Por normativa, el empleador es responsable de realizar el pago de cotizaciones previsionales y de salud de sus trabajadores. Este aporte es fundamental, ya que se destina a permitir a los trabajadores: Acceder al sistema público o privado de salud (Fonasa o Isapres) y tener derecho a una Pensión de Vejez para la jubilación.
La Importancia del Pago Oportuno de Cotizaciones
El empleador debe realizar el pago de las cotizaciones dentro de los 10 primeros días del mes siguiente de aquel en que se devengaron las remuneraciones. Este término se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente si dicho plazo expirare en día sábado, domingo o festivo.
Cuando las cotizaciones previsionales no son pagadas dentro del plazo legal, las sumas adeudadas se reajustarán desde el día 13 del mes siguiente al período de cotización hasta el día del pago efectivo. Los aportes no realizados oportunamente no pueden ser cubiertos en forma posterior, dando lugar a lo que se conoce como Lagunas Previsionales, períodos en los que no se realizan las cotizaciones obligatorias. Tu empresa es fundamental para que las metas de tus trabajadores se cumplan.

Métodos y Plataformas de Pago
La forma más común, fácil, cómoda y segura para pagar las cotizaciones previsionales de los trabajadores es a través de plataformas en línea. La creación del usuario en el sitio y la creación o modificación de los datos de su trabajador se debe hacer en Previred.com.
Este servicio está orientado al pago de cotizaciones de personas como el Trabajador Independiente (TI) y el Trabajador de Casa Particular (TCP). Toda persona natural que ejerza una actividad con un ingreso podrá afiliarse y cotizar como independiente en este sistema previsional.
Pago en Supermercados Unimarc
Previred permite realizar el pago de cotizaciones también en la cadena de supermercados Unimarc. Este servicio está disponible en 264 locales adheridos, con presencia de Iquique a Punta Arenas, orientado a clientes que tienen dificultad para acceder a internet o que no pueden imprimir el cupón de pagos.
El cupón de pago se imprime desde la máquina de autoservicio, que está conectada en línea con Previred. El vencimiento del pago del cupón es el día 10 o hábil siguiente hasta las 22:00 hrs. (cierre del supermercado).
Como pagar cotizaciones en PREVIRED en 2025
Declaración y Pago de Cotizaciones Atrasadas
Los empleadores que paguen cotizaciones o depósitos de ahorro voluntario atrasados no declarados deberán llenar una planilla por cada mes de atraso. Los montos en pesos deberán ser registrados sin uso de decimales. Si el primer decimal resulta igual o superior a cinco, las cifras deberán aproximarse al número superior. Cuando el pago de cotizaciones corresponde a remuneraciones del mes y a gratificaciones, deben hacerse dos planillas.
Es crucial que los datos que se señalen sean exactos para la correcta identificación del empleador.
- El espacio correspondiente al código 3, deberá llenarse según el Clasificador de Actividades Económicas, vigente para el año tributario, definido por el Servicio de Impuestos Internos.
- El espacio correspondiente al código 8, deberá llenarse con una cruz sólo si existiera un cambio en el Representante Legal de la empresa respecto al último mes pagado o declarado.
Detalle de las Columnas en la Planilla de Imposiciones
Para la correcta declaración, es fundamental comprender el significado de cada columna en la planilla de imposiciones:
Información del Afiliado y Remuneración Imponible
- COLUMNA 1: Deberá anotarse el número de R.U.T. del afiliado.
- COLUMNA 3: Deberá anotarse el ingreso imponible del afiliado a los Fondos de Pensiones. Este tiene un tope máximo de 60 U.F. reajustada, considerando la variación del índice de remuneraciones reales determinada por el Instituto Nacional de Estadísticas.
Cotizaciones Obligatorias y Comisión AFP
- COLUMNA 4: Debe anotarse el monto en pesos aportado por el trabajador correspondiente a la cotización obligatoria de capitalización (equivalente al 10% de la remuneración imponible), más el monto en pesos correspondiente a la comisión porcentual que fije la AFP para su financiamiento.
Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
- COLUMNA 5: Debe anotarse el monto en pesos correspondiente al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) cuando éste sea de cargo del empleador, y que corresponde a un porcentaje de la remuneración imponible del trabajador.
- La obligación del empleador de pagar la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia rige a contar del 1 de julio de 2009, debiendo efectuar su primer pago en agosto de 2009 por las remuneraciones imponibles del mes anterior.
- Una vez que rija dicha obligación y hasta las remuneraciones de junio de 2011, se encontrarán exentos del pago de esta prima los empleadores que en el respectivo mes declaren cotizaciones previsionales por menos de 100 trabajadores. Durante este período, el monto de la prima del seguro deberá descontarse a los respectivos trabajadores.
- No obstante, tratándose de trabajadores jóvenes que perciban subsidio previsional, mientras se encuentren percibiendo dicho subsidio el monto de la prima del seguro será de cargo del trabajador.
Seguro de Cesantía
- COLUMNA 8: Deberá anotarse el monto en pesos de la Cotización al Seguro de Cesantía, aportado por el afiliado, que corresponde al 0,6% de la remuneración imponible (tope máximo de 90 U.F.). Esta tasa solamente es aplicable para trabajadores con contrato indefinido.
- COLUMNA 9: Deberá anotarse el monto en pesos de la Cotización al Seguro de Cesantía, aportado por el empleador, que corresponde al 2,4% de la remuneración imponible (tope máximo de 90 U.F.). Esta tasa es aplicable solamente para los trabajadores con contrato indefinido.

