La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en Argentina gestiona una variedad de pensiones y beneficios, entre los cuales se encuentran aquellos destinados a hijos, incluyendo las hijas solteras, bajo ciertas condiciones específicas. El proceso y los requisitos pueden variar según el tipo de pensión a la que se aspire. A continuación, se detallan las condiciones para acceder a estas prestaciones y los pasos para su solicitud.

Pensión por Fallecimiento: Beneficiarios e Hijos Solteros
La pensión por fallecimiento es un beneficio que se conoce como “derivada”, ya que los familiares del causante (jubilado o trabajador en actividad fallecido) pasan a tener el derecho a cobrar una pensión que deriva de la jubilación o los aportes de la persona fallecida. Este beneficio puede ser solicitado por cónyuges, convivientes o hijos.
Requisitos Generales para Hijos Solteros
Para que los hijos puedan acceder a la pensión por fallecimiento, la ANSES establece los siguientes requisitos:
- Ser menor de 18 años y soltero.
- No cobrar otra prestación previsional.
- En los casos en que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar, no hay límite de edad. Es fundamental que el hijo incapacitado haya estado a cargo del jubilado o trabajador fallecido.
Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo de convivencia para el conviviente se reduce a dos años.
Monto y Distribución de la Pensión por Fallecimiento
Para establecer el monto total de una pensión, primero se determina cuánto le correspondería cobrar a la persona que falleció. El 70% del haber de la jubilación que percibía la persona fallecida se destina a los beneficiarios. En caso de múltiples beneficiarios:
- El cónyuge o conviviente cobra el 50% de ese haber.
- El 20% es para cada hijo.
La suma de las pensiones de todos los beneficiarios no podrá exceder el 100% de lo que cobraba la persona fallecida. En ese caso, deberá recalcularse manteniéndose las mismas proporciones. Si alguno de los titulares perdiera el derecho a cobrar, se recalculará el monto correspondiente a los demás.
Es importante señalar que, luego de cumplidos los 18 años del hijo, el importe de la pensión de la viuda se recalculará (acrecerá) sumando el 20%, alcanzando el 70% del haber del causante.
Situación de Hijos Mayores de Edad
Al alcanzar la mayoría de edad (21 años), los hijos pierden el derecho al beneficio por ley, a excepción de que cursen una carrera terciaria o universitaria como alumno regular. En este caso, deberán enviar a la brevedad una nota firmada comunicando su situación para no tener que cumplimentar la Declaración Jurada de Estado Patrimonial (DJEP).
Pensión por Fallecimiento de un Jubilado o Trabajador en Actividad
La tramitación de la pensión varía ligeramente si el causante era un jubilado o un trabajador en actividad.
Trámite para Pensión por Fallecimiento de un Jubilado
Este trámite es generalmente más sencillo y puede realizarse a través de la web de ANSES, ya que basta con poder probar el vínculo. A esta pensión se la conoce como “derivada”.

Documentación Requerida (Jubilado Fallecido)
Además de la documentación del solicitante (DNI), se necesita:
- Partida de defunción del jubilado fallecido.
- Formulario PS 6.76 - Información bancaria, solo en caso de no encontrarse registrada esta información en ANSES.
- Si es hijo incapacitado para trabajar: Formulario PS 6.9 - Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562, Formulario PS 6.12 - DDJJ dependencia económica titular, y Formulario PS 6.13 - DDJJ dependencia económica testimonial.
Procedimiento Paso a Paso (Jubilado Fallecido)
El trámite se puede hacer por internet ingresando a mi ANSES. No es necesario presentar documentación adicional ni acercarse a una oficina, pero en caso de querer hacerlo personalmente, se puede solicitar un turno.
- Ingresar en mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
- Revisar que los vínculos familiares estén correctos. Si hay datos faltantes o incorrectos, ingresar a la opción "Solicitar modificación de datos personales y/o grupo familiar" en Atención Virtual.
