La obtención de un certificado de antecedentes médicos de invalidez es un derecho fundamental para la protección económica familiar ante situaciones de incapacidad laboral o fallecimiento. Este proceso implica una serie de requisitos y pasos que deben seguirse cuidadosamente, especialmente en lo que respecta a la cobertura, los tipos de invalidez y los beneficiarios.

Pensión de Sobrevivencia: Beneficiarios y Requisitos
Cónyuges y Acuerdos de Unión Civil (AUC)
Para que los cónyuges tengan derecho a la Pensión de Sobrevivencia, deben haberse casado al menos 6 meses antes de la fecha de muerte. Si el matrimonio se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, éste se debe haber contraído 3 años antes de su muerte. Solo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento de la afiliada ocurre a contar del 1 de octubre de 2008.
En el caso de un Acuerdo de Unión Civil (AUC), debe existir un Acuerdo de Unión Civil vigente de al menos un año previo a la muerte. Si éste se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
Hijos e Hijos Naturales
Las personas con las que el afiliado tuvo hijos sin haber tenido un vínculo matrimonial o de Acuerdo de Unión Civil también pueden ser beneficiarios. Además, solo si es soltero o viudo y vivía a expensas del afiliado a la fecha de su muerte.
Padres
Los padres solo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento ocurre a contar del 1° de octubre de 2008.
Proceso de Solicitud de la Pensión de Invalidez
Modalidades y Plazos
Si cumples con los requisitos, puedes ingresar tu solicitud por videollamada con la ayuda de un ejecutivo, agendando el día y hora que más te convenga. Tras completar el formulario, recibirás novedades de tu trámite entre 1 a 5 días hábiles. Si tu cobertura del SIS (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia) está en riesgo, debes hacer tu solicitud con urgencia.
La Comisión Médica te contactará y te dará el día, la hora y el lugar al que asistirás para evaluarte.
AFP: ¿Cómo Jubilar por Invalidez en Chile?
Documentación Requerida
- Datos de tus beneficiarios: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento.
- Empleados públicos: deben presentar certificado que lo acredite.
Cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
Con cobertura de SIS, el costo de los exámenes e interconsultas lo cubre este seguro. Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin.
Tipos de Invalidez y Sus Implicaciones
Invalidez Parcial
Se considera invalidez parcial la pérdida en la capacidad igual o mayor a 50% y menor a 66%. Este dictamen será transitorio por 3 años. Al recibir el dictamen, deberás continuar tu trámite de acuerdo con lo que este indique.
Si eres declarado Inválido Parcial, recibirás durante 3 años una Pensión mensual equivalente al 50% de tu ingreso base. La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años. Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años.
Invalidez Aprobada y Definitiva
Si la invalidez es aprobada y definitiva, se emitirá un Certificado de Saldo. Las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión.
Trabajo y Pensión por Invalidez
Si eres declarado Inválido Parcial o Total, no existe ningún inconveniente para continuar trabajando. Si eres pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y trabajas, cotizas como trabajador activo.
Aspectos Financieros y Gestión de la Pensión
Modalidades de Pago y Ofertas
Si tu Pensión es más que la Básica Solidaria, solicita ofertas al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión). Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. La AFP envía la información al SCOMP.
En el caso de invalidez parcial sin cobertura del SIS, recibirás pensiones mensuales de ahorros de tu cuenta individual. En 8 días hábiles, recibirás un "Certificado de Ofertas" con los montos de Pensión. Tienes la opción de no aceptar ninguna oferta.
Generación de Pensión de Sobrevivencia
Si mueres antes de la edad legal de Pensión o estando pensionado, generarás una Pensión de Sobrevivencia en el caso que tengas beneficiarios de Pensión.
Pensión en el Extranjero
Sí, puedes tramitar y recibir tu Pensión en el extranjero siempre y cuando el país en el que vivas tenga un Convenio Bilateral con Chile.
Trámite y Acceso
Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados (revisa en cuál estás a través de Mi ChileAtiende). El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y oficinas ChileAtiende.
La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años.
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