obligaciones y autorizaciones para los contribuyentes. Estas disposiciones abarcan una amplia gama de temas, desde la emisión de documentos tributarios hasta la presentación de información y la reorganización interna del servicio.
Documentos Tributarios Electrónicos y su Representación
Se ha eliminado la obligación de incorporar la impresión del timbre electrónico en la representación impresa de la boleta electrónica de ventas y servicios. En su lugar, se instruye sobre la forma en que las entidades correspondientes deben verificar lo dispuesto en los incisos decimosegundo y final del artículo 68 del Código Tributario, y se instruye sobre la obligación de entregar la representación impresa o virtual de la boleta electrónica y/o comprobante de pago electrónico.

Contabilidad Electrónica y Regímenes Tributarios
Se autoriza a los contribuyentes a proceder conforme al modelo de operación de contabilidad electrónica según las especificaciones establecidas. Adicionalmente, se establece un régimen de tributación simplificada de IVA para los pequeños contribuyentes del artículo 29 de la Ley Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, dejando sin efecto resoluciones previas que regulaban esta materia.
Retenciones y Agentes Retenedores
Se fijan y actualizan nóminas de agentes retenedores y de contribuyentes sujetos a retención, conforme a las resoluciones emitidas por el Servicio. Esto asegura la correcta aplicación del sistema de retenciones impositivas.
Información y Declaraciones Juradas Anuales
Se establecen nuevas obligaciones para la presentación anual de información por parte de los contribuyentes. Entre ellas se incluyen:
- Información sobre activos digitales para contribuyentes con residencia tributaria o domicilio en Chile.
- Información sobre activos digitales para contribuyentes con residencia tributaria en el extranjero.
- Información sobre fondos de inversión públicos, privados o fondos mutuos, y saldos al cierre del ejercicio de sus partícipes o aportantes.
- Información sobre bienes entregados en leasing operativo o financiero.
Asimismo, se modifica la vigencia de resoluciones previas y se reemplazan anexos de declaraciones juradas. Se instruye sobre la forma en que las entidades deben presentar reportes sobre operaciones a través de cuentas corrientes corresponsales en Chile, según lo establecido en el artículo 66 bis del Código Tributario.
Se establece la obligación de las sociedades administradoras de fondos de inversión, fondos mutuos y fondos de inversión privados, así como de instituciones intermediarias, de presentar la declaración jurada formulario Nº 1922, dejando sin efecto resoluciones anteriores. Paralelamente, se establece la obligación de corredores de bolsa, agentes de valores, casas de cambio y otras entidades intermediadoras de informar al servicio operaciones específicas efectuadas por cuenta de sus clientes.

Trazabilidad y Código Tributario
Se revoca la obligación de aplicar el sistema de trazabilidad establecido en el artículo 60 quinquies del Código Tributario y 13 bis del D.L. Esto simplifica ciertos procedimientos para los contribuyentes.
Acreditación de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias
Se imparten instrucciones sobre la forma de acreditar el cumplimiento de obligaciones tributarias y se definen las situaciones que se considerarán como incumplimiento para los efectos del inciso decimosegundo del artículo 68 del Código Tributario.
Autorizaciones a Empresas y Organismos
El SII ha autorizado a diversas empresas para realizar operaciones específicas. Entre ellas se incluyen:
- Autorización a IKSO SPA.
- Autorización a Sodimac S.A.
- Autorización a Falabella Retail S.A.
- Autorización a EDS Tickets SPA. para emitir boletas de servicios de ingreso a espectáculos públicos por cuenta de terceros.
- Autorización como receptor electrónico de documentos tributarios electrónicos a un organismo público específico.
Reorganización Interna del SII
El Servicio de Impuestos Internos ha llevado a cabo reorganizaciones internas en varios de sus departamentos para optimizar su funcionamiento:
- Reorganización de las unidades que conforman el departamento Subdirección de Asistencia al Contribuyente y establecimiento de sus ámbitos de competencia.
- Reorganización de las unidades que conforman el departamento Subdirección de Tecnologías de la Información y establecimiento de sus ámbitos de competencia.
- Reorganización de las unidades que conforman el departamento Subdirección de Desarrollo de Personas, estableciendo funciones y ámbitos de competencia.
- Reorganización de las unidades que conforman el departamento Subdirección Jurídica y establecimiento de ámbitos de competencia.
Otros Procedimientos y Disposiciones
Se han fijado procedimientos para la suscripción de acuerdos anticipados de precios de transferencia, conforme al N° 7 del Artículo 41 E de la Ley sobre Impuesto a la Renta. También se establece el procedimiento para tramitar solicitudes de ajuste correspondiente o correlativo según el N° 8 del Artículo 41 E de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Se instruye sobre la ejecución de procedimientos de fiscalización, revisión o de otro tipo en el marco de lo establecido por los artículos 6 letra B N° 11 y 65 ter del Código Tributario. Adicionalmente, se imparten instrucciones sobre el procedimiento de designación de apoderado de grupo empresarial, de acuerdo con el N° 14 del Artículo 3° inciso 2° de la Ley N°20.730.
Se determina que los Emiratos Árabes Unidos no tienen un régimen fiscal preferencial para efectos de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Se dispone el cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de Berries.
Se fija el procedimiento para el giro y pago del impuesto establecido en el artículo 9 de la Ley N° 21.420, modificado por el artículo 5 de la Ley 21.713.
Se individualizan a las personas que, en razón de su función o cargo, tienen atribuciones decisorias relevantes o influyen decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones, conforme lo dispuesto en el Art. 3° inciso 2° de la Ley N°20.730, que Regula el Lobby y las Gestiones que representen Intereses Particulares ante las autoridades y funcionarios.