Durante el primer trimestre de 2010, el sector de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en Chile, junto con los Fondos de Cesantía, fue objeto de un informe detallado respecto a las comisiones pagadas por sus inversiones. La Superintendencia de Pensiones, en cumplimiento de la normativa vigente, divulgó información clave sobre estos montos y los ajustes realizados por las administradoras que excedieron los límites máximos de comisión.
Comisiones Pagadas por los Fondos de Pensiones en el Primer Trimestre de 2010
Las comisiones pagadas por los Fondos de Pensiones, como resultado de sus inversiones en cuotas de fondos mutuos y de inversión extranjeros, así como en títulos representativos de índices financieros, para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de marzo de 2010, alcanzaron un total de $45.242 millones.
Reintegros por Exceso de Comisiones
En consideración a que durante el período antes señalado las comisiones cobradas por algunos fondos mutuos y de inversión y títulos representativos de índices financieros superaron las comisiones máximas establecidas con cargo a los Fondos de Pensiones, algunas Administradoras tuvieron que reintegrar comisiones en exceso a sus respectivos Fondos administrados.
Al respecto, las Administradoras reintegraron un total de $1.007.934 por las inversiones en cuotas de fondos mutuos y de inversión de emisores nacionales.

Comisiones Pagadas por los Fondos de Cesantía en el Primer Trimestre de 2010
Para el mismo lapso, del 1° de enero al 31 de marzo de 2010, las comisiones pagadas por los Fondos de Cesantía por sus inversiones en cuotas de fondos mutuos y de inversión extranjeros, y en títulos representativos de índices financieros, sumaron un total de $53 millones.
Marco Legal y Transparencia en la Regulación de Comisiones
La información detallada sobre estas comisiones se proporciona con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso octavo del artículo 45 bis del Decreto Ley N° 3.500, de 1980.
Obligación de la Superintendencia de Pensiones
Esta disposición legal establece que la Superintendencia de Pensiones deberá informar las comisiones efectivamente pagadas por los Fondos de Pensiones y de Cesantía, así como por las Administradoras, en este tipo de inversiones. Esto asegura una mayor transparencia y supervisión en la gestión de los recursos previsionales.
Video explicativo Fondo de Pensiones
Establecimiento Anual de Comisiones Máximas
Asimismo, la citada disposición legal señala que los Superintendentes de Administradoras de Fondos de Pensiones, de Bancos e Instituciones Financieras y de Valores y Seguros tienen la facultad de establecer anualmente las comisiones máximas a ser pagadas con cargo a los Fondos de Pensiones. Esta regulación abarca las inversiones que estos realicen en cuotas de fondos mutuos y de inversión, tanto nacionales como extranjeras, y títulos representativos de índices financieros, con el fin de proteger la rentabilidad de los ahorros previsionales de los afiliados.