Guía Completa para la Solicitud y Evaluación de Pensión de Invalidez en Chile

La obtención de una pensión por invalidez implica un proceso estructurado que incluye la presentación de una solicitud, una evaluación médica rigurosa y la consideración de diversas modalidades de invalidez y opciones de financiamiento. Este artículo detalla los pasos y consideraciones clave para tramitar una pensión de invalidez en Chile.

Inicio del Trámite de Solicitud

El proceso para solicitar una pensión de invalidez puede iniciarse de manera eficiente. Si cumples con los requisitos, puedes ingresar tu solicitud por videollamada con la ayuda de un ejecutivo. Es posible agendar el día y la hora que más te convenga para este trámite. Una vez que completes el formulario, recibirás novedades sobre el estado de tu trámite en un plazo de 1 a 5 días hábiles.

Es fundamental actuar con celeridad si tu cobertura del SIS (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia) está en riesgo, ya que en este caso, debes hacer tu solicitud con urgencia. Aunque no es obligación, si una persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante, al momento de firmar la solicitud de pensión de invalidez, puede presentar esos documentos en la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que se encuentra afiliada.

Evaluación de la Fundamentación de la Solicitud

La Comisión Médica Regional (CMR) juega un rol crucial en la etapa inicial. La CMR pedirá a un médico que se encuentre en el Registro Público de Asesores que revise los antecedentes y señale si la solicitud de pensión de invalidez se considera fundada. Si la solicitud se considera fundada, la CMR designará a un médico para que asesore al afiliado o afiliada en el proceso de evaluación y calificación de invalidez, el cual no tiene costo para las personas.

Esquema de flujo del proceso de solicitud de pensión de invalidez

El Proceso de Evaluación Médica

Una vez que la solicitud se considera fundada, la respectiva Comisión Médica Regional (CMR) cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar. Durante esta entrevista, se le hará entrega de las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, según los impedimentos declarados por el afiliado o afiliada.

La Comisión Médica te contactará para informarte el día, la hora y el lugar al que asistirás para evaluarte.

Determinación de la Invalidez y Emisión del Dictamen

Una vez que se tienen los resultados de los exámenes e interconsultas médicas correspondientes, la CMR determinará si el impedimento o enfermedad invocado por el afiliado o afiliada cumple con las siguientes condiciones:

  • Es objetivo.
  • Es demostrable.
  • Se han agotado las terapias médicas o quirúrgicas accesibles.
  • Se ha cumplido el período de observación post-tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.

Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que puede otorgar una pensión de invalidez total o parcial. Es importante tener presente que si una Comisión Médica emite la declaración de invalidez de un cotizante, esa declaración no implica que se le haya otorgado o que se le otorgue una pensión de invalidez a la persona. Al recibir el dictamen, deberás continuar tu trámite de acuerdo con lo que este indique.

El rol de las Comisiones Médicas

Financiamiento de Exámenes Médicos

El costo de los exámenes e interconsultas médicas puede variar. Si cuentas con cobertura del SIS (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), los costos de estos exámenes e interconsultas son cubiertos por dicho seguro. En el caso de las personas solicitantes de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) a través del Instituto de Previsión Social (IPS), los exámenes serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan.

Tipos de Invalidez y sus Implicaciones

La invalidez puede ser clasificada de diferentes maneras, lo que conlleva distintas implicaciones para el beneficiario.

Invalidez Parcial

Se considera Invalidez Parcial a la pérdida en la capacidad de trabajo igual o mayor al 50% y menor al 66%. Un dictamen inicial de invalidez parcial será transitorio por un período de 3 años. Si eres declarado Inválido Parcial, recibirás durante 3 años una Pensión mensual equivalente al 50% de tu ingreso base.

Si la persona pensionada por Invalidez Parcial Transitoria trabaja, cotiza como trabajador activo. La legislación precisa que si se trata de una invalidez parcial, posteriormente, con el paso del tiempo, el pensionado o pensionada tiene derecho a solicitar otra reevaluación de su invalidez si es que sus impedimentos han progresado. En esa reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial y, de acuerdo con esa revisión, en un nuevo y segundo dictamen resolverá si confirma o rechaza la invalidez.

Invalidez Aprobada y Definitiva

Una vez que la invalidez es aprobada y se vuelve definitiva, se emitirá un Certificado de Saldo. Si tu Pensión es más que la Básica Solidaria, puedes solicitar ofertas al SCOMP* (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).

En el caso de invalidez parcial sin cobertura del SIS, recibirás pensiones mensuales de ahorros de tu cuenta individual. En 8 días hábiles, recibirás un "Certificado de Ofertas" con los montos de Pensión, y tienes la opción de no aceptar ninguna oferta.

Trabajo y Pensión de Invalidez

Si eres declarado Inválido Parcial o Total, no existe ningún inconveniente para continuar trabajando. Esta flexibilidad permite a las personas mantener su actividad laboral mientras reciben su pensión.

Pensión de Sobrevivencia y Pensión en el Extranjero

Si una persona muere antes de la edad legal de Pensión o estando pensionado, generará una Pensión de Sobrevivencia en el caso de que tenga beneficiarios de Pensión.

Es posible tramitar y recibir tu Pensión en el extranjero siempre y cuando el país en el que vivas tenga un Convenio Bilateral con Chile.

Documentos y Datos Requeridos

Para la tramitación de la pensión, se solicitarán ciertos datos y documentos:

  • Datos de tus beneficiarios: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento.
  • Empleados públicos: deben presentar un certificado que los acredite como tales.

Proceso de Apelación

Si no estás conforme con el dictamen de la Comisión Médica Regional, puedes apelar. El plazo para presentar la apelación ante la Comisión Médica Central (CMC) es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen. Las personas también pueden presentar el reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro del plazo de 15 días hábiles desde su notificación. A su vez, la CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

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