Guía Completa sobre AFP, Seguros y Posesiones Efectivas Post-Fallecimiento

Gestionar los asuntos de un familiar fallecido implica una serie de trámites relacionados con seguros, pensiones y herencias. Es fundamental conocer los procesos y requisitos para asegurar que todos los beneficios y derechos sean reclamados correctamente.

Esquema de los pasos a seguir tras el fallecimiento de un familiar

Gestión de Seguros tras el Fallecimiento

Seguros de Desgravamen

Muchas deudas tienen asociados seguros de desgravamen. Por regla general, para que un seguro de desgravamen opere, la persona fallecida debe tener menos de 65 años. Si la edad al momento de la defunción de tu familiar fuese de 65 o más años, ya no podrás solicitar su activación.

Te recomendamos que revises cómo puedes obtener orientación y asistencia jurídica si tienes dudas sobre este tema.

Seguros de Vida y Otros Beneficios

Es posible que tu familiar tuviera contratados seguros de vida. Si es así, es el momento de cobrarlos. Si no sabes de la existencia de seguros de vida, existe un trámite para consultar sobre los seguros contratados por personas fallecidas. Identificados los seguros vigentes, debes hacer el trámite en cada una de las compañías de seguro.

Es muy importante que te dirijas también a la caja de compensación en la que estaba afiliado tu familiar, ya que es probable que exista un beneficio a cobrar por causa de su fallecimiento.

¿Como saber si un fallecido tenía un seguro de vida?

Fondos de Pensión y Herencia de Recursos Previsionales

Pensión de Sobrevivencia

Los fondos de pensión generan una pensión de sobrevivencia para cónyuge e hijos. Los beneficiarios de pensión de sobrevivencia son: los cónyuges o convivientes civiles, hijos menores de 18 años (o de 24 años si están estudiando), madres o padres de hijos de filiación no matrimonial y también, padres que sean carga del afiliado fallecido.

Para ser cónyuge sobreviviente beneficiario, si el fallecido no estaba jubilado, basta con seis meses de matrimonio.

Reúne todos los documentos necesarios y acércate a la AFP explicando que necesitas regularizar una pensión de un familiar fallecido. Deberás completar la solicitud de pensión de sobrevivencia y la solicitud de cálculo de bono de reconocimiento. Revisa más información sobre la pensión de sobrevivencia del sistema de pensiones AFP.

Si no existen personas beneficiarias que cumplan con los requisitos para que se le asigne una pensión, los recursos pasan a formar parte de los bienes de la persona fallecida, constituyendo herencia.

Saldo Insoluto de Pensiones

El saldo insoluto son pensiones que estaban pagadas, ya sea por IPS o por AFP, pero que no fueron cobradas. Revisa cómo realizar este trámite o también, visita una oficina de ChileAtiende, explicando que necesitas resolver el saldo insoluto de la pensión de un familiar fallecido, en el caso que haya sido un imponente o pensionado del Instituto de Previsión Social (IPS).

Herencia de Fondos Previsionales AFP

El monto del beneficio de herencia corresponde a la totalidad del saldo de la cuenta de ahorro previsional obligatorio que tenía la afiliada o el afiliado al momento de fallecer. Si las personas herederas son varias, deberán designar un mandatario común que las represente para recibir el pago de los recursos heredados.

Requisitos y Proceso de Pago

  • Los fondos destinados a herencia se pagarán a los herederos del afiliado fallecido previa presentación del auto de posesión efectiva, debidamente inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente.
  • Si se trata de un monto inferior a 5 Unidades Tributarias Anuales (UTA), sus familiares directos pueden retirarlo sin dicho documento (cónyuges, padre, madre, hijos o hijas).
  • Los beneficiarios deberán suscribir la Solicitud de Pago de herencia en la AFP del fallecido.
  • Declaración Jurada Notarial de la no existencia de más herederos.
  • Si existen hijas, se debe acreditar el estado civil notarial con dos testigos.
  • Suscripción del pago: una vez recibidos y validados por parte de la AFP, se suscribe el pago de Herencia.

Si el afiliado o afiliada que falleció no tiene herederos, el beneficiario en última instancia es el Estado.

Posesión Efectiva de Herencias

Lo primero que debes tener claro es si tu familiar dejó o no un testamento, ya que el procedimiento de posesión efectiva varía significativamente en cada caso.

Flujograma: Posesión Efectiva con y sin testamento

Posesión Efectiva Intestada (Sin Testamento)

La posesión efectiva de herencia intestada es el trámite que se realiza para determinar quiénes son los herederos o sucesión de una persona fallecida que no dejó un testamento. Si no tenía hijos y estaba casado o con unión civil, su sucesión son su cónyuge o conviviente civil.

Debes tener claro cuáles son los bienes de la persona fallecida y preparar un inventario. Dirígete a cualquier oficina del Registro Civil (excepto las suboficinas ubicadas en hospitales y centros comerciales). Completa la solicitud de posesión efectiva.

Puedes hacer el trámite en línea si eres heredero en primer orden de sucesión (cónyuge sobreviviente, conviviente civil y/o hijos o hijas) y si la herencia no excede las 15 Unidades Tributarias Anuales (UTA), el cual no genera pago de arancel. Este trámite no es gratis si supera ese monto; el precio que deberás pagar dependerá del valor total del inventario. Revisa más información sobre la posesión efectiva de herencias sin testamento.

Posesión Efectiva Testada (Con Testamento)

Si existiera un testamento, no podrás realizar la posesión efectiva por tu cuenta. Será necesario buscar un abogado y llevar la documentación del testamento y herederos. Si no tienes dinero para contratar servicios de abogado, puedes ir a la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ).

El abogado realizará el trámite ante el juez civil para obtener la posesión efectiva testada. Una vez obtenido el auto de posesión efectiva o sentencia final, el trámite está casi listo. Obtén más información sobre la posesión efectiva entregada por los tribunales de justicia.

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