Beneficios Clave para Pensiones de Menor Cuantía en Chile

El sistema de pensiones en Chile ha experimentado y sigue experimentando diversas reformas y la implementación de nuevos beneficios diseñados para mejorar las condiciones de vida de las personas pensionadas, especialmente aquellas con pensiones de menor cuantía. Estos esfuerzos buscan proporcionar mayor estabilidad económica y protección social, siendo la Pensión Garantizada Universal (PGU) uno de los pilares centrales.

infografía sobre beneficios de pensiones en Chile

La Pensión Garantizada Universal (PGU): Un Pilar Fundamental

La PGU es un beneficio clave financiado íntegramente por el Estado, orientado a un universo importante de personas. Su objetivo principal es complementar las pensiones más bajas, asegurando un ingreso mínimo para los adultos mayores.

Requisitos de Acceso

Para acceder a la PGU, es necesario cumplir con ciertos criterios. Uno de los principales es acreditar residencia en Chile por un período mínimo de 20 años continuos o discontinuos, los cuales se contarán desde que la persona que pide la PGU haya cumplido 20 años de edad.

Exclusiones Importantes

No obstante, la ley establece algunas excepciones. Se excluye, sin embargo, a las personas que cotizan o están pensionadas en los regímenes de Capredena y Dipreca, aunque sean titulares o beneficiarias de pensión de sobrevivencia.

Cálculo y Monto del Beneficio

El monto de la PGU se ajusta según la pensión base del beneficiario. Dado que la PGU es un beneficio financiado totalmente por el Estado para un universo importante de personas, la ley establece que a mayor monto percibido como pensión base, menor monto es el beneficio de PGU. Actualmente, se ha propuesto un aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) a $250.000. Específicamente, este aumento se aplicará a pensionados de 82 años o más, y el ajuste es automático según el calendario si ya se recibe la PGU. Si la persona ya recibe el complemento de PGU (porque su pensión de reparación era menor al monto máximo de la PGU), a partir de septiembre de la fecha en que cumpla la edad establecida en el calendario, su monto se ajustará de forma automática al nuevo valor máximo de la PGU ($250.000).

Gestión y Pago de la PGU

Desde el 1 de junio de 2022, el Instituto de Previsión Social (IPS) es el encargado de pagar directamente la PGU a las y los beneficiarios, independientemente de si reciben una pensión de retiro programado (AFP) o de renta vitalicia (compañía de seguros de vida).

En cuanto a los descuentos, a partir de junio de 2022, el mismo total de descuentos que la persona tenía pactado en una sola liquidación de pago se distribuirán proporcionalmente entre los dos pagos que recibirá: el de la pensión de AFP o compañía de seguros de vida (CSV), y el de la PGU. La persona podrá revisar la distribución del pago del descuento en su liquidación consolidada, la que puede solicitar en su AFP o CSV.

Cómo Solicitar la PGU

Para solicitar este importante beneficio, existen varias vías. Se debe pinchar la pestaña "Consulta si eres beneficiario y solicítala", donde se despliegan las opciones para consultar si se cumple con los requisitos y solicitar la PGU. Para pedir este beneficio se requiere tener ClaveÚnica. También se puede presentar una solicitud de acceso al beneficio directamente en las sucursales de ChileAtiende, AFP, compañía de seguros de vida (CSV) o municipios.

Extinción del Beneficio

El beneficio de acceder a la PGU se puede extinguir en dos casos principales:

  • Cuando fallece la beneficiaria o el beneficiario.
  • Por no presentar en el IPS los antecedentes solicitados para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para mantener el beneficio.

PGU y Otros Beneficios

PGU y el Pilar Solidario de Invalidez

La PGU no reemplaza al Pilar Solidario de Invalidez, pero sí mejora los beneficios. De esta manera, la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) se mantienen vigentes, pero aumentan en monto y cobertura, porque se ajustan al valor de la PGU, y los beneficios se extienden hacia el 80% más vulnerable de la población.

