En Chile, existen diversos aportes y beneficios económicos diseñados para complementar las pensiones más bajas, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de las personas jubiladas y ayudarles a enfrentar los gastos cotidianos. Estos apoyos buscan asegurar un ingreso mínimo y digno para los pensionados, especialmente aquellos que reciben montos que no alcanzan a cubrir sus necesidades básicas.

Bono de Invierno
¿Qué es el Bono de Invierno?
El Bono de Invierno es un aporte económico que busca ayudar a las personas pensionadas del país cuyas pensiones sean bajas, con el fin de que puedan enfrentar de mejor manera los gastos que surgen en esta época invernal.
Monto del Beneficio
El monto del bono para el año 2026 es de $81.257 adicionales a la pensión. Este beneficio se suma directamente a la pensión que ya reciben los destinatarios.
Requisitos de Acceso
Para recibir el Bono de Invierno, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener 65 años cumplidos al 1 de mayo.
- Cumplir con uno de los siguientes criterios:
- Recibir una pensión inferior o igual al valor de la Pensión Mínima de Vejez vigente para mayores de 75 años ($231.440 sin incluir el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o Pensión Garantizada Universal (PGU), si lo hubiere).
- Recibir pensión de alguna de las siguientes instituciones:
- Instituto de Previsión Social (IPS).
- Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
- Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
- Mutualidades de Empleadores/as.
- Estar pensionada o pensionado del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
Consideraciones para Múltiples Pensiones
Es importante señalar que, si se reciben varias pensiones contributivas junto con la PGU, APSV o pensión de reparación, se tendrá derecho al Bono de Invierno solo si la suma de las pensiones contributivas (excluyendo el monto del APSV, PGU o pensión de reparación) no supera la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más.
Exclusiones del Beneficio
No se puede acceder al Bono de Invierno en los siguientes casos:
- Ser titular del Subsidio de Discapacidad, ya que no está expresamente contemplado en esta ley y no cumple con el requisito de edad, dado que el Subsidio de Discapacidad Mental está dirigido a personas menores de 18 años.
- Ser titular de indemnización del carbón, por no estar contemplado en la ley que rige este beneficio.

Pensión Garantizada Universal (PGU)
Objetivo y Monto de la PGU
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un pilar fundamental del sistema de seguridad social, que reconoce y complementa los ingresos de actuales y futuros pensionados. Quienes tengan una pensión o ingresos inferiores a $789.139 mensuales, recibirán el monto máximo de $231.732 para personas menores de 82 años. El monto exacto de la PGU que se recibirá dependerá de la pensión autofinanciada que perciba el beneficiario.
Reajustes Automáticos
La PGU tiene reajustes automáticos el 1° de febrero de cada año. Este reajuste se basa en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior, asegurando que el valor del beneficio se mantenga actualizado.
Compatibilidad y Beneficios Adicionales
Es posible optar a la PGU cumpliendo el requisito de tener más de 65 años, sin que la situación laboral activa sea un impedimento, ni que sea requisito estar pensionado. Adicionalmente, se continuará recibiendo la Bonificación de Salud con la PGU. En caso de que el beneficiario tenga una parte de su pensión autofinanciada con sus propios ahorros o por cualquier otro concepto, recibirá dos pagos: uno por su pensión autofinanciada y otro correspondiente a la PGU.
Instituciones y Restricciones
La PGU está destinada a pensionados de diversas instituciones, incluyendo el Instituto de Previsión Social (IPS), el Instituto de Seguridad Laboral (ISL), la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) y las mutualidades de empleadores. Sin embargo, actualmente, si se es pensionado de DIPRECA o CAPREDENA, no se puede recibir la PGU. La PGU es exclusivamente para mayores de 65 años; para menores de 18 años con discapacidad mental, física y/o sensorial severa que pertenezcan al 60% de la población más vulnerable, existe el Aporte Previsional Solidario por Invalidez (APSI).
Cómo Solicitar la PGU
Para solicitar la Pensión Garantizada Universal, los interesados deben ingresar a la Sucursal Virtual correspondiente a su entidad previsional.
Sanciones y Extinción del Beneficio
Si una persona entrega datos o antecedentes falsos, incompletos o erróneos intencionadamente para obtener la PGU, será sancionada con la pena establecida en el artículo 467 del Código Penal y deberá restituir al IPS las sumas indebidamente percibidas. Además, el beneficio se extingue si el beneficiario no cobra la PGU durante 6 meses continuos.

Beneficio por Años Cotizados (BAC)
¿Qué es el BAC?
El Beneficio por Años Cotizados (BAC) es una compensación que se suma directamente a la pensión que ya reciben los jubilados. Su monto corresponde a 0,1 UF por cada 12 meses cotizados, con un tope de 2,5 UF mensuales, lo que equivale a 25 años de cotizaciones.
Requisito de Cotizaciones para Mujeres
En el caso de las mujeres, el requisito de cotizaciones para acceder al BAC irá aumentando de manera gradual. A partir de enero de 2028, se exigirá un mínimo de 132 meses cotizados (11 años).
Cálculo y Pago del BAC
- Para quienes se pensionen a partir de diciembre de 2025, el beneficio se pagará de forma diferida. Comenzará a entregarse una vez que reciban su primera pensión e incluirá el retroactivo en caso de que corresponda.
- Para las personas que ya estén pensionadas al 31 de julio de 2025, el cálculo del BAC considerará las cotizaciones pagadas en su cuenta individual hasta esa fecha. El pago comenzará en enero de 2026, siempre que tengan 65 años o más.
- Para quienes aún no estén pensionados, pero tengan 65 años o más al 31 de julio de 2025, se aplicará el mismo cálculo.
- Si la persona se pensiona a contar del 1 de agosto de 2025, el BAC se calculará considerando primero las cotizaciones que su empleador haya realizado al Seguro Social desde agosto de 2025, si corresponden.
Entrevista TVN | Beneficio por Años cotizados y Compensación por Diferencia de Expectativa de Vida
Exclusiones en el Cálculo
Para el cálculo del BAC, es importante considerar las siguientes exclusiones:
- No se contarán los meses que excedan el tope máximo de 300 cotizaciones (25 años), los que se reducirán gradualmente desde febrero de 2046.
- Tampoco se contarán los meses en que exista más de una cotización por jornada completa.
- No se incluirán los meses en que el empleador no haya pagado completamente las cotizaciones o aquellos que solo estén declarados y no pagados, hasta que el pago se regularice.
Impacto en la Garantía Estatal y Extinción
El Beneficio por Años Cotizados (BAC) puede extinguirse en caso de fallecimiento. Además, si al sumar esta compensación y otros beneficios a la pensión, el monto total alcanza o supera la pensión mínima garantizada, el beneficiario dejará de recibir la Garantía Estatal (el aporte que se recibe cuando los ahorros previsionales no son suficientes), ya que se otorga el beneficio de mayor monto.