Al ingresar al mundo laboral, uno de los temas que complica a muchos es justamente el funcionamiento de las AFP y los multifondos. Estas palabras definirán el futuro económico de los trabajadores una vez llegue la hora de jubilarse. Es fundamental comprender qué son y cómo se gestionan para tomar decisiones informadas sobre los ahorros previsionales.
La Superintendencia de Pensiones señala que el Sistema de Multifondos, creado por la Ley Nº 19.795 de 2002, corresponde a la administración de cinco Fondos de Pensiones por parte de cada AFP. Estos fondos se dividen en A, B, C, D y E, y están ordenados de mayor a menor riesgo y rentabilidad. En pocas palabras, el Fondo A tiene un mayor riesgo, pero también una mayor posibilidad de que el dinero ahorrado rente o crezca de forma positiva. Es importante mencionar que, si bien el Fondo A puede generar mayor rentabilidad, esta no está asegurada debido a que depende de variables económicas que pueden cambiar.

Los Fondos Generacionales, por su parte, están diseñados para facilitar que los afiliados estén en el fondo adecuado según su edad, adaptándose con el tiempo a medida que se acercan a su edad de jubilación. Actualmente, los multifondos tradicionales (A, B, C, D y E) se mantendrán hasta marzo de 2027, momento en el que se espera una transición más completa hacia este nuevo esquema.
Frecuencia y Restricciones para el Cambio de Fondos
Los afiliados pueden elegir el fondo de pensiones que deseen, aunque existen recomendaciones y directrices claras de la autoridad previsional. En cuanto a la frecuencia, los saldos de las cuentas personales pueden permanecer en distintos Tipos de Fondos de Pensiones. Sin embargo, los afiliados que realicen más de dos cambios de Tipo de Fondo de Pensiones en un año calendario por cada cuenta personal (excluida la de ahorro de indemnización) deberán pagar una comisión fija cada vez que realicen dichos traspasos adicionales. Esta regla se aplica independientemente de si el saldo está distribuido en uno o dos Tipos de Fondos.
Opciones de Fondos según Edad y Género
La ley establece directrices específicas sobre la elección de fondos según la edad y el género del afiliado, buscando proteger los ahorros a medida que se acerca la jubilación:
- Los afiliados hombres hasta los 55 años de edad y las mujeres hasta los 50 años de edad pueden optar por cualquiera de los Tipos de Fondos de Pensiones disponibles.
- Sin embargo, los afiliados hombres a partir de los 56 años y las mujeres a partir de los 51 años no podrán optar por el Fondo Tipo A (el más riesgoso) con el saldo de su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias y cuenta de afiliado voluntario. En su lugar, pueden destinar ese ahorro entre los fondos B (riesgoso), C (intermedio), D (conservador) y E (más conservador).
- Los afiliados pensionados por retiro programado y renta temporal, así como los declarados inválidos parciales mediante un primer dictamen, no podrán optar por los Fondos de Pensiones Tipo A o B.
Los afiliados hombres que cumplan 56 años de edad y las mujeres que cumplan 51 años de edad, y cuyas cuentas de capitalización individual (obligatorias y voluntarias) estén en el Fondo Tipo A, tendrán la obligación de traspasarlas a cualquiera de los restantes Fondos de Pensiones dentro de un plazo de 90 días. Esta obligación no aplica al monto que exceda el valor necesario para financiar una pensión que cumpla con los requisitos establecidos en el inciso primero del artículo 68 del D.L. N° 3.500 de 1980. Si el afiliado no elige alguno de los Fondos Tipo B, C, D o E en el plazo indicado, los saldos totales de dichas cuentas personales deberán asignarse al Fondo Tipo B de forma gradual.

Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) deben informar cuatrimestralmente a sus afiliados hombres que cumplen 55 años y a las mujeres que cumplen 50 años sobre la posibilidad de acercarse a una agencia o centro de servicios para calcular este excedente, indicándoles que por dicho monto podrán optar por cualquier Tipo de Fondo de Pensiones.
Proceso para Realizar el Cambio de Fondo de Pensiones
El cambio de Tipo de Fondo de Pensiones se realiza en la misma cuenta personal del afiliado, reflejándose como un movimiento de cargo por el saldo actualizado a la fecha de la operación y su respectivo abono simultáneo. Este proceso no implica el cierre de la cuenta personal. Para llevarlo a cabo, es necesario seguir los siguientes pasos y consideraciones:
Requisitos y Medios para el Cambio
- Para realizar el cambio de fondos, se debe tener la clave de seguridad, la cual se puede obtener a través del sitio privado de la AFP.
- Es fundamental conocer el tipo de multifondo al que se desea traspasar los ahorros, considerando su grado de inversión o «riesgo».
- El proceso se puede iniciar ingresando al sitio privado de la AFP con el RUT y la clave web, o bien, en cualquiera de sus sucursales.
Formalización de la Solicitud
Las Administradoras deben tener disponibles en sus agencias o centros de servicios los formularios de Cambio de Fondo de Pensiones. Estos formularios deben contener campos mínimos que las AFP deben seguir, incluyendo la fecha en que se materializa el cambio de los recursos y una declaración del afiliado manifestando conocer las características de las inversiones, rentabilidad y riesgo de cada tipo de Fondo de Pensiones.
La suscripción del formulario puede realizarse en una agencia, centro de servicios de la AFP, ante un representante o a través de su sitio web. Alternativamente, el afiliado puede enviar el formulario por correo, adjuntando las fotocopias requeridas.
