La sigla DICOM significa Directorio de Información Comercial y su aparición suele generar preocupación e incertidumbre. Este registro contiene datos de morosidad y endeudamiento, siendo el Boletín Comercial de la Cámara de Comercio de Santiago la fuente oficial de esta información. Es importante destacar que no se puede registrar el retraso en las cuentas de servicios básicos como luz, agua o gas, y los datos de quienes están atrasados con el pago de sus deudas no figuran de forma automática en DICOM, aunque el acreedor podrá informar a las personas registradas desde la primera cuota impaga.
Para acreditar la situación comercial ante terceros, se puede obtener un certificado de Antecedentes Comerciales. Asimismo, existen trámites específicos para los que las casas comerciales e instituciones financieras exigen conocer el registro de morosidad de las personas. Esta información se puede consultar ingresando con la clave de la CMF o directamente en el sitio web de Equifax, seleccionando la opción “compra aquí” y luego la alternativa “Informe Ley 25.575”. Es relevante saber que no se puede exigir información sobre deudas impagas en diferentes momentos, lo que implica una regla general de no discriminación.
La Deuda Previsional en DICOM para Empresas
La presencia en el DICOM previsional puede afectar gravemente la reputación de una empresa, limitar su acceso a financiamiento y, en general, complicar sus operaciones comerciales. Las deudas previsionales suelen tener consecuencias legales y financieras más severas, incluyendo sanciones y multas, por lo que es fundamental dar prioridad a su pago.

Rol de las AFP y Obligaciones del Empleador
Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) cobran a los afiliados una comisión por la gestión de administración de la cuenta de capitalización individual obligatoria. Las personas son libres de elegir su AFP, pero los trabajadores que se afilian por primera vez deben ingresar a la administradora que cobra la menor comisión y permanecer en ella por un período de 24 meses.
Las cotizaciones obligatorias incluyen el 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales, con un tope de 90 Unidades de Fomento (UF). Adicionalmente, existe una cotización adicional o comisión por depósito de cotizaciones, la cual se destina al financiamiento de la AFP, incluyendo el pago de la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Desde 2024, esta prima corresponde a un porcentaje vigente (2,01%), que es de cargo del empleador, con excepción de los afiliados dependientes que perciben el subsidio previsional a los trabajadores jóvenes.
La Ley N° 21.735 de Reforma Previsional creó una nueva cotización de cargo del empleador, que comienza con una tasa inicial del 1% y aumentará cada año, por un periodo de nueve años, hasta llegar al 7% de la remuneración del trabajador. Esta nueva cotización se sumará al actual aporte que hace el empleador para financiar el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
Es obligación del empleador declarar las cotizaciones no pagadas dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente si está atrasado. En caso de que la relación laboral haya terminado y no corresponda el pago, el empleador tiene hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar esa situación. Los empleadores con deudas previsionales no podrán percibir pagos provenientes de instituciones públicas o con cargo a recursos fiscales de fomento productivo.
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Proceso para Salir del DICOM Previsional
Salir del DICOM previsional es un proceso que requiere diligencia y planificación. El primer paso es identificar claramente la naturaleza de la deuda. Una vez identificada, el siguiente paso es ponerse en contacto con las instituciones correspondientes. Con un panorama claro de la deuda, es crucial elaborar un plan de pago realista y efectivo. Para evitar futuras deudas y mantener la estabilidad financiera, es esencial implementar una gestión financiera rigurosa. En muchos casos, la ayuda de un asesor financiero puede ser invaluable. Finalmente, es crucial evaluar y ajustar las prácticas empresariales para prevenir futuras deudas.
Siguiendo estos pasos, las empresas pueden eliminar sus deudas previsionales, mejorar su reputación y asegurar un futuro financiero más estable y próspero. La salida de DICOM, con la asesoría de expertos, puede ser un proceso rápido.
La Pensión de Invalidez y el SIS
Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin. La declaración de invalidez por parte de una Comisión Médica no implica automáticamente el otorgamiento de una pensión de invalidez.
Proceso de Solicitud y Evaluación de Invalidez
El trámite de solicitud de pensión de invalidez se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la AFP o en oficinas ChileAtiende. Los trabajadores pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados.
Cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada, la respectiva Comisión Médica Regional (CMR) cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar. Se le hace entrega de las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, de acuerdo con los impedimentos que la afiliada o el afiliado declare. Si la solicitud se considera fundada, la CMR designará a un médico que asesore a la persona en el proceso de evaluación y calificación de invalidez, un proceso sin costo. Si una persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante, puede presentar esos documentos en la AFP al firmar la solicitud, aunque no es obligación.
Una vez que se tienen los resultados de los exámenes e interconsultas médicas, la CMR determina si el impedimento o enfermedad invocado es objetivo, demostrable, si se han agotado las terapias médicas o quirúrgicas accesibles, y si se ha cumplido el período de observación post-tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.

Dictamen y Tipos de Pensiones de Invalidez
Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una primera pensión de invalidez que puede ser total o parcial. La pensión de invalidez parcial tiene un carácter transitorio, otorgándose por un período de tres años. Cuando se trata de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario tendrá que ser reevaluado luego de tres años. En esa reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial y, en un nuevo dictamen, resolverá si confirma o rechaza la invalidez. Sin embargo, la legislación también precisa que si se trata de una invalidez parcial, la persona pensionada tiene derecho a solicitar otra reevaluación si sus impedimentos han progresado. Las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez total o absoluta no requieren ser reevaluadas.
Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión). Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de pensión, la AFP debe emitir el certificado de saldo. Una vez con el certificado de saldo efectivo, la persona interesada debe llenar su formulario de solicitudes de ofertas de montos de pensión en el SCOMP y seleccionar cualquiera de las modalidades de pensión. Si la opción es una renta vitalicia, el afiliado puede aceptar una oferta interna, aceptar una oferta externa o solicitar un remate.
La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años. Para su cálculo se considera la edad, el grupo familiar y el total del saldo acumulado en la cuenta de capitalización individual obligatoria, de acuerdo al Decreto Ley Nº 3.500 de 1980.
El Instituto de Previsión Social (IPS) es la entidad pública a cargo de administrar el Sistema de Pensiones Solidarias. En el caso de las personas solicitantes de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), los exámenes serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan. La persona beneficiaria de PBSI recibirá este beneficio hasta el último día del mes en que cumpla 65 años de edad.
Reclamos y Apelaciones
Las personas pueden presentar un reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro del plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen. A su vez, la CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo. El plazo para presentar la apelación ante la CMC es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen.