El sistema de pensiones chileno está diseñado para que cada persona afiliada a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) pueda tener distintas cuentas que cumplen objetivos específicos. Todas ellas están pensadas para ayudarte a construir una mejor pensión y, en algunos casos, también pueden ser útiles en otras etapas de tu vida laboral. Conocer los distintos tipos de cuentas que puedes tener en tu AFP te ayuda a tomar decisiones más informadas sobre tu ahorro previsional.

Tipos de Cuentas Previsionales en las AFP
En el sistema de AFP, existen varias modalidades de cuentas para gestionar tus ahorros y optimizar tu futura pensión:
- Cuenta de Capitalización Individual Obligatoria: Es la cuenta principal de todo afiliado, donde se acumula el 10,1% de tu sueldo imponible. Su único fin es financiar tu futura pensión, no se puede retirar antes de pensionarse y es inembargable.
- Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario (APV): También conocida como cuenta de Ahorro Previsional Voluntario, o APV, te permite ahorrar voluntariamente para mejorar tu pensión o anticiparla. Puedes aportar el monto que estimes conveniente y aprovechar beneficios tributarios, ya sea en tu AFP o en otras instituciones autorizadas.
- Ahorro Previsional Voluntario Colectivo (APVC): Este es un tipo de Ahorro Previsional Voluntario que acuerdas con tu empleador, exclusivamente para mejorar tu pensión o adelantarla. El aporte puede ser un monto fijo o un porcentaje de tu sueldo, y tiene beneficios tributarios para ambas partes.
- Cuenta de Afiliación Voluntaria: Si no tienes ingresos regulares (por ejemplo, si eres estudiante, dueña de casa o menor de edad), puedes afiliarte de manera voluntaria a una AFP y comenzar a ahorrar para tu pensión con aportes mensuales o anuales. Tú decides cuánto aportar y cuándo hacerlo.
- Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2): Es una cuenta de ahorro flexible que se puede abrir en la AFP en que una persona se encuentra afiliada y cuyos recursos pueden ser retirados en cualquier momento (hasta 24 giros en un año). Puedes destinarla para tu pensión, así como otras metas u objetivos que puedas tener.
- Cuentas de Indemnización: Son cuentas creadas para cubrir indemnizaciones por término de contrato, y generalmente pertenecen a trabajadores de casa particular.
Ahorro Previsional Voluntario (APV) en AFP Modelo
La cuenta de Ahorro Previsional Voluntario (APV) te permite ahorrar más allá de tu cotización obligatoria para mejorar tu pensión. Tú decides cuándo comenzar y cuánto quieres ahorrar. Ahorrar en un APV te permite complementar los fondos de tu futura pensión, compensar lagunas previsionales o ahorrar para cumplir los requisitos para pensionarte de manera anticipada. Además, al igual que tu cuenta obligatoria, los fondos que depositas en tu APV son invertidos en el sistema de multifondos.
¿Cómo se realizan los depósitos en el APV?
Los depósitos directos son aquellos que puedes hacer a través de Previred o, si tienes la cuenta en AFP Modelo, a través de tu sitio privado, en la sección «Cuentas» > «Mi Cuenta APV» > «Depósito Directo».
Disponibilidad de los ahorros y comisiones
Sí, puedes disponer de parte o la totalidad de tus ahorros sin esperar a la edad legal de pensionarte. Además, existe una comisión por la administración de tus ahorros, la que en el caso de AFP Modelo corresponde a un 0,50% anual del total del saldo de tu cuenta.
¿Cómo abrir una APV en AFP Modelo?
No es necesario que estés afiliado en AFP Modelo para abrir una cuenta. Si eres afiliado, puedes solicitar la apertura de tu cuenta en línea, ingresando al sitio web con tu Rut y Clave Web, y en la sección «Cuentas» escoger «Mi Cuenta de APV». Para este proceso también necesitarás tener tu Clave de Seguridad.
Entidades autorizadas para APV
Una Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario (APV) puede ser abierta en una AFP, una compañía de seguros de vida (CSV), banco, una administradora de fondos mutuos, una administradora de fondos de inversión, una administradora de fondos para la vivienda, una administradora general de fondos e intermediarios de valores, cuyos planes hayan sido aprobados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
Estructura de Comisiones y Elección de AFP
Las administradoras de fondos de pensiones (AFP) cobran a las y los afiliados una comisión por la gestión de administración que realizan de la cuenta de capitalización individual obligatoria que tiene esa persona en la AFP. Es importante saber que las personas son libres de elegir la AFP en la que depositarán sus ahorros previsionales, pero en el caso de las y los trabajadores que se afilian al sistema por primera vez deben ingresar a la administradora que cobra la menor comisión y permanecer en ella por un período de 24 meses.
Comisiones por depósito de cotizaciones (vigente)
La estructura de comisiones por depósitos de cotizaciones vigente para afiliados dependientes, independientes y voluntarios es la siguiente:
- Capital: 1,44%
- Cuprum: 1,44%
- Habitat: 1,27%
- Modelo: 0,58%
- Planvital: 1,16%
- Provida: 1,45%
- Uno: 0,46%
Las AFP deben informar del valor de sus comisiones en todas sus oficinas o agencias en las que se atienda público a través de un panel, tablero o pizarra que debe mantener actualizado.

