Causas para la Jubilación por Trastornos Cognitivos y Patologías Relacionadas

En el contexto actual de debate sobre los sistemas previsionales y los montos de las pensiones, la invalidez asoma como un motivo significativo para el retiro del mercado laboral. Anualmente, miles de personas solicitan jubilaciones por esta causal. Es crucial entender que las patologías psiquiátricas y neurológicas, que a menudo incluyen trastornos cognitivos, representan una porción considerable de estas solicitudes aprobadas.

Gráfico de prevalencia de causas de invalidez en Chile

Prevalencia de Patologías Psiquiátricas y Neurológicas como Causa de Invalidez

Según informes recientes de la Superintendencia de Pensiones, las patologías psiquiátricas, que engloban trastornos depresivos crónicos, psicóticos y de personalidad, y retrasos mentales, constituyen la mayor cantidad de solicitudes de invalidez aprobadas en personas de hasta 40 años. En el tramo de edad entre los 20 y 30 años, estas patologías representan el 40% de las solicitudes, mientras que entre los 30 y 40 años, la cifra alcanza el 23,4%.

Para la Superintendencia, "cualquier patología de orden psíquico que reúna los requisitos que las normas técnicas establecen para ser consideradas como irrecuperables e invalidantes en al menos 50% de incapacidad laboral implican la aprobación de este tipo de invalideces", lo que incluye la depresión si cumple con los criterios definidos. Actualmente, las patologías de neurología (como secuelas de accidentes cerebrovasculares, hemiplejias, daño orgánico cerebral, Parkinson, epilepsias) y las psiquiátricas suman un 29,6% del total, siendo las principales causas de pensiones de invalidez aprobadas en afiliados de AFP.

Impacto en Diferentes Grupos Etarios y Géneros

Las cifras muestran que el mayor porcentaje de aprobación de invalidez se registra en personas de entre 20 y 30 años (59,6%), y el menor en el grupo entre 50 y 60 años (51,3%). Esto obedece fundamentalmente a las solicitudes por retraso mental u otras patologías psiquiátricas que provienen de menores de 18 años, así como a que los solicitantes jóvenes suelen presentar causales graves que ameritan la invalidez a temprana edad.

A partir de los 40 años, las patologías derivadas de problemas al aparato locomotor (como traumatismos no laborales, artrosis y artritis) comienzan a cobrar mayor relevancia, alcanzando la mayor tasa de aprobación de invalidez en el tramo de 40 a 50 años (21,5%).

A nivel global, se evidencia un mayor volumen de aprobación de pensiones de invalidez en hombres (56,2%) que en mujeres (48,3%). Esto se atribuye a que los hombres que solicitan invalidez se enfrentan con mayor frecuencia a estados terminales de algunas patologías crónicas, reuniendo así los requisitos para la invalidez.

Las Enfermedades Psiquiátricas en el Ámbito Laboral

El avance de las enfermedades psiquiátricas también se refleja en las cifras de enfermedades laborales. En 2016, el 44% de las enfermedades profesionales diagnosticadas correspondió a salud mental, casi el doble que el año anterior, incluyendo patologías de estrés y depresión de origen laboral. Por ejemplo, en un período de dos años, casi el 45% de los funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile que se acogió a jubilación anticipada por invalidez profesional lo hizo por causas psiquiátricas. De estos, el 44,8% correspondió a enfermedades psiquiátricas, destacando los trastornos del ánimo (70% de los casos, principalmente depresiones), seguidos de la esquizofrenia (23%) y los trastornos de la personalidad (7%). Expertos señalan que los trastornos del ánimo y de la personalidad están directamente asociados con la alta exigencia y nivel de estrés del trabajo policial.