Códigos y Movimientos Específicos
Si el afiliado señalado en la línea respectiva está afecto a algún tipo de movimiento en el mes que se está informando, se debe indicar el código que corresponda. Por ejemplo, si se ha incorporado en el mes a AFP Capital S.A.
Fecha de Término y RUT Entidad Pagadora de Subsidio
- FECHA DE TERMINO: Indicar el día, mes y año en que se produce el término del movimiento de que se trate.
- En los casos de trabajadores con más de una contratación en el mes, se deberá indicar como fecha de inicio sólo la fecha de la primera contratación.
- Si a la última de estas contrataciones no se le dio término dentro del mes, no se deberá indicar el retiro. En caso contrario, se deberá indicar como fecha de término la fecha del último retiro.
- RUT ENTIDAD PAGADORA DE SUBSIDIO: Corresponde al R.U.T. de la entidad.
Listado de Códigos Relevantes
A continuación, se detallan los códigos a utilizar para la correcta declaración:
- Código 01: Cotización Obligatoria y Comisión AFP. Comprende el total de Cotizaciones Obligatorias, Cotizaciones de Capitalización Individual y Comisiones A.F.P.
- Código 16: Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
- Código 02: Depósitos en Cuenta de Ahorro Voluntario. Comprende el total de Depósitos de Ahorro Voluntario para la Cuenta de Ahorro Voluntario del afiliado.
- Código 03: Subtotal a Pagar Fondos. Corresponde al subtotal a pagar a los Fondos de Pensiones.
- Códigos 04 y 05: Reajustes e Intereses de los Fondos de Pensiones. Estos serán calculados por la A.F.P. en caso de mora.
- Código 10: Total a Pagar Fondos de Pensiones.
- Código 60: Total Costas de cobranzas a Pagar AFP.
- Código 11: Cotización Afiliado. Comprende el total de Cotizaciones de Cesantía aportado por el afiliado para su Cuenta Individual de Cesantía.
- Código 12: Cotización Empleador. Comprende el total de Cotizaciones de Cesantía aportado por el empleador para la Cuenta Individual de Cesantía del afiliado y/o Fondo Solidario.
- Código 13: Subtotal a Pagar Fondo. Corresponde al subtotal a pagar al Fondo de Cesantía.
- Código 20: Total a Pagar Fondo de Cesantía. Corresponde al total de cotizaciones a pagar al Fondo de Cesantía, incluidos los reajustes e intereses, calculados por la AFC, cuando corresponda.
- Código 70: Total a Pagar AFC. Corresponde al total de costas de cobranzas determinadas por la AFC, cuando corresponda.
Modalidades de Pago y Ahorro Voluntario
El Total Remuneraciones o Gratificaciones Fondos de Pensiones corresponde a la suma total de la(s) columna(s) 4, del "Detalle de Cotizaciones y Depósitos de Ahorro Voluntario" (Sección II).
La modalidad de pago debe ser señalada con una "X" y puede ser:
- Código 1: NORMAL.
- Código 2: ATRASADA.
- Código 3: ADELANTADA.
Si el pago se efectúa con cheque, se debe registrar el número del cheque. Los cheques deben ser nominativos a "Fondo de Pensiones [Nombre de la AFP]" y "AFP [Nombre de la AFP] S. A.", según corresponda para las cotizaciones de pensiones, y a "Fondos de Cesantía y AFC CHILE S.A." para las cotizaciones de cesantía.
Además de las cotizaciones obligatorias, es posible realizar cotizaciones voluntarias, las cuales se podrán retirar tanto como trabajador activo como pensionado. Puedes optar por distribuir tu dinero entre dos de los cinco multifondos, con el porcentaje que desees.

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