- En mi ANSES, seleccionar "Jubilados y Pensionados" y luego "Solicitar pensión por fallecimiento".
Para este trámite online, deben haber transcurrido entre 10 días hábiles y hasta 6 meses desde la fecha de fallecimiento del jubilado. Además, la jubilación de la persona fallecida debe pertenecer al régimen general y no a uno especial (como Docentes Universitarios, Luz y Fuerza o Investigadores Científicos), ni haber sido adquirida con regularización de aportes por moratoria.
Trámite para Pensión por Fallecimiento de un Trabajador en Actividad
En este caso, se requiere primero sacar un turno en una oficina de ANSES para asesorarse e iniciar el trámite. Además de los documentos que verifican el vínculo familiar, habrá que llevar los papeles que detallen la relación laboral.
Requisitos del Trabajador Fallecido
El trabajador fallecido debe cumplir con alguno de los siguientes requisitos de aportes:
- Tener 30 años de aportes para el régimen común.
- Haber aportado 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
- Haber aportado 18 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
- Haber aportado 12 meses dentro de los últimos 60 meses antes de su fallecimiento y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferencial.
En caso de no cumplir con este requisito, el solicitante puede completar los años de aportes, computando servicios regularizados por alguna de las Moratorias Previsionales vigentes.
Documentación Requerida (Trabajador Fallecido)
Si hay aportes no registrados, será necesario reunir la documentación que pruebe los períodos trabajados:
- Certificaciones de servicios.
- Recibos de sueldo.
- Comprobantes de afiliación a obra social.
- Declaración Jurada que acredite los servicios del trabajador o trabajadora fallecida.
Procedimiento Paso a Paso (Trabajador Fallecido)
- Obtener la Clave de la Seguridad Social si no la posee.
- Ingresar con la clave a mi ANSES y revisar que los vínculos familiares estén correctos. Si faltan datos o son incorrectos, actualizar a través de "Atención Virtual" en la opción "Solicitar modificación de datos personales y/o grupo familiar".
- Sacar turno en una oficina de ANSES para asesoramiento e inicio del trámite.
Como Tramitar la Pension por Fallecimiento PASO A PASO
Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado para Hijas Solteras Mayores
Existe una particularidad en el sistema actual de ANSES, el Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado, que está destinado exclusivamente a mujeres. Dentro de este marco, se menciona específicamente a las hijas solteras mayores de cincuenta y cinco (55) años de edad que se encontraren a cargo del afiliado, siempre que carezcan de recursos suficientes o de beneficio previsional.
Esta pensión representa el 75% del haber de retiro del causante.
Documentación Específica para este Reconocimiento
Toda la documentación deberá adjuntarse en formato PDF. Se solicitará:
- Certificación Negativa expedida por el Instituto de Previsión Social del/la solicitante.
- Certificación Negativa expedida por la ANSES del titular del/la solicitante.
- Datos personales y copia de los documentos de todo el grupo familiar.
Pensión para Madre Soltera: Un Apoyo Diferenciado
Aunque el foco principal es la hija soltera de un causante, es importante mencionar la Pensión para Madre Soltera de ANSES, que puede ser un programa clave para brindar apoyo económico a madres que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Este tipo de pensión, a menudo regulada por leyes provinciales (como la Ley 5110 en Santa Fe), está destinada a madres solteras en situación de vulnerabilidad con hijos menores de 16 años.
Es fundamental entender que esta prestación difiere de la Asignación Universal por Hijo (AUH), que es una prestación nacional otorgada por ANSES a hijos de trabajadores desocupados o informales. Las familias deben optar por uno u otro beneficio, según su situación particular y las prestaciones disponibles en su provincia.
El monto de la Pensión para Madre Soltera varía según la provincia y las políticas sociales vigentes, ya que no existe un monto fijo a nivel nacional. Es crucial informar a ANSES o al organismo provincial cualquier cambio en la situación familiar o económica (matrimonio, convivencia, obtención de un empleo, etc.) para mantener la elegibilidad del beneficio.