Licitación de Nuevos Afiliados
Para proteger a las personas, cada dos años la Superintendencia de Pensiones realiza una licitación pública de la cartera de nuevas y nuevos afiliados que ingresan al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP). Si la licitación de cartera de nuevas y nuevos afiliados es declarada desierta, las nuevas y los nuevos afiliados serán asignados por la Superintendencia de Pensiones a la AFP que cobre la menor comisión a la fecha de ingreso al sistema.
Cotizaciones y Financiamiento del Sistema Previsional
Tipos de Cotizaciones
- Cotización obligatoria: Corresponde al 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales con un tope de 90 Unidades de Fomento (UF).
- Cotización adicional o comisión por depósito de cotizaciones: Esta es destinada al financiamiento de la AFP, incluido el pago de la prima del seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS).
- Cotización de cargo del empleador: Creada por la Ley N° 21.735 de Reforma Previsional, comienza con una tasa inicial de 1% que aumentará cada año, por un periodo de nueve años, hasta llegar a 7% de la remuneración de la o el trabajador. Esta nueva cotización se sumará al actual aporte que hace el empleador para financiar el seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS).
Plazos y Obligaciones de Pago
Para las trabajadoras y los trabajadores dependientes, las cotizaciones previsionales deben pagarse por parte de la o el empleador dentro de los 10 primeros días del mes siguiente del que se devengaron las remuneraciones. Si la o el empleador está atrasado en el pago de las cotizaciones de sus trabajadoras o trabajadores, tiene la obligación de declarar las cotizaciones no pagadas dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente. En caso de que la relación laboral haya terminado y, por tanto, no corresponda el pago de las cotizaciones, la o el empleador tiene hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar esa situación. Es importante destacar que las y los empleadores que tengan deudas previsionales no podrán percibir pagos provenientes de instituciones públicas o con cargo a recursos fiscales de fomento productivo.
Cotizaciones de Trabajadores Independientes
El Servicio de Impuestos Internos (SII) es la entidad encargada de determinar anualmente el monto que debe pagar la afiliada o el afiliado independiente por concepto de cotizaciones en el sistema de pensiones. Sin embargo, también tiene la opción de eximirse de cotizar para pensión, para eso, debe manifestarlo por escrito tanto a su empleadora o empleador, como a la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que se encuentra afiliada.

Seguro de Invalidez y Supervivencia (SIS)
El Seguro de Invalidez y Supervivencia (SIS) cubre a:
- Trabajadoras y trabajadores dependientes que se encuentren cotizando en la AFP. Se presume que la afiliada o el afiliado se encontraba cotizando si su muerte o la declaración de invalidez se produce en el tiempo que prestaba servicios.
- Trabajadoras y trabajadores independientes que coticen en el proceso de declaración de impuesto anual a la renta quedarán cubiertos por el período de un año.
Rentabilidad y Fondos de Pensiones
La rentabilidad es variable, por lo que nada garantiza que las rentabilidades pasadas se repitan en el futuro. Infórmese sobre la rentabilidad de su Fondo de Pensiones, las comisiones y la calidad de servicio de las AFP en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones: www.spensiones.cl.
Elección de Fondos según Edad
De acuerdo con la edad que tienen, la ley establece ciertas restricciones para afiliadas y afiliados del sistema a la hora de elegir el tipo de fondo de pensiones en que quieren depositar sus ahorros previsionales. Por esa razón, señala que a partir de los 51 años en el caso de las mujeres y de los 56 años en el caso de los hombres no podrán elegir el Fondo A (más riesgoso) para depositar su ahorro previsional obligatorio, sino que pueden optar por destinar ese ahorro entre los fondos B (riesgoso), C (intermedio), D (conservador) y E (más conservador).
Pensión Auto Gestionada (PAFE)
La Pensión Auto Gestionada (PAFE) se calcula como una renta vitalicia inmediata sin condiciones especiales de cobertura. Para su cálculo se considera la edad de la persona afiliada, el grupo familiar y el total del saldo acumulado en la cuenta de capitalización individual obligatoria que la persona tenga a la fecha de pensionarse por vejez o invalidez, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 3.500, de 1980.
Si tienes dudas o quieres comenzar a ahorrar más para tu pensión en AFP Modelo, visita nuestra web o contáctanos a través de nuestros distintos canales de atención.