Muchas personas se preguntan si al cambiar de Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) pueden retirar dinero de sus ahorros. Es fundamental entender que, si bien el cambio de AFP es un derecho de los afiliados, el acceso a los fondos previsionales está regulado por normativas específicas que buscan proteger el ahorro para la jubilación. Este artículo detallará el proceso de traspaso entre AFPs y las condiciones bajo las cuales es posible acceder a los fondos.

¿Se puede retirar dinero al cambiar de AFP?
En condiciones normales, la acción de cambiarse de AFP no habilita automáticamente el retiro de fondos previsionales. El sistema de AFP está diseñado para el largo plazo, y el objetivo principal de los fondos es financiar la pensión. Sin embargo, el proceso de traspaso de fondos sí inhabilita temporalmente la solicitud de ciertos retiros y el cobro de excedentes de libre disposición. Este impedimento se extiende desde la fecha en que la orden de traspaso es aceptada por la AFP antigua hasta el día hábil siguiente a la acreditación de los fondos en la nueva AFP.
Si durante la Orden de Traspaso el afiliado ha optado por transferir sus saldos de ahorro voluntario, cotizaciones voluntarias o depósitos convenidos, también quedará afecto a las restricciones de retiro señaladas a causa de estos.
El Traspaso de Fondos entre AFPs: Qué es y Cómo Funciona
¿Qué es un Traspaso de AFP?
El traspaso es el procedimiento mediante el cual un afiliado manifiesta su voluntad de trasladar los fondos de las cuentas que tiene vigentes de una AFP a otra distinta. Se efectúa a través de una Orden de Traspaso Irrevocable (OTI), el documento clave que autoriza este movimiento de saldos.
Este proceso incluye los fondos de la Cuenta Obligatoria y/o cuentas voluntarias. Si el afiliado además posee una Cuenta de Indemnización, sus fondos se traspasan en forma conjunta a la nueva AFP. Asimismo, se pueden transferir los fondos correspondientes a la Cuenta 2, Cuenta APV y Cuenta de Depósitos Convenidos si se indica la opción en el formulario al momento de la suscripción.
¿Quiénes pueden realizar un Traspaso?
Diversos tipos de afiliados pueden suscribir un traspaso:
- Los trabajadores activos, sean dependientes (con contrato o cesantes) o independientes.
- Los afiliados pensionados en la AFP que estén recibiendo Retiro Programado o con saldo en la Cuenta Individual.
- Los trabajadores que solo tienen una Cuenta de Indemnización en la AFP, sin pertenecer a dicho sistema previsional para otros efectos.
- Los afiliados voluntarios que tienen una cuenta vigente en el sistema de AFP.
No se puede suscribir una Orden de Traspaso si se está en trámite de pensión; solo es posible hacerlo una vez se esté percibiendo el pago de la pensión definitiva. Si se ha cumplido la edad legal para pensionarse pero no se ha presentado la solicitud correspondiente, se puede suscribir la OTI si se dispone de saldo en la Cuenta Obligatoria de Capitalización Individual y/o Cuenta de Afiliado Voluntario.
Un afiliado que solicitó su desafiliación al sistema no puede hacer un traspaso mientras la solicitud esté en proceso de resolución. Si la resolución rechaza la solicitud, entonces sí puede suscribir una Orden de Traspaso, ya que continúa en la AFP.
Proceso para Efectuar el Traspaso
Para efectuar un traspaso, el afiliado debe suscribir una Orden de Traspaso Irrevocable (OTI) ante un representante de la nueva AFP a la cual desea cambiarse. Junto con la suscripción de la OTI, se pueden suscribir formularios adicionales como la Solicitud Convenio para Distribución y/o Traspaso futuro de recursos previsionales, Autorización de Descuento de la Cuenta de Ahorro Voluntario y Selección de Alternativas de Ahorro Previsional (Ley 19.768) para iniciar el Ahorro Previsional Voluntario (APV).
