El Precedente de Antofagasta: María Angélica Ojeda y el Retiro de Fondos de AFP

El caso de María Angélica Ojeda González, una profesora de matemáticas de Antofagasta, marcó un hito significativo en el debate sobre el sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en Chile. Su lucha por retirar la totalidad de sus ahorros previsionales no solo puso de manifiesto las deficiencias del sistema, sino que también sentó un precedente judicial que resonó a nivel nacional.

Foto de María Angélica Ojeda, profesora y activista, en un contexto de protesta o entrevista

Una Jubilación Insuficiente: El Origen de la Lucha

El día que María Angélica Ojeda recibió su primera jubilación, la realidad golpeó con crudeza. Tras trabajar desde 1987 como profesora de matemáticas, con solo una laguna de cesantía de dos años, ella esperaba tener una pensión cercana a los 400 mil pesos mensuales. Sin embargo, ese día supo que recibiría solo 185 mil pesos mensuales.

“Me dio ataque de llanto en la calle, era para llorar. El primer monto que vi era de 362 mil, o algo así, pero cuando vi bien la colilla de pago, era mucho menos, pues me habían pagado dos meses, es decir, que por mes era mucho menos. No podía ser. Es tan duro darte cuenta de esa realidad”, comenta Ojeda. Su jubilación de 185 mil pesos mensuales contrastaba drásticamente con los 1.200.000 pesos que recibía en su último año laboral, dejando en evidencia la insuficiencia de las pensiones del sistema.

La situación financiera de la profesora era aún más precaria, ya que el dividendo de su casa era de 212 mil pesos, superando su ingreso mensual por jubilación. “Entonces ni siquiera alcanza para pagar mi casa, y tampoco mis cuentas, mi comida, nada”, cuenta Ojeda, quien debía subsistir con ayuda de su familia y una pequeña pensión de viudez de 65 mil pesos. Esto la obligaba a considerar medidas extremas, como arrendar su casa, idea que su hija desestimó al ofrecerle apoyo económico.

Perfil y Compromiso: María Angélica Ojeda

Además de vicepresidenta del Colegio de Profesores comunal de Antofagasta, la ciudad donde trabajó y envejeció, María Angélica es viuda y tiene dos hijas. Vive sola, pero con múltiples ocupaciones: nadar en la piscina, caminar por su ciudad, ir al cine, leer y reunirse con su club de lectura. Sin embargo, su activismo ocupa un lugar central en su vida, pues desde hace cinco años protesta contra el sistema de AFP en su ciudad.

Como dirigenta de los docentes de Antofagasta, Ojeda participa activamente en el movimiento No Más AFP. Ella siempre ha creído que "si la gente no se organiza para resolver sus problemas, no lo va a resolver de forma individual". Inspirada por esta convicción, se propuso ser "la esperanza, la luz, para que los pensionados cambien su situación", especialmente solidaria con las mujeres, quienes históricamente reciben pensiones más bajas que los varones.

La Estrategia Legal: Un Recurso de Protección Inédito

El movimiento No Más AFP, en su estrategia nacional, decidió solicitar a las AFP la devolución de los fondos, anticipando una negativa para luego interponer recursos de protección. De los 14 recursos presentados en cada región por el movimiento, nueve fueron admitidos.

Para su caso, Ojeda decidió participar en un recurso de protección, el cual fue presentado por su abogado. "Vieron que en mi caso ganaba muy poco como jubilada. El dividendo de mi casa era mayor incluso a lo que yo ganaba", explicó. El recurso apelaba, principalmente, a que los fondos eran propiedad privada de la profesora, y por tanto, ella exigía retirarlos de la AFP Cuprum, donde cotizó, ante la urgencia por pagar su casa y sus necesidades básicas. “Esto, porque uno ahorra sus fondos previsionales, pero la verdad uno no puede disponer de ellos, y cuando uno tiene una propiedad, uno puede disponer de ella, disfrutarla, usarla o venderla. Pero con nuestros fondos previsionales no ocurre lo mismo”, argumentó.

Esquema o infografía explicando el concepto de

Los Fallos Judiciales y sus Implicaciones

La Decisión de la Corte de Apelaciones de Antofagasta

El 17 de septiembre, la Corte de Apelaciones de Antofagasta se pronunció acogiendo los argumentos del recurso de protección interpuesto por la profesora María Angélica Ojeda González. En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Óscar Clavería Guzmán, Virginia Soublette Miranda y el abogado (i) Fernando Orellana Torres- acogió la acción cautelar tras establecer el actuar arbitrario de la AFP al denegar el giro íntegro de los fondos acumulados durante los años trabajados.

La Corte determinó que Cuprum debía girar a Ojeda todos los fondos que tenía en la administradora. El fallo argumentó: “No puede concluirse que exista sensatez o medidas adecuadas en el Sistema de Pensiones respecto de una trabajadora que a la luz de las cotizaciones efectuadas que equivalen nada menos que al 10% de su remuneración, durante dieciocho años, no le permitan una jubilación suficiente para sufragar su crédito hipotecario, manteniendo sí, el lucro de las Administradoras de Fondos de Pensiones como también el de Bancos e Instituciones financieras para adquirir una vivienda, lo que significa que su detrimento ha sido en beneficio de estas instituciones sin la debida correspondencia, no obstante el imperativo del Constituyente en su artículo 19 N° 18 que establece la garantía fundamental del Derecho a la Seguridad Social”.

