Asesores de Tributación y Pensiones: Información Integral

Las y los asesores previsionales desempeñan un rol fundamental al orientar a las personas afiliadas al sistema de AFP en la toma de decisiones cruciales al momento de pensionarse. Este servicio, que puede ser ofrecido tanto por personas naturales como por instituciones, se formaliza mediante un contrato entre el asesor y el afiliado o sus beneficiarios, rigiéndose por las normativas de la Superintendencia de Pensiones.

Se trata de un servicio remunerado, cuyo costo no puede exceder el 1,5% de los fondos destinados a pensión, con un tope máximo de 60 Unidades de Fomento (UF). La labor de estos asesores está sujeta a la supervisión de la Superintendencia de Pensiones, entidad encargada de autorizar a quienes acrediten su idoneidad y de mantener un registro actualizado de los profesionales y entidades habilitadas para ejercer esta actividad.

Ilustración de un asesor financiero guiando a una persona mayor frente a un gráfico de jubilación.

Funciones y Supervisión de los Asesores Previsionales

La principal función de los asesores previsionales es guiar a las personas afiliadas al sistema de AFP e Instituto de Previsión Social (I.N.P.) en la toma de decisiones relacionadas con la preparación y educación previsional, facilitando así la planificación y el trámite de su pensión. Estos profesionales operan bajo la estricta supervisión de la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero, organismos que validan su idoneidad y mantienen un registro de los asesores autorizados.

Las Entidades de Asesoría Previsional y los Asesores Previsionales son personas jurídicas y naturales cuyo objetivo es brindar asesoría personalizada a los afiliados y beneficiarios del sistema de pensiones, regulado por el D.L. N° 3.500 de 1980. Su labor abarca todos los aspectos relevantes de la situación particular del afiliado, permitiéndole tomar decisiones informadas sobre las prestaciones y beneficios del sistema, incluyendo la intermediación de seguros previsionales.

Para ejercer, tanto las Entidades como los Asesores Previsionales deben estar registrados en el Registro de Asesores Previsionales, establecido en el artículo 172 del D.L. Ambos responden por culpa leve en el cumplimiento de sus funciones y están obligados a indemnizar los perjuicios que ocasionen a los afiliados o beneficiarios.

Obligaciones y Alcance de la Asesoría Previsional

  • Informar, asesorar y orientar al afiliado o sus beneficiarios, considerando integralmente su situación particular para la toma de decisiones informadas, tanto durante el período de acumulación de fondos como al momento de pensionarse.
  • En caso de que el afiliado o sus beneficiarios cumplan los requisitos para pensionarse, o se trate de un pensionado bajo retiro programado, la asesoría debe incluir detalladamente las modalidades para hacer efectiva la pensión según el artículo 61 del D.L.
  • Evaluar la situación previsional del pensionable y sus beneficiarios legales, solicitando declaraciones sobre la existencia de beneficiarios y la entrega de certificados, o tramitando su obtención.
  • En caso de que el solicitante cumpla los requisitos para obtener pensión de invalidez, el asesor debe informar sobre el derecho a acceder a dicha pensión con la misma compañía de seguros obligada a efectuar el pago del aporte adicional.
  • Informar a los clientes el monto de los honorarios o comisiones, los cuales no pueden exceder el máximo establecido en el artículo 179 del D.L.

Los socios, accionistas, administradores y representantes legales de una Entidad de Asesoría Previsional, así como sus dependientes y las personas naturales inscritas, no pueden otorgar incentivos o beneficios adicionales a los propios de la asesoría, ya sea directa o indirectamente, ni siquiera a título gratuito.

Infografía detallando los pasos para solicitar una pensión y el rol del asesor previsional.

Contratos y Normativas para la Asesoría Previsional

Para la prestación de servicios de asesoría previsional, es obligatorio celebrar un contrato de prestación de servicios entre el Asesor o la Entidad de Asesoría Previsional y el afiliado o sus beneficiarios. Este contrato debe detallar los derechos y obligaciones de ambas partes, y su contenido mínimo se ajusta a lo dispuesto en los Anexos N°s. 1 y 2 de la normativa, según corresponda a la asesoría durante la vida activa del afiliado o al momento de pensionarse.

Se debe suscribir un contrato de asesoría previsional por cada trámite específico. Los Asesores o Entidades que presten servicios en dependencias de terceros deben mantener una estricta independencia, evitando la confusión de su gestión con el negocio o servicio de la entidad anfitriona. En el ejercicio de sus funciones, deben actuar con absoluta prescindencia de la participación de personas ajenas y no autorizadas.

En la oferta, promoción y publicidad de sus servicios, los asesores deben velar por el derecho del afiliado a decidir libremente la contratación de servicios y la elección del asesor. Toda publicidad e información debe ser veraz y no inducir a interpretaciones inexactas sobre la realidad de los servicios ofrecidos. La Superintendencia de Pensiones debe recibir un ejemplar de toda publicación publicitaria.