También se debe suscribir un documento adicional denominado "Declaración Jurada". Previo a la suscripción, los trabajadores deben ser informados sobre las comisiones que cobran las AFPs, mediante la entrega del documento informativo (Anexo Nro. 9) vigente. Una copia firmada de este documento debe adjuntarse a la OTI destinada a la AFP antigua.
Requisitos y Documentación
Para suscribir una Orden de Traspaso, se requiere la Cédula de Identidad vigente del afiliado, de la cual se tomarán los datos personales. Al momento de la suscripción, se realizará una copia de la cédula con la leyenda "Uso exclusivo AFP" para respaldar la identificación. Además, se deben indicar la razón social, RUT y domicilio del empleador.
La Orden de Traspaso, si se realiza de forma presencial, debe ser efectuada ante un representante de la AFP. Se requerirá la firma del afiliado y la impresión de su huella dactilar del pulgar derecho, así como la firma del representante de la AFP, lo que debe registrarse en el mismo acto, uno en presencia del otro.
Traspaso en Línea vs. Presencial
El traspaso puede solicitarse también a través de internet, en el sitio web de la AFP a la que se desea cambiar. Una vez ingresados los datos personales y los del empleador, generalmente se solicita una clave de seguridad adicional de la AFP actual o la Clave Única para validar la identidad, lo que hace el proceso rápido y seguro. En muchas AFPs, el cambio es 100% digital, sin necesidad de acudir a sucursales.
Consideraciones Importantes durante el Traspaso
Es importante tener claro lo siguiente:
- El formulario de Orden de Traspaso Irrevocable puede ser anulado si se detectan antecedentes erróneos o faltantes (por ejemplo, la omisión del tipo de fondo de pensiones en la nueva AFP) o si al momento de la notificación a la nueva AFP, se encuentra pendiente la materialización de un cambio de fondo.
- El rechazo o la aceptación de la Orden de Traspaso, junto con la fecha de incorporación a la nueva AFP, será informada por la AFP seleccionada al domicilio o correo electrónico consignado en el formulario.
- No se puede suscribir una Orden de Traspaso si existe un reclamo normativo por problemas de afiliación, multiafiliación, falsificación de firma y/o regularización de saldos. En este caso, se debe esperar a que el reclamo se resuelva para que el traspaso sea válido.
- Las AFPs no pueden cobrar comisiones por el traspaso de saldos de ninguna de las cuentas del afiliado. El trámite es completamente gratuito.
Plazos del Traspaso y su Impacto
Una vez firmada la orden de traspaso, la AFP actual debe aprobar el cambio y traspasar los saldos. Los plazos son los siguientes:
- La nueva AFP informará al empleador, mediante una carta, del cambio de AFP dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de aceptación de la Orden de Traspaso. Esta comunicación indicará el mes en que deben pagarse las cotizaciones, depósitos y aportes previsionales en la nueva AFP.
- La última cotización en la AFP antigua se paga dentro de los primeros 10 días del mes siguiente a la firma de la Orden de Traspaso.
- El afiliado queda incorporado a su nueva AFP a contar del primer día del mes siguiente en que firmó la Orden de Traspaso.
- La primera cotización se debe pagar en la nueva AFP dentro de los primeros 10 días del tercer mes, contando como mes primero aquel en que se firmó la Orden de Traspaso. Por ejemplo, si se firmó en septiembre, el pago en la nueva AFP se hará en noviembre, sobre las remuneraciones de octubre.
- El traspaso de fondos se produce el primer día hábil del mes siguiente (si la OTI se suscribe entre el 1 y el 15) o el día 15 del mes siguiente (si se suscribe entre el 16 y el último día del mes).
- Si se está pensionado, el primer mes de pago de la mensualidad en la nueva AFP será en el mismo mes del traspaso de los fondos.
- Si se firma una solicitud de pensión dentro del mismo mes de suscripción de la Orden de Traspaso, este último documento será anulado por la AFP.