La Intervención del Tribunal Constitucional

Tras el fallo de la Corte de Apelaciones, el caso escaló al Tribunal Constitucional (TC). Este martes 24 de febrero, el TC decidió acoger en trámite el caso de Ojeda, solicitando su pronunciamiento. Posteriormente, la Segunda Sala del Tribunal Constitucional, en resolución unánime, declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido.

Este tipo de iniciativas tomó fuerza a partir de recursos presentados en distintas ciudades del país por el Movimiento No+AFP, y el objetivo de Ojeda avanzó con el pronunciamiento del TC. El tribunal explicó que, de conformidad a lo prescrito en la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, se conferirá traslado por veinte días a las partes de la gestión, al Presidente de la República, al Senado y a la Cámara de Diputados.

En caso de fallarse a favor de la profesora, este precedente podría marcar el principio del fin de las AFP tal como se conocen hasta ahora, pues cualquier otro pensionado podría exigir el retiro de sus fondos anticipadamente, como ya sucede en Perú.

La Voz de la Protagonista: Esperanza y Lucha por la Dignidad

A pesar de las adversidades, María Angélica Ojeda mantiene la fe en el cambio. “Sí, tengo fe. El Tribunal va a tener que decidir esto. Y nosotros estamos hiriendo el corazón mismo del capital en Chile”, afirma. Su objetivo es que las personas puedan disponer de sus recursos libremente, especialmente aquellos que enfrentan situaciones de vulnerabilidad, como enfermedades terminales, donde la expectativa de vida se reduce drásticamente.

Ella enfatiza la dura realidad de los pensionados: “nosotros los pensionados no podemos vivir con la jubilación. Nos obligan a seguir trabajando, y uno ya no está con la misma energía ni con el mismo entusiasmo. Yo creo que uno se debiera pensionar para disfrutar, para hacer lo que no pudiste hacer antes, cuando trabajabas”. Ojeda, aunque puede realizar actividades como ir a la piscina y pertenecer a un club de lectura, piensa en aquellos que no tienen su misma situación o la ayuda familiar que ella recibe.

Reacciones y Debate Nacional

El caso de María Angélica Ojeda generó una ola de reacciones en el ámbito político, económico y social.

  • Ministros del Gobierno: Ministros como Nicolás Monckeberg y Felipe Larraín expresaron su preocupación, advirtiendo que este tipo de fallos podría "quebrar las AFP". La ministra vocera de gobierno, Karla Rubilar, aunque señaló que el TC había sido claro en que esto no se podía hacer, abrió la puerta a una posible reforma constitucional vía Parlamento si existía el apoyo político suficiente.
  • Industria de las AFP: La Asociación de AFP, a través de su gerente general Fernando Larraín, comentó que "todavía hay procesos en curso", oponiéndose al retiro bajo el argumento de que esos ahorros son exclusivamente para la pensión.
  • Superintendencia de Pensiones: Emitió un comunicado afirmando que lo conveniente es “mantener el ahorro previsional con la finalidad única de financiar las pensiones al momento del retiro laboral”.
  • Expertos Legales: El debate entre juristas fue intenso. José Manuel Díaz de Valdés, académico de la UC y la UDD, consideró "grave" que la Corte de Apelaciones ordenara la devolución del dinero "contra el texto de la ley". Por su parte, Javier Couso, académico UDP y de la Universidad de Utrecht, tuvo una opinión totalmente distinta, creyendo que la Corte Suprema ratificaría el fallo de Apelaciones por la manera en que fue planteado.
  • Observatorio Judicial: Este centro de estudios analizó el comportamiento de la Tercera Sala del TC, indicando que en casos anteriores similares, había rechazado recursos de protección, lo que sugería una revocación de la sentencia de Antofagasta.
  • Debate en el Congreso: El caso reavivó el debate sobre la propiedad de los fondos de pensiones. Parlamentarios de la DC, el año pasado, presentaron indicaciones al proyecto de reforma de pensiones para que los afiliados pudieran retirar fondos para pagar créditos hipotecarios, aunque no fue aprobado. El gobierno también ha evaluado la posibilidad de modificar la legislación para casos excepcionales, como enfermedades terminales, para que, sin un retiro anticipado per se, los afiliados puedan recibir pensiones más altas.

María Angélica Ojeda, la profesora de Antofagasta, se convirtió en un ícono de esta lucha, y su caso es revisado por el Tribunal Constitucional, un paso crucial que determinará el futuro de esta emblemática demanda.

Otros Casos Similares

El caso de Ojeda no es el único. Iniciativas similares han surgido en otras regiones, como el caso de Talca. La Segunda Sala del Tribunal Constitucional también acogió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido por la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Talca, donde el juez expuso una contradicción de la norma con el derecho de propiedad de los trabajadores, "al punto que su capitalización no puede utilizarla en su propio beneficio para salir de una solvencia sobreviniente". Estos casos en conjunto han fortalecido la presión sobre el sistema de AFP y el Poder Judicial.

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