Asesoría Previsional a través de Plataformas Digitales

Las Entidades de Asesoría Previsional y los Asesores Previsionales pueden ofrecer sus servicios a través de un Sitio Web, permitiendo la recepción de solicitudes, suscripción de contratos, entrega de informes, consultas y respuestas. Este sitio no debe contener publicidad ni enlaces a otros sitios que puedan generar beneficios ajenos a la asesoría previsional.

El diseño del sitio web debe asegurar la autonomía e imagen propia del asesor o entidad, evitando confusiones. No podrá publicitar Administradoras de Fondos de Pensiones, Compañías de Seguros o Instituciones Autorizadas para Ahorro Previsional Voluntario específicas.

El sitio web debe mostrar claramente la identificación del asesor o entidad propietaria, sus representantes legales, su número de inscripción en el Registro de Asesores y la circunstancia de contar con una garantía para responder por el cumplimiento de sus obligaciones y los perjuicios que pudieran ocasionar. La suscripción del contrato de asesoría en línea debe incluir una opción explícita de aceptación por parte del afiliado o beneficiario, con respaldo auditable.

Cada requerimiento del usuario deberá ser confirmado con un mensaje de aceptación y registro de la fecha. Se deben implementar mecanismos de seguridad, como claves de acceso, para realizar operaciones. El sitio web debe contar con un certificado de sitio web seguro, emitido por una entidad certificadora reconocida, cumpliendo con estándares nacionales e internacionales de encriptación.

Los sitios web deberán disponer de respaldos inalterables por al menos cinco años, que acrediten fehacientemente las transacciones realizadas. Los asesores o entidades deben asegurar que el diseño del sitio web no cause confusión en los afiliados, manteniendo permanentemente su propia imagen y autonomía.

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Reformas Previsionales y Obligaciones Tributarias

A partir de 2012, con la reforma previsional, se estableció la obligación para los trabajadores a honorarios de cotizar para pensiones y seguros de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Inicialmente existió la posibilidad de eximirse de esta obligación para los años tributarios 2013, 2014 y 2015, pero desde enero de 2015, la cotización se volvió obligatoria sin excepciones.

Existen ciertas exenciones a esta obligación, como para quienes perciban rentas por participaciones de sociedad de profesionales, estén afiliados a instituciones del sistema antiguo de previsión (Capredena, Dipreca, IPS), mujeres mayores de 50 años y hombres mayores de 55 años al 1 de enero de 2012, aquellos que hayan expresado su opción de no cotizar en el sitio web del SII, o pensionados por vejez, vejez anticipada o invalidez total.

La renta imponible se considera el 80% de las rentas brutas gravadas por el art. 42, N°2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) obtenidas en el año calendario anterior. Las cotizaciones incluyen un porcentaje para la AFP y un 0,95% para el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la ley N° 16.744, más una tasa adicional según la actividad desarrollada.

Declaración de Impuestos en Chile

La declaración de impuestos anual es una obligación tanto para personas naturales como para empresas. Se realiza a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII), requiriendo Clave Secreta y/o Certificado Digital. El SII ofrece capacitaciones gratuitas y la posibilidad de contratar un contador para asegurar la correcta declaración.

Los principales formularios utilizados son:

  • Formulario 22 (Impuestos Anuales a la Renta): Cubre tributos como el de primera categoría, reliquidación del impuesto único y el global complementario, aplicable a rentas recibidas en el último año tributario. Aplica a personas naturales con ingresos superiores a 12,5 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
  • Formulario 29: Se utiliza para declarar y pagar el IVA, retenciones de 2ª categoría, pagos provisionales mensuales (PPM) de 1ª categoría y retenciones del 10% de actividades con fines de lucro.
  • Formulario 50: Cumple diversas normativas tributarias y su correcta aplicación puede requerir asesoría profesional debido a la complejidad de las leyes vinculadas.

Realizar la declaración de impuestos por cuenta propia puede ser complejo y susceptible a errores que generen multas. Por ello, contar con la asesoría de un contador es de suma importancia para asegurar una declaración correcta y evitar pagos excesivos.

Impuesto a la Renta

El Impuesto a la Renta es un tributo fundamental que deben pagar personas y empresas que perciban renta por sus actividades profesionales en abril de cada año, con ciertas excepciones. El trámite puede realizarse de forma presencial u online, siendo esta última opción la más práctica. El sistema del SII genera automáticamente una propuesta de declaración de renta, la cual puede requerir la adición de datos faltantes.

Declaran la renta todas las empresas, y personas que:

  • Hayan presentado boletas de honorarios a sus clientes.
  • Tuvieron más de un jefe (de distintas empresas), o dos pensiones, o una pensión y un empleador.
  • Calificaron para las rentas presuntas (propietarios de predios agrícolas).
  • Hayan optado por algún beneficio fiscal que otorgue devolución de impuestos.

Se recomienda tener paciencia y preparar la información necesaria antes de iniciar el proceso de declaración. Es crucial estar al tanto de los plazos y fechas límite establecidos por el Estado.