Acceso General a los Fondos de AFP: Cuándo y Cómo
Regla General: Ahorro para la Pensión
En condiciones normales, no es posible retirar libremente los ahorros previsionales. Esto se debe a que el sistema funciona bajo la lógica de ahorro obligatorio para la pensión. Por ello, los fondos solo pueden utilizarse cuando ocurre alguno de estos casos:
- Jubilación (pensión de vejez)
- Invalidez
- Fallecimiento (para beneficiarios)
Esto asegura que los recursos cumplan su objetivo principal: financiar la pensión. El sistema de AFP en Chile está basado en la capitalización individual, donde cada persona ahorra para su propia jubilación. Esto implica que las cotizaciones se acumulan en una cuenta personal, se invierten para generar rentabilidad y se usan en la etapa de retiro. Permitir retiros libres afectaría directamente el monto de la pensión futura.
Casos Excepcionales de Retiro de Fondos (ej. Retiros del 10%)
A lo largo del tiempo, han existido situaciones excepcionales donde se ha permitido retirar fondos de manera extraordinaria. El caso más conocido fueron los Retiros del 10% durante la pandemia de COVID-19. En estos casos, se autorizó retirar hasta un porcentaje del ahorro, estableciéndose montos mínimos y máximos. Fue una medida temporal y extraordinaria que no forma parte del funcionamiento normal del sistema previsional.
En el contexto de dichos retiros excepcionales:
- Cada AFP habilitó un banner especial en su sitio web para un mini sitio de retiro de fondos con un formulario de solicitud.
- Cada persona podía escoger la modalidad de pago:
- Una cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2 en la AFP).
- Depósito en una cuenta bancaria (de cualquier banco, incluyendo la Cuenta RUT).
- Depósito en una cuenta de cajas de compensación o cooperativa.
- Pago mediante vale vista nominativo si el afiliado no deseaba transferencia electrónica.
- Se podía escoger cuánto dinero retirar, siempre que correspondiera al 10% de los fondos acumulados, con un mínimo de $1 millón y un máximo de $4,3 millones (equivalente a 35 UF y 150 UF respectivamente). Si una persona tenía menos de $1 millón, podía retirarlo todo.
- Podían acceder todas las personas afiliadas a una AFP, ya sea por cotizaciones obligatorias o voluntarias, así como los pensionados por retiro programado y los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo modalidad de renta temporal o retiro programado.
- La AFP debía notificar la recepción de la solicitud en un máximo de cuatro días hábiles.
- Los rechazos de solicitud solo se daban por casos puntuales, como no estar afiliado, no tener fondos o errores en el formulario.
- Desde el ingreso de la solicitud, había un máximo de 10 días hábiles para recibir el 50% del monto solicitado. El 50% restante se entregaba en un máximo de 30 días hábiles desde el primer pago. Cada pago tenía un límite de UF75.
- No se aplicó ningún tipo de comisión o descuento a los fondos retirados.
- Los fondos retirados se consideraron inembargables para todo efecto legal.
- El retiro de fondos de pensiones no afectó el número de períodos cotizados para el cálculo de pensión bajo la legislación chilena.
Otros Fondos y Condiciones de Retiro
Existen otras situaciones específicas donde se puede acceder a parte de los fondos:
- Ahorro Previsional Voluntario (APV): Se puede retirar dinero, aunque con condiciones y posibles impuestos, dependiendo de la modalidad y los beneficios tributarios asociados.
- Enfermedad terminal: Permite acceder anticipadamente a los fondos bajo ciertas condiciones específicas y certificaciones médicas.
- Cuenta de Indemnización: Estos fondos se traspasan en conjunto al cambiar de AFP. El retiro de indemnización puede verse afectado temporalmente durante el traspaso.
- Cuenta 2 (Cuenta de Ahorro Voluntario): Los saldos de esta cuenta también se pueden transferir y están sujetos a las mismas restricciones de retiro durante el proceso de traspaso.
Si el afiliado cumple con los requisitos para retirar fondos (en los casos permitidos), puede realizar el trámite de manera fácil y sin ingresar documentación en la sucursal virtual de afiliados y de manera presencial en cualquiera de las sucursales de su AFP. Al elegir el método de pago, se suele pedir reconocimiento facial y tener a mano la cédula de identidad.
