Beneficios de la Pensión a los 60 Años y la Reforma Previsional

La reforma previsional en Chile introduce diversos cambios y beneficios, especialmente para aquellos que se acercan a la edad de jubilación o ya son pensionados. Uno de los puntos clave es el Beneficio por Años Cotizados (BAC), diseñado para complementar las pensiones existentes.

Beneficio por Años Cotizados (BAC)

Este nuevo beneficio de la Reforma Previsional comenzó a regir el 1 de mayo de 2025. El monto corresponde a 0,1 UF por cada 12 meses cotizados, con un tope de 2,5 UF mensuales, lo que equivale a 25 años de cotizaciones. Este beneficio se suma directamente a la pensión que los beneficiarios ya reciben.

Requisitos y Notificaciones

  • Si la persona cumple los requisitos, recibirá una notificación por correo electrónico y/o en su CasillaÚnica.
  • Para las mujeres, el requisito de cotizaciones irá aumentando de manera gradual. A partir de enero de 2028, se exigirá un mínimo de 132 meses cotizados (11 años).

Cálculo y Pago del BAC

  • Para quienes se pensionen a partir de diciembre de 2025, el beneficio se pagará de forma diferida: comenzará a entregarse una vez que reciban su primera pensión e incluirá el retroactivo si corresponde.
  • Para las personas que ya estén pensionadas al 31 de julio de 2025, el cálculo del BAC considerará las cotizaciones pagadas en su cuenta individual hasta esa fecha. El pago comenzará en enero de 2026, siempre que tengan 65 años o más.
  • Para quienes aún no estén pensionados, pero tengan 65 años o más al 31 de julio de 2025, se aplicará el mismo cálculo.
  • Si la persona se pensiona a contar del 1 de agosto de 2025, se calculará considerando primero las cotizaciones que su empleador haya realizado al Seguro Social desde agosto de 2025, si corresponden.

Consideraciones Importantes para el Cálculo

  • No se contarán para el cálculo los meses que excedan el tope máximo de 300 cotizaciones (25 años), los que se reducirán gradualmente desde febrero de 2046.
  • Tampoco se contarán los meses en que exista más de una cotización por jornada completa.
  • No se contabilizarán los meses en que el empleador no haya pagado completamente las cotizaciones o aquellos que solo estén declarados y no pagados, hasta que el pago se regularice.

Extinción del Beneficio

El Beneficio por Años Cotizados (BAC) puede extinguirse en caso de fallecimiento. Si al sumar esta compensación y otros beneficios a la pensión, el monto total alcanza o supera la pensión mínima garantizada, se dejará de recibir la Garantía Estatal (aporte que se recibe cuando los ahorros previsionales no son suficientes), ya que se otorga el beneficio de mayor monto.

Pensión Garantizada Universal (PGU)

Personas pensionadas por Leyes de Reparación (Exonerados, Rettig y Valech) y beneficiarios de pensiones de gracia también podrán acceder a la PGU si cumplen los requisitos. Estas personas igualmente podrán acceder a la PGU, que es el primer piso de la seguridad social.

Aumento de la PGU

  • La Pensión Garantizada Universal (PGU) aumentará a $250.000 para pensionados de 82 años o más.
  • Si la persona ya recibe el complemento de PGU (porque su pensión de reparación era menor al monto máximo de la PGU), a partir de septiembre de la fecha en que cumpla la edad establecida en el calendario, su monto se ajustará de forma automática al nuevo valor máximo de la PGU ($250.000).

Si ya se recibe la PGU, el ajuste es automático según el calendario.

Nueva Cotización Adicional del Empleador

A partir de las remuneraciones de agosto de 2025, los empleadores comenzaron a pagar un 1% adicional, que se irá incrementando gradualmente hasta alcanzar un 7%. Este monto se destinará al Seguro Social. Esta nueva cotización del empleador, con un 1% adicional, iniciará el pago de los beneficios del nuevo Seguro Social, incluyendo la Compensación por Años Cotizados y el Bono a mujeres por expectativas de vida.

Infografía: distribución de la nueva cotización previsional

Ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales

Este beneficio permite que todas las personas que reciban el Seguro de Cesantía, sin importar el tipo de fondo (Cuenta Individual o Fondo Solidario), tengan cubiertas sus cotizaciones previsionales mientras estén desempleadas. Antes, solo las personas que usaban el Fondo de Cesantía Solidario tenían cotizaciones previsionales cubiertas. Desde mayo de 2025, se incluye también a quienes usan su Cuenta Individual. Así, todos los beneficiarios del Seguro de Cesantía tienen este respaldo.

Monto y Duración de la Cotización por Cesantía

  • Desde mayo a julio de 2025, se cotiza el 10% del pago mensual del Seguro de Cesantía.
  • Desde agosto, sube a 10,10%, y en agosto de 2027 a 10,25%.
  • Es decir, mes a mes se deposita ese porcentaje en la AFP del trabajador o trabajadora mientras esté cesante.
  • Si se terminan los giros (no posee más fondos en su cuenta individual), o encuentra trabajo, este beneficio finaliza automáticamente.