PGU y Asignaciones Familiares

Las personas que reciben PGU no pueden ser causantes de asignación familiar.

PGU y Pensiones de Reparación

Las personas pensionadas por Leyes de Reparación (Exonerados, Rettig y Valech) y beneficiarios de pensiones de gracia también podrán acceder a la PGU si cumplen los requisitos. El cálculo del bono compensatorio será determinado por la AFP e informado al IPS para que sea complementado con la PGU.

PGU y Cuota Mortuoria

Para el caso de las afiliadas y los afiliados del Decreto Ley N° 3.500, es decir, que están en una administradora de fondos de pensiones (AFP), aun cuando recibieran PGU, en caso de fallecimiento se mantiene el beneficio de pago de cuota mortuoria a sus beneficiarias y beneficiarios, y/o sobrevivientes.

🎧¿Qué es la Pensión Garantizada Universal (PGU)?

Nuevos Beneficios y Mejoras de la Reforma Previsional

La reciente reforma previsional introduce una serie de beneficios adicionales que buscan fortalecer la seguridad social y complementar las pensiones, especialmente para aquellos con historiales laborales más complejos o situaciones específicas.

Ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales

Este es un nuevo beneficio de la Reforma Previsional que comenzó a regir el 1 de mayo de 2025. Permite que todas las personas que reciban el Seguro de Cesantía, sin importar el tipo de fondo (Cuenta Individual o Fondo Solidario), tengan cubiertas sus cotizaciones previsionales mientras estén desempleadas. Antes, solo las personas que usaban el Fondo de Cesantía Solidario tenían cotizaciones previsionales cubiertas. Desde mayo de 2025, se incluye también a quienes usan su Cuenta Individual. Así, todos los beneficiarios del Seguro de Cesantía tienen este respaldo.

Las cotizaciones se distribuyen de la siguiente manera: desde mayo a julio de 2025, se cotiza el 10% del pago mensual del Seguro de Cesantía. Desde agosto, sube a 10,10%, y en agosto de 2027 a 10,25%. Es decir, mes a mes se deposita ese porcentaje en la AFP del trabajador o trabajadora mientras esté cesante. Este beneficio se mantiene mientras la persona esté recibiendo pagos del Seguro de Cesantía. Si se terminan los giros (no posee más fondos en su cuenta individual), o encuentra trabajo, también finaliza este beneficio automáticamente.

Se estima que el número de personas beneficiadas se triplicará: de 395 mil a más de 1,4 millones al año. Esto significa una gran mejora en la protección previsional para quienes atraviesan períodos de desempleo. Es importante destacar que el dinero no sale del bolsillo del trabajador; las cotizaciones son financiadas por el Fondo de Cesantía Solidario, que se forma con aportes del Estado y de los empleadores. No se usan los fondos individuales ni se descuenta del monto del seguro que recibe el trabajador.

Beneficio por Años Cotizados (BAC)

El Beneficio por Años Cotizados (BAC) es una compensación que se suma directamente a la pensión que ya reciben los afiliados. El monto corresponde a 0,1 UF por cada 12 meses cotizados, con un tope de 2,5 UF mensuales, lo que equivale a 25 años de cotizaciones. Si se cumplen los requisitos, se recibirá una notificación por correo electrónico y/o en la CasillaÚnica.

Requisitos y Cálculo Específicos

  • En el caso de las mujeres, el requisito de cotizaciones irá aumentando de manera gradual. A partir de enero de 2028, se exigirá un mínimo de 132 meses cotizados (11 años).
  • Para quienes se pensionen a partir de diciembre de 2025, el beneficio se pagará de forma diferida: comenzará a entregarse una vez que reciban su primera pensión e incluirá el retroactivo en el caso de que corresponda.
  • Para las personas que ya estén pensionadas al 31 de julio de 2025, el cálculo del BAC considerará las cotizaciones pagadas en su cuenta individual hasta esa fecha. El pago comenzará en enero de 2026, siempre que tengan 65 años o más.
  • Para quienes aún no estén pensionados, pero tengan 65 años o más al 31 de julio de 2025, se aplicará el mismo cálculo.
  • Si la persona se pensiona a contar del 1 de agosto de 2025, se calculará considerando primero las cotizaciones que su empleador haya realizado al Seguro Social desde agosto de 2025, si corresponden.