Cálculo y Pago del IVA en Chile

El Impuesto al Valor Agregado (IVA), con una tasa del 19%, es una obligación tributaria clave para las empresas que realizan ventas o prestan servicios. El cálculo se basa en las ventas netas, restando el crédito fiscal correspondiente al 19% de las compras con factura.

Los documentos utilizados para el cálculo son facturas (con y sin IVA) y boletas emitidas. Para calcular el IVA de montos que ya lo incluyen, se divide la cantidad total entre 1,19. Si el IVA no está sumado, se multiplica el total por el 19%. Para simplificar este cálculo, existen calculadoras online, pero se recomienda la asesoría de un contador para una mayor precisión.

El pago del IVA se realiza en línea a través del sitio web del SII, en la sección "Servicios Online", opción "Impuestos Mensuales", y luego "Declarar IVA (F29)". La fecha límite para el pago en línea es el 20 del mes siguiente al que se declara, y de forma presencial, el 12 del mismo mes.

Régimen de Contabilidad Completa y Simplificada

El régimen de contabilidad permite a los contribuyentes declarar y pagar impuestos basándose en sus ingresos netos anuales, facilitando la gestión contable de forma electrónica. Un contador puede ayudar a definir el régimen más adecuado según las necesidades de cada empresa.

Los requisitos para la contabilidad simplificada incluyen un promedio de ingresos anuales no superior a 3.000 UTM en los últimos tres ejercicios, no poseer derechos sociales o acciones de sociedades, ser una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), tener un capital efectivo no superior a 6.000 UTM al inicio de operaciones, y ser contribuyente del IVA.

Las ventajas de la contabilidad simplificada radican en la simplicidad de las declaraciones de renta y IVA, la mínima cantidad de declaraciones juradas, y la no necesidad de llevar el registro del Fondo de Utilidad Tributaria (FUT). Los gastos relacionados con la mercancía o herramientas de producción se descuentan automáticamente de los impuestos.

La contabilidad completa, por otro lado, es obligatoria para aquellos contribuyentes que deben pagar impuestos basándose en la Renta Efectiva y no han obtenido autorización para llevar contabilidad simplificada. Esta modalidad requiere un registro más exhaustivo de ingresos y egresos, libros contables como el diario, mayor, de compras y ventas, y balances.

Tabla comparativa entre los requisitos y obligaciones de la contabilidad simplificada y la tradicional.

Impuestos que Pagan las PyMEs

Las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) están sujetas a diversos impuestos, entre ellos el IVA, el impuesto a la renta y los pagos provisionales mensuales (PPM). Otros tributos pueden aplicar, como el impuesto para renovar patentes comerciales, cuyo pago se divide en dos cuotas y se basa en el Capital Propio Tributario (CPT) de la empresa.

El Impuesto Global Complementario (IGC) se calcula según los ingresos de la empresa. El Impuesto Único al Trabajo, aunque aplica a los trabajadores, es responsabilidad de las empresas retener y declarar ante el SII.

Es fundamental determinar la categoría tributaria y el tipo de sociedad para conocer las obligaciones fiscales. La Ley de la Renta clasifica a los contribuyentes en:

  • Primera categoría: Personas jurídicas que obtienen rentas del capital, actividad comercial e industrial, entre otras.
  • Segunda categoría: Contribuyentes que perciben sueldos, pensiones, honorarios, etc.

Para formalizar un emprendimiento ante el SII, es necesario inscribirse en el RUT y concretar el inicio de actividades, marcando el inicio del ciclo de vida tributario de la pyme. Además de los impuestos, las pymes deben cumplir con todos los trámites legales exigidos por el Estado.

Declaración de Impuestos de Honorarios

Para declarar impuestos de honorarios, es necesario saber cómo emitir boletas de honorarios, ya sean personas naturales o jurídicas. Se debe llevar un registro de todas las facturas emitidas a los clientes y sumar los ingresos percibidos en el año fiscal para realizar los cálculos correspondientes. Ante la complejidad de las normativas tributarias, se recomienda la asesoría de un contador.

Proceso de Acreditación y Registro de Asesores Previsionales

Los asesores previsionales operan bajo la supervisión de la Superintendencia de Pensiones (SP), la cual acredita sus capacidades y mantiene un registro de los profesionales y entidades autorizados. Es posible consultar la nómina de asesores vigentes en el sitio web de la SP.

Para inscribirse y registrarse como asesor previsional, es requisito rendir la prueba de acreditación de conocimientos previsionales y seguros. Esta prueba se realiza dos veces al año, en fechas informadas por la institución. La inscripción se realiza en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP) con la ClaveÚnica.

La renovación del documento de acreditación se realiza anualmente a través del sitio web de la SP, con la ClaveÚnica. El proceso de renovación, que incluye la presentación de un formulario y la garantía correspondiente, está disponible del 1 al 30 de septiembre de cada año, y el documento debe actualizarse a partir del 1 de agosto.

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