Noticias sobre el Pago a Jubilados y Montepiados en Septiembre

Aumento y Ajuste de la Pensión Garantizada Universal (PGU)

A partir de septiembre de 2025, se implementará un importante aumento en la Pensión Garantizada Universal (PGU), elevando su monto a $250.000 mensuales para personas de 82 años o más. Este ajuste es parte de la reforma previsional y busca asegurar un ingreso mínimo para los adultos mayores.

El aumento de la PGU será gradual por edad:

  • Septiembre de 2025: Personas de 82 años o más.
  • Septiembre de 2026: Personas de 75 años o más.
  • Septiembre de 2027: Todos los beneficiarios de la PGU.

Para quienes ya reciben la PGU, el ajuste será automático según su edad y el calendario de implementación. Aquellos que postulen por primera vez deberán gestionar su solicitud.

Los requisitos para acceder a la PGU incluyen tener 65 años o más, no pertenecer al 10% más rico de la población según el Registro Social de Hogares, y contar con una pensión autofinanciada menor a $1.210.828. Además, es necesario haber residido en Chile por al menos 20 años, incluyendo 4 de los últimos 5 años previos a la solicitud.

Beneficiarios Adicionales y Grupos Específicos

El aumento de la PGU también beneficiará a otros grupos, incluyendo personas que reciben pensiones especiales, como las pensiones de gracia, pensiones por leyes de reparación (derivadas de los informes Rettig y Valech), y montepiadas de Capredena y Dipreca. También se verán beneficiados los beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI).

Las personas pensionadas por Leyes de Reparación (Exonerados, Rettig y Valech) y beneficiarios de pensiones de gracia también podrán acceder a la PGU si cumplen los requisitos. Si la persona ya recibe el complemento de PGU, su monto se ajustará de forma automática al nuevo valor máximo de $250.000.

Para las personas pensionadas de montepío de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) o la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca), existirá la posibilidad de solicitar un monto complementario para alcanzar el valor de la PGU, a partir de septiembre de 2027, siempre que no reciban una pensión de otra entidad previsional y cumplan con los requisitos.

Nuevos Beneficios y Cambios en el Sistema Previsional

La reforma previsional introduce nuevos beneficios y modificaciones significativas en el sistema. Uno de los cambios más relevantes es la Ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales, que permitirá cubrir cotizaciones durante períodos de cesantía. Este beneficio comenzó a regir el 1 de mayo de 2025 y cubre a todas las personas que reciben el Seguro de Cesantía, independientemente del tipo de fondo (Cuenta Individual o Fondo Solidario).

Las cotizaciones para este seguro son financiadas por el Fondo de Cesantía Solidario y no salen del bolsillo del trabajador ni se descuentan del monto del seguro que recibe. El porcentaje de cotización varía entre el 10% y el 10,25% del pago mensual del Seguro de Cesantía.

Infografía detallando los nuevos beneficios de la reforma previsional, incluyendo la ampliación del seguro de lagunas y la compensación a mujeres.

Compensación a Mujeres por Mayor Expectativa de Vida

Se establece un beneficio dirigido a mujeres para corregir las brechas de género en el sistema de pensiones, dada su mayor expectativa de vida. Este beneficio busca equidad en el sistema previsional.

Nueva Cotización del Empleador

A partir de las remuneraciones de agosto de 2025, los empleadores comenzaron a pagar un 1% adicional para el Seguro Social. Este porcentaje se incrementará gradualmente hasta alcanzar un 7%. Además, se destinará un 1,5% que aportará el empleador para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), el cual se integrará al Seguro Social a contar de agosto de 2027.

Cambios en la Administración de Fondos y Comisiones

La reforma busca promover la competencia y reducir las comisiones en el sistema de administración de fondos de pensiones. Se licitará cada dos años el 10% de los afiliados, adjudicándose a la administradora que ofrezca la menor comisión. Esto permitirá diversificar el mercado y reducir la concentración de afiliados en pocas administradoras.

El sistema de multifondos será reemplazado por Fondos Generacionales, que ajustarán su perfil de inversión según la edad del afiliado, buscando maximizar rentabilidades y reducir riesgos. Las comisiones serán variables y estarán vinculadas al rendimiento del fondo: disminuirán si hay pérdidas y aumentarán en un porcentaje limitado si hay ganancias.

Se establecen límites para las inversiones de las AFP a través de terceros, y se implementará un sistema de licitación para el 10% de los afiliados cada dos años.

Cotizaciones para Independientes y Otros Aspectos Laborales

Se han simplificado los mecanismos de cotización para independientes, permitiendo pagos automáticos desde cuentas bancarias o la contribución de familiares directos. La reforma promueve la formalidad al vincular los beneficios a la cotización.

Los empleadores deben declarar y pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente al devengo de las remuneraciones o autorización de licencia médica. El plazo se extiende hasta el día 13 si el pago se realiza electrónicamente. La obligación de cotizar se extingue de pleno derecho al momento en que el trabajador se pensiona por vejez o invalidez total.

Pago de Pensiones y Adelantos

En septiembre, se adelantará el pago de la pensión para algunas AFP, como en el caso de AFP Capital, que realizará el pago el viernes 12 y lunes 15 de septiembre. Este adelanto forma parte del compromiso de acompañar a los afiliados y pensionados durante el proceso de implementación de la reforma.

Advertencias sobre Pagos Indebidos

Es importante destacar que el dinero correspondiente a los beneficios anunciados no tiene descuentos. Sin embargo, si una persona recibe la Asignación Familiar por cargas que son beneficiarias de una pensión de sobrevivencia, solo tendrá derecho al aguinaldo como pensionada o pensionado y no recibirá el incremento adicional. En caso de recibir el aguinaldo sin que corresponda, el beneficiario tendrá que devolver cinco veces este monto y podría enfrentar sanciones administrativas y penales.

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