Preguntas Frecuentes sobre el Cambio de AFP y Retiro de Fondos
Costo del Cambio de AFP
El trámite de cambio de AFP es completamente gratuito. No importa a qué AFP se decida mover los fondos, ninguna administradora puede cobrar por este proceso. Esto está establecido por la normativa vigente.
Diferencia entre Cambio de AFP y Cambio de Fondo
No, son dos acciones distintas:
- El cambio de AFP es mover todos los ahorros (obligatorios y voluntarios) a una nueva administradora.
- El cambio de fondo es mantenerse en la AFP actual, pero mover el dinero entre los distintos perfiles de riesgo (ej. del Fondo A, más riesgoso, al Fondo E, más conservador).
Duración del Proceso de Cambio
El traspaso de los fondos actuales toma aproximadamente 30 días hábiles desde que la solicitud es aceptada. Sin embargo, la primera cotización mensual (el pago del empleador) se reflejará en la nueva AFP dos meses después de la aceptación formal del cambio. Durante el proceso (aproximadamente 15 días hábiles), no se podrán realizar trámites en la AFP anterior ni en la actual.
Incentivos por Cambio de AFP
La Superintendencia de Pensiones prohíbe estrictamente que cualquier AFP ofrezca regalos, bonos o cualquier tipo de incentivo económico para atraer afiliados. La decisión de cambio debe basarse en la rentabilidad, comisiones y calidad de servicio.
Frecuencia para Cambiarse de AFP
Se puede cambiar de AFP cuantas veces se estime conveniente, no existe un límite legal. Sin embargo, solo se puede volver a suscribir una Orden de Traspaso a contar del mes siguiente al de la afiliación a la nueva AFP.
En el primer trabajo, el empleador tiene la obligación de pagar las cotizaciones en la AFP definida por licitación. Recién cumplidos 24 meses en esa AFP, se podrá cambiar de administradora.
Impacto del Retiro en Beneficios Previsionales y SIS
La posibilidad de retirar fondos de pensiones, como en el caso de los retiros excepcionales, no excluye de otros beneficios previsionales ni del Sistema de Pensiones Solidarias (SPS), como la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS). La Garantía Estatal se otorgará antes si el saldo se agota por efecto del retiro de fondos.
El derecho al aporte adicional (en casos de invalidez) está relacionado con la tenencia de la cobertura del SIS (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia). Las personas pensionadas por invalidez en retiro programado que reciben APSI, al retirar saldo de su cuenta, verán disminuir el porcentaje que ellos financian con su saldo.
Retiros para Pensionados (programado, renta vitalicia)
- Los pensionados por retiro programado sí pueden retirar fondos si están afiliados al actual sistema de pensiones y registran fondos en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias. El valor de su pensión depende, entre otras variables, de los fondos acumulados y de la tasa para el recálculo de la pensión.
- Los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado también pueden realizar retiros.
- Los pensionados de Capredena y Dipreca, afiliados al D.L. 3.500, pueden retirar fondos.
- Quienes están pensionados por renta vitalicia no podrán hacer retiro, ya que sus fondos ya fueron transferidos a una compañía de seguros. Sin embargo, si un pensionado por renta vitalicia tiene saldo en la AFP que le paga como pensión adicional en la modalidad retiro programado, sí puede retirar de esos saldos.
- Los pensionados en retiro programado que se encuentran en el extranjero acogidos a convenio de seguridad social, también pueden retirar fondos.
Retiro de Bono por Hijo
Sí, los fondos provenientes del Bono por Hijo también pueden ser retirados si cumplen con las condiciones de un retiro extraordinario.
Fondos Inembargables
La reforma constitucional que permitió los retiros excepcionales estableció que los fondos retirados se considerarían inembargables para todo efecto legal, es decir, no podían ser cobrados por bancos para pagar deudas de forma automática, ni ningún otro tipo de cobranza.