Financiamiento y Alcance

Se estima que el número de personas beneficiadas se triplicará: de 395 mil a más de 1,4 millones al año. Esto significa una gran mejora en la protección previsional para quienes atraviesan períodos de desempleo. El dinero no sale del bolsillo del trabajador. Las cotizaciones son financiadas por el Fondo de Cesantía Solidario, que se forma con aportes del Estado y de los empleadores. No se usan los fondos individuales ni se descuenta del monto del seguro que recibe el trabajador.

Compensación a Mujeres por Mayor Expectativa de Vida

Este beneficio está dirigido a mujeres y busca corregir las brechas de género en el sistema de pensiones dada su mayor expectativa de vida.

Otros Cambios en el Sistema Previsional

Fondo de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

El 1,5% que aportará el empleador para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) pasará a ser una de las prestaciones del Seguro Social a contar de agosto de 2027.

Incentivo a la Cotización y Simplificación para Independientes

Se propone un incentivo a la cotización y se han simplificado los mecanismos de cotización para independientes, permitiendo pagos automáticos desde cuentas bancarias o la posibilidad de que familiares directos puedan contribuir en nombre del afiliado. Además, la reforma promueve la formalidad al vincular los beneficios a la cotización.

Competencia en las AFP

Se licitará el 10% de los afiliados. Cada 2 años, el 10% de los afiliados actuales serán licitados y asignados al administrador que ofrezca la menor comisión. Se adjudicará a la Administradora de Fondos de Pensiones que oferte la menor comisión. Esto permitirá reducir los costos para los afiliados y fomentar una competencia más justa en el mercado.

El Sistema de Reparto en Chile. (A.F.P.)

Fondos Generacionales y Comisiones Variables

El sistema de multifondos será reemplazado por fondos generacionales, que ajustarán su perfil de inversión según la edad del afiliado, reduciendo el riesgo a medida que se aproxima la jubilación y aumentando la seguridad del ahorro. Las comisiones serán variables y estarán vinculadas al rendimiento del fondo. Si el fondo genera pérdidas, las comisiones disminuirán, y si obtiene ganancias, aumentarán en un porcentaje limitado, alineando los incentivos con el bienestar de los afiliados. Si el fondo pierde valor, la comisión disminuirá un 15%. Por el contrario, si el fondo gana, la comisión puede aumentar hasta en un 15%. Esto asegura que las administradoras busquen maximizar el beneficio para los afiliados.

Límites de Inversión y Cobranza Previsional

Se establecen límites cuando las AFP invierten a través de terceros. No podrán pagarse con cargo a los fondos comisiones a vehículos de inversión o mandatarios que inviertan más de un 10% en emisores nacionales transables en mercados públicos, a excepción de inversiones de baja o mediana capitalización. Además, se centralizará la cobranza previsional y el Instituto de Previsión Social (IPS) realizará la recaudación a través de un proveedor especializado, a través del cual los empleadores deberán efectuar dichos pagos.

Obligaciones de Declaración y Pago de Cotizaciones

Plazos para Empleadores

El empleador o entidad pagadora de subsidios debe declarar y pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente a aquel en que se devengaron las remuneraciones, o se autorizó la licencia médica. Cuando el empleador realice la declaración y el pago de las cotizaciones por medio electrónico, el plazo de pago se extenderá hasta el día 13 de cada mes, incluso si fuera sábado, domingo o festivo.

Incumplimiento y Deuda Previsional

Si el empleador no realiza la declaración, tendrá hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar ante el IPS que su obligación se extinguió. Transcurrido ese plazo adicional, y agotadas las gestiones aclaratorias por parte del IPS sin que el empleador haya acreditado la extinción de la obligación, se presumirá que las respectivas cotizaciones están declaradas y no pagadas y se constituirá una deuda previsional efectiva.

Cotizaciones para Trabajadores a Tiempo Parcial

La normativa indica que los empleadores deben cotizar al Seguro Social Previsional (SSP) por todos sus trabajadores, incluyendo aquellos que laboran en jornadas parciales o part-time. Este dato cobra especial importancia porque permite llevar un registro adecuado de los periodos cotizados en jornada parcial, lo que será clave para que, en el futuro, esas cotizaciones puedan ser computadas en el historial previsional del trabajador.

Exención de Cotizaciones

La obligación de enterar cotizaciones de cargo del empleador al Seguro Social Previsional se extingue de pleno derecho en el momento en que el trabajador se pensione por vejez o invalidez total, conforme al D.L. También aplica al trabajador acogido a la exención de la obligación de cotizar regulada en el artículo 69 del D.L.

Proceso para Pensionarse

Para pensionarse, la afiliada o el afiliado debe presentar en la administradora de fondos de pensiones (AFP) su cédula nacional de identidad y realizar la solicitud de pensión, junto a la declaración de beneficiarios. La AFP deberá calcular el saldo efectivo de la cuenta de capitalización individual y emitir el certificado de saldo dentro de los 10 días hábiles siguientes. Sin embargo, es importante que las personas sepan que no es obligatorio pensionarse al cumplir la edad legal.

Opciones de Ahorro Voluntario

Estos ahorros pueden realizarse en una Cuenta de Ahorro Voluntario o también llamada Cuenta 2, una cuenta de ahorro previsional voluntario (APV) y mediante Depósitos Convenidos.

tags: #beneficios #pension #de #los #60 #anos