Fondos de AFP: Propiedad, herencia y el futuro del sistema previsional chileno

Al fallecer un afiliado, sus fondos previsionales se destinan, en primer lugar, al pago de pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios legales. En caso de no existir beneficiarios, los fondos pasan a sus herederos. Si no hay beneficiarios ni herederos, los fondos del afiliado se convierten en propiedad del Estado de Chile. Es importante destacar que los fondos acumulados en la cuenta individual de un afiliado son de su propiedad y, tras su fallecimiento, los beneficiarios por ley no poseen facultades para decidir el destino de dicha pensión.

Los herederos, a falta de cónyuge o conviviente civil, pueden ser los hijos mayores de 24 años. En ausencia de estos, heredan parientes colaterales hasta el sexto grado. Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) son las entidades encargadas de gestionar y pagar estas herencias de fondos previsionales.

Infografía detallando el proceso de distribución de fondos de AFP tras el fallecimiento del afiliado, incluyendo beneficiarios legales, herederos y destino final en caso de no existir ninguno.

Propiedad y heredabilidad de los ahorros previsionales

Los estudios de opinión ciudadana reflejan que las personas valoran ser dueñas de sus ahorros previsionales y el carácter heredable que estos fondos poseen. Esta percepción se ha visto respaldada por las cifras de herencias pagadas por las Administradoras. En 2021, se entregaron un total de 10.377 herencias, sumando un monto de US$209,95 millones, con un promedio de $17,2 millones por herencia.

El sistema de AFP se basa en la capitalización individual, donde cada trabajador es propietario de una cuenta única de ahorro para su vejez. Los fondos depositados en esta cuenta, junto con las variaciones del mercado donde las AFP invierten, determinan la pensión futura. El sistema también contempla un seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS), financiado por las AFP, para cubrir pensiones en caso de muerte o invalidez del trabajador.

Sin embargo, la heredabilidad de los fondos no es completamente directa y puede depender de la modalidad de pensión elegida por el afiliado. Existen dos modalidades principales: retiro programado y renta vitalicia.

Modalidades de pensión y su impacto en la herencia

En la modalidad de retiro programado, los fondos permanecen bajo administración de la AFP, y continúan generando rentabilidades (o pérdidas). Si el afiliado fallece antes de pensionarse o estando ya pensionado bajo esta modalidad, los fondos ahorrados se destinan primero a cubrir las pensiones de sobrevivencia. Estas pensiones corresponden principalmente a familiares directos como el cónyuge, convivientes civiles, padres de hijos nacidos fuera del matrimonio, e hijos solteros (con ciertas restricciones de edad o tiempo de matrimonio). Los padres del afiliado fallecido también pueden acceder a estas pensiones si no existen los beneficiarios anteriores. Es importante notar que las pensiones de sobrevivencia no necesariamente entregan la totalidad de la pensión que el afiliado habría recibido en vida, sino que se aplican proporciones según la calidad del beneficiario.

En contraste, al optar por la renta vitalicia, el afiliado "compra" una pensión a una empresa aseguradora. En este caso, el dinero de la AFP se traspasa completamente a la compañía de seguros, dejando de formar parte del patrimonio del afiliado. La aseguradora se compromete a pagar un monto fijo, en UF, de por vida al trabajador y a sus beneficiarios designados.

Los datos de la Superintendencia de Pensiones indican que solo en marzo de un año determinado, las AFP entregaron 1.129 saldos de cuentas por concepto de herencia, con un monto promedio de 506,23 UF (aproximadamente $16 millones). Las diferencias en estos montos promedio entre AFP pueden deberse a los distintos perfiles de afiliados que maneja cada administradora.

La propiedad extranjera en la industria de AFP

El sector de las AFP en Chile ha experimentado una significativa reconfiguración en su propiedad en la última década, con una fuerte presencia de capital extranjero. Actualmente, el 70% de los afiliados y el 80% de los fondos invertidos se encuentran en manos de administradoras cuyos controladores son extranjeros. De las siete AFP existentes, cuatro tienen dueños extranjeros, y una es controlada conjuntamente con un actor local.

Esta tendencia se consolidó a partir de 2011, cuando el colombiano Grupo Sura adquirió AFP Capital. Posteriormente, en 2012, el gigante estadounidense Principal Financial Group compró AFP Cuprum. Al año siguiente, en 2013, Metlife, otra firma estadounidense, adquirió AFP Provida. En 2014, Prudential, también estadounidense, se hizo del 50% de la propiedad de AFP Habitat. Por otro lado, Planvital tiene propiedad extranjera italiana, mientras que AFP Modelo y AFP UNO son las únicas administradoras en manos de capital chileno.

