El Bono de Invierno es un beneficio económico dirigido a diversos grupos de pensionados y jubilados en Chile. Este aporte busca brindar un apoyo adicional, especialmente durante la temporada invernal, ayudando a mitigar los gastos asociados a esta época del año.
¿Quiénes son Beneficiarios del Bono de Invierno?
Son elegibles para recibir este bono los pensionados y pensionadas de las siguientes instituciones, siempre que cumplan con los requisitos específicos establecidos:
- Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS)
- Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL)
- Pensionados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena)
- Pensionados de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca)
- Pensionados de las mutualidades de empleadores
Consideraciones Importantes para Quienes Reciben Múltiples Pensiones
Es crucial tener en cuenta una condición particular si un beneficiario recibe más de una pensión contributiva en conjunto con la PGU (Pensión Garantizada Universal), APSV (Aporte Previsional Solidario de Vejez) o una pensión de reparación, según sea el caso.
En estas situaciones, el derecho a recibir el Bono de Invierno se mantiene solo si la suma de las pensiones contributivas, excluyendo explícitamente el monto del APSV, la PGU o la pensión de reparación, no supera el umbral establecido por la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más.

Proceso de Solicitud del Bono de Invierno
Para solicitar el Bono de Invierno, los interesados deben realizar el trámite a través de la plataforma oficial de su entidad previsional. Específicamente, debes ingresar a tu Sucursal Virtual de la institución que administra tu pensión. Es importante seguir las instrucciones detalladas que se proporcionan en dicha plataforma para asegurar una solicitud exitosa.
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Criterios Generales para la Jubilación y Pensión
Aunque el Bono de Invierno está dirigido a quienes ya son pensionados, es relevante conocer las condiciones bajo las cuales una persona puede acceder a la jubilación, ya que estas definen el universo de potenciales beneficiarios de este tipo de ayudas y el contexto del sistema previsional.
Edad de Jubilación en el Antiguo Régimen de Previsión
En el caso de los afiliados pertenecientes al Antiguo Régimen de previsión, existían normativas que permitían pensionarse con edades inferiores a las que rigen en el sistema actual. Específicamente, las mujeres podían acceder a su pensión antes de los 60 años y los hombres antes de los 65 años, de conformidad con las normas contenidas en la legislación vigente de aquella época, como se establecía en diversos decretos leyes (D.L.) pertinentes.
Jubilación Anticipada por Trabajos Pesados
Adicionalmente, el sistema previsional contempla la posibilidad de adelantar la edad de pensión de vejez para aquellos trabajadores que efectúan cotizaciones especiales por trabajos pesados. Por cada 5 años de trabajos pesados acreditados y cotizados, el trabajador tiene la opción de adelantar su edad de jubilación en un año. Este mecanismo busca reconocer y compensar el mayor desgaste físico y los riesgos asociados a ciertas profesiones y oficios.