Diagrama de flujo del proceso de solicitud de pensión por invalidez

Proceso de Solicitud y Evaluación de la Pensión por Invalidez

En Chile, para acceder a una pensión por invalidez, la calificación y el grado de invalidez deben ser definidos por una Comisión Médica, que depende de la Superintendencia de Pensiones. Si una persona sufre alguna enfermedad que le impida continuar desempeñándose con normalidad en su puesto de trabajo, puede solicitar una pensión especial.

Inicio de la Solicitud y Evaluación Preliminar

El proceso comienza cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada. La respectiva Comisión Médica Regional (CMR) cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le entrega las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, de acuerdo con los impedimentos declarados. La CMR designará a un médico asesor para guiar a la afiliada o afiliado en este proceso, el cual no tiene costo para las personas. Si la persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante, puede presentarlos al momento de firmar la solicitud en la AFP, aunque no es una obligación.

Criterios de Evaluación y Dictamen

Una vez que la CMR dispone de los resultados de los exámenes e interconsultas médicas, determina si el impedimento o enfermedad invocado es: i) objetivo, ii) demostrable, iii) que se encuentren agotadas las terapias médicas o quirúrgicas accesibles, y iv) que se ha cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.

Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una pensión de invalidez que puede ser total o parcial. Es importante tener presente que la declaración de invalidez por una Comisión Médica no implica automáticamente el otorgamiento de una pensión, sino que es un paso fundamental en el proceso.

Apelación y Reevaluación

Las personas pueden presentar un reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) en caso de desacuerdo con el dictamen. Posteriormente, si se trata de una invalidez parcial, el pensionado tiene derecho a solicitar una reevaluación si sus impedimentos han progresado. En esta reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos y, mediante un nuevo dictamen, resolverá si confirma o rechaza la invalidez.

Tipos de Invalidez y Consideraciones Financieras

Una persona puede ser calificada con un grado de invalidez parcial o total, y esto tiene implicaciones en el monto y duración de la pensión.

Invalidez Parcial y Total

  • Invalidez Parcial: Corresponde a una pérdida de capacidad de trabajo igual o mayor al 50% e inferior al 66,6%. El dictamen de invalidez parcial es de carácter transitorio, pudiendo durar un máximo de tres años. Durante este período, si el pensionado por invalidez parcial transitoria trabaja, cotiza como trabajador activo. Si se declara invalidez parcial definitiva, se emite un Certificado de Saldo y se procede a solicitar ofertas de pensión.
  • Invalidez Total: Se entiende como la pérdida de la capacidad de trabajo de, al menos, dos tercios (66,6% o más).

Financiamiento de la Pensión de Invalidez

El monto de la pensión de invalidez se financia con los recursos previsionales acumulados por el trabajador en su AFP, complementados con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), siempre que se cumplan los requisitos para acceder a dicho seguro. El SIS es un seguro que las AFP están obligadas a contratar para proteger a sus afiliados. Para trabajadores dependientes, el SIS es financiado íntegramente por los empleadores; para independientes obligados a cotizar, el pago se efectúa con retenciones de honorarios.

Si la cobertura del SIS no aplica, y se trata de invalidez parcial, se recibirán pensiones mensuales de los ahorros de la cuenta individual. En el caso de tener cobertura del SIS, este cubre el costo de los exámenes e interconsultas médicas.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)

La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio dirigido a personas entre 18 y 64 años que no cumplen con los requisitos para acceder a una pensión contributiva y necesitan apoyo del Estado. No es necesario tener la invalidez declarada ante una comisión médica para solicitar la PBSI. El Instituto de Previsión Social (IPS) está a cargo de los exámenes en este caso. El Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un complemento monetario financiado por el Estado para personas entre 18 y 64 años que perciban una pensión de invalidez, con el fin de mejorar sus montos.

Una ventaja importante es que, si una persona es declarada inválida (parcial o total), no existe ningún inconveniente legal para continuar trabajando y percibiendo un ingreso remunerado, ya que las normas no contemplan incompatibilidad entre una pensión de invalidez y un trabajo.

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