La Reforma Previsional en Chile: Un Hito Social y Económico

La reforma previsional, promulgada durante el primer gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, marcó un antes y un después en el sistema de pensiones chileno, siendo considerada el cambio más significativo desde la creación de las AFP en 1980. Esta iniciativa, lejos de beneficiar a un grupo específico, fue concebida como un avance para Chile en su conjunto, buscando dignificar la vida dedicada al trabajo de todos sus ciudadanos, sin importar su situación económica o laboral.

Principales Enseñanzas y Consensos Políticos

La Presidenta Bachelet destacó que la elaboración y tramitación de esta reforma dejó importantes lecciones políticas, resumiéndolas en que "así nos quiere ver la ciudadanía: enfrentando seriamente los problemas del país y encontrando las respuestas constructivas que le hacen bien a Chile y a su gente". Enfatizó la necesidad de diálogo y propuestas sobre la confrontación y descalificaciones, un espíritu que también permitió aprobar acuerdos en educación y seguridad ciudadana, y avanzar en la agenda de probidad y transparencia.

La aprobación de esta ley fue un triunfo de la inteligencia, la creatividad, la reflexión madura y profesional, la capacidad técnica y la laboriosidad del gobierno y de sus parlamentarios. La Jefa de Estado agradeció la labor de los parlamentarios de gobierno y oposición, señalando que, aunque era fácil caer en el populismo a costa de los sueños de los abuelos, se optó por garantizar derechos sociales, una opción clara y definitiva.

Pilares del Sistema de Pensiones Solidarias

El Pilar Solidario, creado con la Reforma Previsional de 2008, buscó incrementar las pensiones de las personas más vulnerables. Este pilar estableció dos instrumentos clave para la población de menores ingresos, inicialmente el 40% y luego ampliado al 60%:

  • Pensión Básica Solidaria (PBS): Dirigida a quienes no tenían derecho a jubilación en ningún régimen previsional (es decir, nunca cotizaron en una AFP).
  • Aporte Previsional Solidario (APS): Un complemento para quienes cotizaron alguna vez en una AFP pero cuyas jubilaciones resultaban muy bajas.

Tanto la PBS como el APS contaban con versiones de vejez (PBSV y APSV, para hombres y mujeres mayores de 65 años) y de invalidez (PBSI y APSI, para quienes debían jubilarse antes por invalidez). A partir del 1 de julio de 2008, los beneficiarios más vulnerables sin ahorros previsionales accedieron gradualmente a una PBS con un valor inicial de $60.000. Para quienes cotizaron insuficientemente, el Estado entregó un suplemento (APS), garantizando una pensión máxima de $70.000 a partir de julio de 2008.

Infografía: Beneficios del Pilar Solidario

Evolución hacia la Pensión Garantizada Universal (PGU)

A partir de febrero de 2022, el sistema evolucionó hacia la Pensión Garantizada Universal (PGU), durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera, reemplazando la PBS y el APS. La PGU se ha consolidado como el primer piso de la seguridad social, cubriendo actualmente al 90% más vulnerable de la población mayor de 65 años. Inicialmente, la PGU partió en $185.000 en febrero de 2022, ajustándose anualmente según la variación del IPC. Para febrero de 2025, el monto será de $224.004.

Desde enero de 2023, la ley 21.538 amplió la cobertura de la PGU a 70 mil nuevos beneficiarios. Al cierre de 2023, el número total de beneficiarios del sistema de pensiones solidarias, incluyendo la PGU, subió a 2.4 millones, representando la PGU el 81% del total.

Tipos de PGU

  • PGU No Contributiva: Para personas nunca afiliadas a un sistema previsional, similar a la antigua PBS.
  • PGU Contributiva: Para quienes cotizaron alguna vez o recibían pensión de sobrevivencia, similar al antiguo APS.

Al cierre de 2023, la PGU No Contributiva representó el 24% (470.941 beneficiados), mientras que la PGU Contributiva alcanzó el 76% (1.5 millones de personas).

Beneficios Específicos y Enfoque de Género

La reforma previsional de 2008 y sus actualizaciones han tenido un marcado enfoque de género:

  • Bono por Hijo: Otorga un bono por cada hijo nacido vivo (o adoptado/dado en adopción) a todas las mujeres que perciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia al cumplir 65 años, y a todas las beneficiarias del Pilar Solidario. Este bono equivale al 10% de 18 salarios mínimos.
  • Cónyuge Hombre como Beneficiario: Se incluye como beneficiario de pensión de sobrevivencia generada por la mujer a su cónyuge hombre.
  • Compensación a mujeres por mayor expectativa de vida: Un nuevo beneficio dirigido a mujeres que busca corregir las brechas de género en el sistema de pensiones.

