Certificado de Honorarios, Sueldos y Pensiones

¿Qué es un Certificado de Honorarios, Sueldos y Pensiones?

Un certificado de honorarios, sueldos y pensiones es un documento fundamental que certifica los ingresos percibidos por una persona debido a la prestación de un servicio. Su propósito principal es dejar constancia formal de estos montos, sirviendo como respaldo para diversas gestiones, incluyendo las declaraciones tributarias.

Contenido Esencial del Certificado

Para que un certificado de este tipo sea válido y cumpla su función, debe contener información específica y detallada. El certificado debe incluir la siguiente información clave:

  • La fecha del pago, la cual debe corresponder al año gravable en cuestión.
  • El valor total pagado por el servicio o concepto certificado.
  • El nombre completo del trabajador o beneficiario, junto con su número de identificación.
  • El nombre completo de la empresa o persona contratante, su número de identificación y la firma de la persona responsable.
Esquema de los datos obligatorios en un Certificado de Honorarios

Emisión y Obtención del Certificado

La responsabilidad de la emisión de este documento recae en la entidad o persona que efectúa el pago.

El beneficiario de la renta debe solicitarlo directamente a la persona natural o empresa a la que le prestó el servicio. Dichas entidades tienen la obligación de entregar el documento que contenga todos los datos mencionados anteriormente.

Los certificados solicitados por los informados deben ser proporcionados en un plazo de 5 días hábiles a partir del momento en que se realizó la solicitud. Además, la copia del certificado debe ser archivada por el emisor para sus propios registros. La persona que firma tales documentos debe estar debidamente autorizada por la institución emisora del certificado.

Es importante señalar que, en situaciones donde no se logre conseguir el documento oficial, si el beneficiario tiene claridad sobre la fecha (que debe corresponder al año gravable) y el valor del ingreso, esta información puede ser suficiente para reportarla en las declaraciones correspondientes.

Ajustes en la Emisión de Certificados

En caso de producirse ajustes, por ejemplo, si el monto inicialmente certificado fue de $20.000 y el monto correcto es de $1.020.000, se deberá emitir un nuevo Certificado por la renta actualizada. Este certificado debe registrarse en la Declaración Jurada respectiva, sin que ello signifique haberlos emitido previamente. El Servicio de Impuestos Internos puede requerir información sobre estos certificados.

Implicaciones Tributarias

Los certificados de honorarios, sueldos y pensiones son esenciales para la correcta declaración y liquidación de impuestos. Los honorarios percibidos deben ser anotados en la declaración anual. Las empresas que efectúan pagos sujetos a honorarios deben declararse las retenciones por las rentas correspondientes.

Desde el 1 de enero de 2026, la retención es de 15,25 % cuando se emite una boleta de honorarios. Es importante registrar el crédito por impuesto único de Segunda Categoría, si aplica. El resultado de la liquidación anual del impuesto a la renta determinará si existe un impuesto adeudado o una devolución.

Declaración Anual por Honorarios. Servicios Profesionales

Cobertura de Seguridad Social para Trabajadores Independientes (Honorarios)

Los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios están sujetos a cotizaciones obligatorias para acceder a diversas coberturas de seguridad social.

Componentes de la Cobertura Obligatoria

Esta cobertura incluye aspectos fundamentales para la protección del trabajador y su familia:

  • Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP): Cubre respecto de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, ofreciendo prestaciones preventivas, atención médica gratuita, rehabilitación, órdenes de reposo/licencias médicas, subsidios por incapacidad laboral, indemnizaciones, y pensiones de invalidez y de sobrevivencia.
  • Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): Esta cotización se paga en la AFP donde el trabajador está afiliado y proporciona cobertura en caso de invalidez o fallecimiento.
  • Seguro de Acompañamiento de Niños y Niñas (Seguro SANNA): Permite al padre o madre (o tutor legal) acompañar y cuidar a sus hijos e hijas menores de edad que se encuentran en riesgo vital o con una condición grave de salud, posibilitando una ausencia justificada del trabajo por un tiempo determinado.
  • Salud: Cubre prestaciones de salud a través de Fonasa o Isapre, según la afiliación del trabajador.
  • Pensiones: Contribuye a la futura jubilación del trabajador, pagándose en la AFP donde se encuentra afiliado o afiliada.

Adicionalmente, se reconoce y autoriza la carga para la Asignación Familiar y Maternal.

Consideraciones sobre la Cobertura

En el caso de una cobertura parcial, se puede acceder a una parte de la devolución de las retenciones, pero esto disminuye la cobertura en salud. Para tener una referencia de lo que se tendría que pagar obligatoriamente en cotizaciones, existen simuladores disponibles. Para obtener el comprobante de pago de cotizaciones, se debe ingresar al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) con la Clave Tributaria o ClaveÚnica.

Dónde se Pagan las Cotizaciones

Las cotizaciones obligatorias para trabajadores independientes se pagan en distintas instituciones, según el tipo de seguro:

  • El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) se paga en la AFP donde el trabajador está afiliado.
  • El Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP) se paga al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o a una Mutual de empleadores, dependiendo de la afiliación.
  • El Seguro SANNA se paga al ISL o a una Mutual de empleadores, dependiendo de dónde se esté adherido.
  • Las cotizaciones de Salud se pagan a Fonasa o Isapre, según la afiliación.
  • Las cotizaciones de Pensiones se pagan en la AFP donde el trabajador se encuentra afiliado o afiliada.
Diagrama de flujo de pago de cotizaciones de seguridad social

tags: #certificado #de #honorarios #sueldos #y #pensiones