El envejecimiento poblacional es un fenómeno global que presenta desafíos y oportunidades significativas, especialmente en regiones como América Latina y el Caribe. Este informe se enmarca en el cuarto examen y evaluación del Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento (2002), analizando el panorama actual del envejecimiento en la región y la protección de los derechos humanos de las personas mayores. Se destacan los avances en materia institucional, así como las interrelaciones cruciales entre las personas mayores y el desarrollo.
Desafíos y Oportunidades en el Envejecimiento Regional
Interrelaciones entre Personas Mayores y Desarrollo
La evaluación se centra en la protección social, la participación de las personas mayores en el mercado de trabajo y el fomento de la salud y el bienestar en la vejez. Asimismo, se examinan los avances en la creación de entornos físicos, sociales y culturales favorables para este grupo demográfico, promoviendo un cambio cultural y previniendo la discriminación y la violencia.

Perspectivas Emergentes: Economía de la Longevidad y Sistemas de Cuidados Integrales
La economía de la longevidad abre la necesidad de repensar la organización de los equipos de trabajo. La intergeneracionalidad no solo amplía el capital humano disponible, sino que también enriquece los procesos de innovación y aprendizaje. Existe una urgencia en la creación de sistemas de cuidados integrales, universales y sostenibles para las personas mayores de Iberoamérica, como se ha discutido en diversos foros especializados.
El Desafío de la Soledad en Personas Mayores: El Caso de Chile
Contexto Demográfico y Prevalencia de la Soledad en Chile
Chile vive un acelerado proceso de envejecimiento poblacional. Según el INE (1) y la Encuesta CASEN 2022 (2), el 20,4% de la población supera los 60 años, y se proyecta que en 2050 ese grupo llegará al 32%. De esta población, más de 530.000 personas mayores viven solas, lo que representa el 14,6% del total, con mayores riesgos de aislamiento, deterioro cognitivo, depresión, abandono y muerte prematura. Informes del Observatorio del Envejecimiento UC-CONFUTURO (2021-2023) (3) muestran que un tercio de quienes viven solos no tienen redes familiares ni contactos regulares, lo que daña su salud física y mental.
Limitaciones de los Programas Existentes
Existen programas como Vínculos o redes comunitarias, pero su alcance es limitado y focalizado en situación de pobreza, sin una cobertura regular para personas que, sin ser pobres, viven en soledad estructural. Mantener programas existentes como Vínculos implica que son transitorios, focalizados y sin cobertura nacional ni atención a la soledad estructural.

Buenas Prácticas Internacionales para Abordar la Soledad
En el ámbito internacional, países como Reino Unido, Japón y Canadá han desarrollado políticas estructurales para enfrentar la soledad. Reino Unido posee una estrategia nacional y una Subsecretaría dedicada a este tema. Japón integró el acompañamiento comunitario en su sistema de cuidados domiciliarios, y Canadá financia programas de voluntariado para adultos mayores.
Propuesta: Programa de Acompañamiento Directo a Adultos Mayores en Situación de Soledad (PADAMS) en Chile
Justificación y Objetivos de PADAMS
Más de medio millón de personas mayores en Chile viven solas, lo que incrementa riesgos de deterioro físico, emocional y cognitivo. La experiencia internacional muestra que los programas de acompañamiento tienen impactos positivos en la calidad de vida y sostenibilidad de los sistemas de salud. La propuesta busca establecer legalmente el Programa de Acompañamiento Directo a Adultos Mayores en Situación de Soledad (PADAMS) como función esencial del SENAMA.
El PADAMS no reemplaza redes familiares ni servicios clínicos; complementa ambos, siendo un canal de alerta, contención y conexión social. Promueve una cultura del cuidado, la corresponsabilidad y la solidaridad activa hacia quienes envejecen en soledad. Se proyecta que PADAMS podría beneficiar inicialmente a unas 200.000 personas mayores que viven solas, equivalente al 37% del total.
Los Objetivos de Desarrollo Sostenible - qué son y cómo alcanzarlos
Marco Legal y Constitucional del PADAMS
La Ley N.º 19.828 (Crea el SENAMA) no contempla la soledad como obligación estatal. Sin embargo, la Ley N.º 21.430 (Derechos de la niñez) establece precedentes de protección específica por grupo etario. Este contexto jurídico habilita la incorporación del PADAMS como política pública de carácter obligatorio, universal y con enfoque de derechos, superando el enfoque asistencial o voluntario de los programas actuales.
Esta propuesta versa sobre la modificación de una ley de rango ordinario y afecta materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, al asignar nuevas funciones al SENAMA, por lo que su tramitación corresponde mediante mensaje presidencial. Es plenamente constitucional al estar orientada al cumplimiento del deber del Estado de proteger a las personas mayores, conforme al artículo 1° inciso final y al artículo 19 N.º 1 y N.º 9. Además, se alinea con la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, ratificada por Chile en 2017.
Detalles de Implementación y Aspectos Operacionales
La estrategia elegida es incorporar PADAMS a la Ley N.º 19.828, lo que asegura su continuidad, lo transforma en función legal del SENAMA y permite fiscalización y financiamiento estatal. Será función permanente del Servicio implementar el Programa de Acompañamiento Directo a Adultos Mayores en Situación de Soledad (PADAMS), cuyo objetivo principal es:
- Establecer contacto telefónico regular, personalizado y continuado con personas mayores de 60 años que vivan solas o se encuentren en situación de aislamiento social.
- Crear una línea telefónica de emergencia para que los adultos mayores que vivan solos se puedan poner en contacto con el Programa.
El Programa PADAMS será implementado mediante llamadas telefónicas y la creación de una línea telefónica de emergencia. La selección de beneficiarios se basará en criterios territoriales, etarios y sociales, definidos mediante reglamento. Una Disposición Transitoria establece que el reglamento que regule el funcionamiento del Programa PADAMS deberá dictarse en un plazo máximo de 180 días desde la publicación de esta ley.
Referencias
- (1). Instituto Nacional de Estadísticas. (2022). Proyecciones de población por sexo y edad 2022-2050.
- (2). Ministerio de Desarrollo Social y Familia. (2022). Encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional (CASEN) 2022.
- (3). Observatorio del Envejecimiento UC-CONFUTURO. (2022). Personas mayores que viven solas en Chile: aislamiento social y desafíos del envejecimiento.
- (4). Servicio Nacional del Adulto Mayor. (s.f.). Programas y acciones institucionales.
- (5). Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. (2002). Ley N.º 19.828 Crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor.
- (6). Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. (2022). Ley N.º 21.430 Establece la Ley de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia.
- (7). Organización de los Estados Americanos. (2015). Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
- Universidad de Chile, Facultad de Gobierno. (2021). Informe sobre envejecimiento y políticas públicas en Chile.
- Fundación Conecta Mayor UC. (2022). Programa de acompañamiento telefónico a personas mayores solas: Resultados piloto 2020-2022.
- Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. (2020).