Exclusiones en el Cálculo

Es importante destacar que no se contarán para el cálculo los meses que excedan el tope máximo de 300 cotizaciones (25 años), los que se reducirán gradualmente desde febrero de 2046. Tampoco se contarán los meses en que exista más de una cotización por jornada completa, los meses en que el empleador no haya pagado completamente las cotizaciones o aquellos que solo estén declarados y no pagados, hasta que el pago se regularice. El Beneficio por Años Cotizados (BAC) puede extinguirse en caso de fallecimiento.

esquema del cálculo del Beneficio por Años Cotizados (BAC)

Compensación a Mujeres por Mayor Expectativa de Vida

Este beneficio está dirigido a mujeres y busca corregir las brechas de género en el sistema de pensiones dada su mayor expectativa de vida. Se incluye como una de las prestaciones del nuevo Seguro Social que inició sus pagos.

Acceso a Salud para Pensionados con Saldos Agotados (FONASA)

Para aquellos pensionados con retiro programado o renta temporal que agotaron el saldo de su cuenta de capitalización individual (ahorro previsional) y no tienen derecho a la PGU, la ley permite que podrán cotizar en Fonasa un 7% para acceder a salud.

Impacto en la Garantía Estatal

Es crucial entender cómo estos nuevos beneficios interactúan con las protecciones existentes. Si al sumar esta compensación y otros beneficios a tu pensión, y el monto total alcanza o supera la pensión mínima garantizada, dejarás de recibir la Garantía Estatal (aporte que se recibe cuando los ahorros previsionales no son suficientes), ya que se otorgará el beneficio de mayor monto.

Simplificación de Cotizaciones para Independientes

La reforma también busca facilitar la formalidad para los trabajadores independientes. Se han simplificado los mecanismos de cotización para independientes, permitiendo pagos automáticos desde cuentas bancarias o la posibilidad de que familiares directos puedan contribuir en nombre del afiliado. Además, la reforma promueve la formalidad al vincular los beneficios a la cotización.

Aspectos Relevantes del Sistema Previsional

Cálculo de la Pensión Autofinanciada Familiar (PAF)

En ciertos casos, como la Pensión Autofinanciada Familiar (PAF), esta se calcula como una renta vitalicia simple con el saldo que la persona mantenía en su cuenta de ahorro obligatorio, más el bono de reconocimiento, sus beneficiarias o beneficiarios de pensión y la tasa de interés vigente cuando cumpla la edad legal de pensión (60 años en el caso de una mujer y 65 años si es hombre). Es importante tener presente que esta pensión autofinanciada solo se considerará para el cálculo de la pensión base mientras la persona que es imponente no se pensione por vejez.

Resolución de Reclamos

Para garantizar la transparencia y la correcta aplicación de los beneficios, todos los reclamos relacionados con la PGU que reciban las entidades pagadoras de pensión y el IPS deberán ser resueltos según la normativa de la Superintendencia de Pensiones.

Cotizaciones de Empleadores para Trabajadores con Jornadas Parciales

Desde agosto de 2025, los empleadores comenzaron a pagar un 1% adicional en las remuneraciones. La normativa indica que los empleadores deben cotizar al Seguro Social Previsional (SSP) por todos sus trabajadores, incluyendo aquellos que laboran en jornadas parciales o part time. Este dato cobra especial importancia porque permite llevar un registro adecuado de los periodos cotizados en jornada parcial, lo que será clave para que, en el futuro, esas cotizaciones puedan ser computadas en el historial previsional del trabajador. Para cumplir esta función, el IPS realizará la recaudación a través de un proveedor especializado, a través del cual los empleadores deberán efectuar dichos pagos.

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