En el caso de las mujeres que se han beneficiado del Pilar Solidario, el 28% lo obtuvo entre los 65 y 70 años. Las cifras de 2023 muestran que el 58% de los beneficiarios del Pilar Solidario son mujeres. Además, casi tres de cada cuatro (72%) afiliados a PGU no contributiva son mujeres, subrayando la importancia de estos beneficios para cerrar la brecha de género en pensiones.

Mejoras en el Sistema de AFP y Ahorro Previsional

La reforma también introdujo medidas para aumentar la competencia y reducir costos en el sistema de AFP, además de fomentar el ahorro previsional:

  • Licitaciones de Afiliados: Se realizarán licitaciones entre las AFP para los nuevos afiliados, y cada dos años se licitará el 10% de los afiliados existentes, adjudicándose a la AFP que ofrezca la menor comisión.
  • Eliminación de Comisiones Fijas: Se eliminan las comisiones fijas por cotización, retiros y transferencia de saldo para facilitar la comparación de precios entre administradoras.
  • Comisiones Variables: Las comisiones ahora serán variables y estarán vinculadas al rendimiento del fondo. Si el fondo genera pérdidas, las comisiones disminuirán un 15%; si obtiene ganancias, pueden aumentar hasta en un 15%.
  • Ampliación de Alternativas de Inversión: Para una mayor rentabilidad de los fondos de pensiones, se amplían las alternativas de inversión en Chile y en el exterior (hasta un 80%), y se flexibiliza el régimen de inversiones, dejando solo 5 límites establecidos por ley.
  • Incentivos al Ahorro Voluntario: Se mantiene el beneficio tributario al APV y se crea un nuevo incentivo dirigido a la clase media, beneficiando a quienes perciban rentas de hasta 1.5 millones mensuales.
  • Fondos Generacionales: El sistema de multifondos será reemplazado por fondos generacionales, que ajustarán su perfil de inversión según la edad del afiliado, reduciendo el riesgo a medida que se aproxima la jubilación.
Gráfico: Rentabilidad de los fondos de pensiones en Chile

Inclusión de Trabajadores Independientes y Cobertura de Cesantía

La reforma también abordó la situación de los trabajadores independientes, igualando sus derechos y obligaciones de cotización respecto a los trabajadores dependientes. Tendrán acceso a todos los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias, a la Asignación Familiar, podrán afiliarse a las Cajas de Compensación y estarán protegidos por la ley de accidentes del trabajo. Se han simplificado los mecanismos de cotización para independientes, permitiendo pagos automáticos y la posibilidad de que familiares directos contribuyan.

Además, se amplió el Seguro de Lagunas Previsionales, un nuevo beneficio que comenzó a regir el 1 de mayo de 2025. Este permite que todas las personas que reciban el Seguro de Cesantía, sin importar el tipo de fondo, tengan cubiertas sus cotizaciones previsionales mientras estén desempleadas. Las cotizaciones son financiadas por el Fondo de Cesantía Solidario, triplicando el número de beneficiados de 395 mil a más de 1.4 millones al año.

Rol del Instituto de Previsión Social (IPS)

Para la administración de este nuevo sistema, se creó el Instituto de Previsión Social (IPS), responsable de la administración del Sistema de Pensiones Solidarias, de los regímenes previsionales que administraba el INP y de los Centros de Atención Previsional Integral. El IPS, a través de un proveedor especializado, realizará la recaudación de las cotizaciones.

Obligaciones de Empleadores

Los empleadores o entidades pagadoras de subsidios deben declarar y pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente. Si el pago se realiza por medios electrónicos, el plazo se extiende hasta el día 13. La obligación de cotizar al Seguro Social Previsional (SSP) se extingue cuando el trabajador se pensiona por vejez o invalidez total.

Desafíos y Perspectivas Futuras

A pesar de los avances, la reforma previsional no estuvo exenta de críticas, especialmente en torno a la edad de jubilación de las mujeres. Algunos sectores expresaron preocupación por la "voluntariedad" de retrasar la jubilación, argumentando que en un contexto de precariedad laboral, subcontratación, brecha salarial y doble jornada, esta "voluntariedad" se convierte en una ficción. La necesidad de terminar con el negocio de las AFP y de transformar profundamente las condiciones de precariedad sigue siendo una demanda clave para asegurar pensiones dignas, especialmente para las mujeres, quienes mayoritariamente reciben jubilaciones inferiores o iguales a los $150.000.

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