Consideraciones Especiales
- Si un afiliado necesita suscribir el formulario mediante poder, la Administradora lo recibirá si el poder ha sido otorgado ante Notario, a una persona que no sea funcionaria de la AFP, no tenga una antigüedad superior a un año y especifique explícitamente el Tipo de Fondo de Pensiones seleccionado para cada cuenta personal.
- Si un afiliado suscribe un formulario de Cambio de Fondo de Pensiones y, previo a la materialización del proceso, la Administradora es notificada de una Orden de Traspaso Irrevocable a otra AFP, el traspaso hacia la otra AFP quedará sin efecto. Si el cambio de Tipo de Fondo de Pensiones ya se hubiese realizado, la orden de traspaso no podrá ser anulada por esta causal.
- Después de la notificación de una Orden de Traspaso Irrevocable a otra AFP, la Administradora antigua no podrá aceptar la suscripción de un formulario de Cambio de Fondo de Pensiones hasta que el traspaso se resuelva.
- Los afiliados no podrán optar por el cambio de Tipo de Fondo de Pensiones respecto de las cuentas personales que registren saldo igual a cero a la fecha de suscripción del formulario, con excepción de la cuenta de ahorro voluntario o aquellas cuentas de ahorro voluntario o de indemnización cuyos recursos se encuentren embargados.
Rectracto y Materialización del Cambio
La Administradora deberá acoger favorablemente el requerimiento de retracto o anulación de una Solicitud de Cambio de Fondos de Pensiones si el afiliado lo presenta el mismo día calendario en que se efectuó la solicitud, por cualquier medio que la AFP ponga a disposición. Las solicitudes de anulación o retractación presentadas en fechas posteriores deberán ser rechazadas. El requerimiento de retracto o anulación solicitado dentro del plazo definido deberá materializarse a más tardar el día hábil siguiente.
La Administradora debe realizar el cambio de Tipo de Fondo en las cuentas personales de los afiliados el cuarto día hábil siguiente al de la suscripción del formulario Cambio de Fondo de Pensiones.
Estrategias de Inversión a Largo Plazo y el Impacto de los Cambios Frecuentes
Es fundamental acostumbrarse a monitorear los ahorros previsionales, de manera similar a como se revisa el estado de salud o las cuentas bancarias. Si se desea tener un mayor control sobre los fondos, se puede buscar asesoría. Las inversiones en los Fondos de Pensión son a largo plazo, y no se recomienda intentar estrategias de corto plazo basadas en hechos contingentes, ya que el objetivo primordial es financiar la futura pensión.
En el largo plazo, los Multifondos han tenido retornos incluso por sobre lo esperado. Sin embargo, en momentos puntuales y considerando períodos cortos de tiempo, esto no siempre es así. Ante períodos de incertidumbre y caídas en el mercado, si los fondos fueron elegidos de acuerdo con las características personales del afiliado, no se debe desesperar ante las volatilidades. Lo importante es estar en el fondo que más se ajusta a cada uno.
La AFP solo puede realizar un cambio de multifondo sin autorización en situaciones específicas establecidas por ley, como cuando no se elige un fondo al afiliarse o cuando, al acercarse la edad de jubilación, no se realiza el traspaso a un fondo más conservador. Si no se elige un multifondo, la AFP asignará uno automáticamente según la edad y género del afiliado. Por ejemplo, si un afiliado tiene menos de 35 años, será asignado al Fondo B.
Un Ejemplo Ilustrativo: Permanecer en el Fondo Durante la Volatilidad del Mercado
La historia demuestra que, en tiempos de incertidumbre, puede parecer atractivo cambiar la estrategia de inversión de los Fondos de Pensión para evitar pérdidas. Sin embargo, existe abundante evidencia de que permanecer en el fondo adecuado para cada persona es lo que maximiza la ganancia a largo plazo.
Consideremos un ejemplo con fines ilustrativos basado en la crisis Subprime de 2008, un período de inestabilidad y gran incertidumbre en los mercados:
Imagina que el 1 de octubre de 2008, tienes $1.000.000 de pesos en el Fondo A. El 28 de octubre, debido a la volatilidad del mercado, tus ahorros caen a $744.883. En este punto, surgen dos opciones:
- Mantenerte en el Fondo A y esperar que las pérdidas se recuperen.
- Cambiar tus $744.883 al Fondo E, un fondo más conservador, haciendo efectiva la pérdida.
Es importante recordar que la decisión de cambiar de fondo no es instantánea; los cambios se hacen efectivos 4 días hábiles después de la solicitud, al valor cuota de 2 días más (en este ejemplo, al valor que tenía el fondo el 30 de octubre de 2008).
Resultados de las Opciones tras la Crisis de 2008
| Periodo | Fondo A | Fondo E | Diferencia Fondo A - E |
|---|---|---|---|
| Año 0 (30 de octubre) | $744.883 | $744.883 | $0 |
| Después de 1 año | $1.090.472 | $810.560 | $279.912 |
| Después de 3 años | $1.224.900 | $931.703 | $293.196 |
| Después de 5 años | $1.408.535 | $1.065.784 | $342.751 |
Este ejemplo demuestra que, si se hubiera permanecido en el Fondo A, la pérdida inicial se habría recuperado y generado ganancias significativas a largo plazo. En contraste, cambiar al Fondo E habría resultado en una recuperación mucho más lenta y un ahorro final considerablemente menor ($342.751 menos al quinto año).
En resumen, los ahorros en los Fondos de Pensiones son a largo plazo. Siempre es recomendable mantenerse en el fondo actual y ajustarlo a medida que cambien las características personales, como el plazo de inversión y la tolerancia al riesgo, pero no basándose en contingencias puntuales del mercado. La rentabilidad es variable, por lo que nada garantiza que las rentabilidades pasadas se repitan en el futuro.