Mapa de Latinoamérica con marcadores indicando la presencia de las principales AFP y sus países de origen o control.

Reformas y el futuro del sistema previsional

El sistema de pensiones chileno se encuentra en constante debate y ha sido objeto de diversas reformas. Una de las discusiones más relevantes gira en torno a la propuesta de reforma previsional que introduce cambios significativos en el régimen de inversiones y la estructura de los fondos.

Se propone reemplazar el sistema de multifondos (A, B, C, D y E) por fondos generacionales, donde los afiliados se agruparán según su rango etario. Bajo este nuevo esquema, los afiliados jóvenes tendrán mayor exposición a inversiones de mayor riesgo, mientras que los afiliados más cercanos a la edad de jubilación tendrán fondos más conservadores. Aunque ya no se podrá elegir el tipo de fondo para las cotizaciones obligatorias, se mantendrá la opción de decidir sobre el Ahorro Previsional Voluntario (APV).

Además, se contempla un aumento gradual de la contribución al Pilar Contributivo, elevando el aporte del 10% actual al 14,5% del sueldo imponible a lo largo de 9 a 11 años. Se reafirma que el afiliado seguirá siendo propietario de sus ahorros y estos serán heredables.

Las AFP continuarán operando, manteniendo el sistema de licitación de afiliados cada dos años. Sin embargo, a partir de 2027, la licitación asignará al 10% de los afiliados no pensionados a la AFP que ofrezca la menor comisión. Este proceso de asignación se realizará al azar, y los afiliados serán notificados con antelación, teniendo la posibilidad de expresar su decisión sobre el traspaso.

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Debates sobre la propiedad y el rol de las AFP

El debate sobre la propiedad de los fondos de pensiones y su carácter heredable ha sido un punto central en las discusiones sobre reformas previsionales. Quienes defienden el sistema de AFP argumentan que la propiedad sobre los dineros y la posibilidad de traspasarlos como herencia son pilares fundamentales.

No obstante, existen críticas que señalan que el sistema de AFP, al ser un sistema de ahorro forzoso, podría no ser la vía principal para la herencia. Se argumenta que las cotizaciones y aportes del Estado están destinados a financiar prestaciones de seguridad social, como pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, y no a generar herencias. El riesgo de herencia, según esta perspectiva, no es una contingencia social contemplada.

La discusión también aborda la realidad de los trabajadores chilenos, marcada por la flexibilidad laboral, contratos a plazo, y brechas salariales, lo que dificulta la acumulación de fondos suficientes para una pensión digna y, consecuentemente, para una herencia significativa. La posibilidad de que los fondos no reclamados por herederos pasen a propiedad del Fisco tras 10 años, y la existencia de más de 200 mil afiliados fallecidos con saldos disponibles no reclamados, evidencian la complejidad de este tema.

El economista Hugo Cifuentes destaca que, a nivel mundial, la capitalización individual no es predominante, sino que suele ser un complemento a sistemas colectivos. La importancia dada a la heredabilidad de los fondos de pensiones se asocia a coyunturas específicas, como el trabajo de la Convención Constitucional y los proyectos de reforma previsional.

Desempeño financiero y retiros de utilidades de las AFP

Las administradoras de fondos de pensiones (AFP) en Chile son instituciones financieras privadas encargadas de administrar los fondos de ahorro para pensiones bajo el sistema de capitalización individual. Tras las juntas ordinarias de accionistas, varias AFP han aprobado retiros de utilidades correspondientes al ejercicio 2021. Por ejemplo, AFP Cuprum aprobó un retiro de utilidades que se traduce en dividendos significativos para su accionista mayoritario, Principal Financial Group. De manera similar, AFP Capital, propiedad del Grupo Sura, también acordó la distribución de dividendos. AFP Modelo, controlada por la familia Navarro Haeussler, decidió no distribuir utilidades con cargo a 2021, sino dar carácter definitivo a los dividendos provisorios otorgados durante ese año.

Estos retiros de utilidades reflejan el desempeño financiero de las administradoras, aunque generan debate en el contexto de las bajas pensiones que reciben muchos afiliados. El sistema, establecido en 1980, ha sido objeto de críticas por parte de economistas, quienes señalan que las pensiones promedio son inferiores a lo proyectado y que el sistema podría estar contribuyendo a la desigualdad.

En respuesta a estas preocupaciones, han surgido movimientos ciudadanos como la "Coordinadora No + AFP", que abogan por reformas profundas al sistema previsional, incluyendo la posibilidad de crear una administradora de fondos de pensiones estatal.

Gráfico comparativo de la rentabilidad promedio de las AFP y la evolución de las pensiones promedio en los últimos 10 años.

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