Abandono de Familia y Requisitos para Pensiones de Alimentos en Chile

El abandono de familia es un delito que se produce cuando una persona abandona el hogar familiar y deja a las personas de las que de él dependen en situación de desvalimiento. Este delito se da no solo en los casos en que exista matrimonio, sino también en el caso de parejas. Cuando se dejan de abonar las pensiones alimenticias o compensatorias, se puede interponer una denuncia ante las autoridades, lo que generará un procedimiento penal contra quien cometa el delito.

Esquema de las vías legales para el cobro de pensiones alimenticias

Procedimientos para el Cobro de Pensiones por Abandono de Familia

Existen dos vías principales para abordar el cobro de deudas por pensiones alimenticias:

Vía Penal: Denuncia por Delito de Abandono de Familia

A través de un procedimiento judicial penal que se iniciará por denuncia, se tramitará un proceso que podría acabar con una condena penal para quien cometa el delito. Además de la posible condena, esta vía busca conseguir el cobro de lo debido, generalmente mediante el embargo de bienes del denunciado.

Vía Civil: Procedimiento de Ejecución de Sentencia

La otra vía es a través de un procedimiento judicial por vía civil, denominado de ejecución de sentencia. Este se presentará ante el Juzgado donde se llevó el divorcio o la separación, o el procedimiento de fijación de medidas paterno filiales.

Ley N° 21.484: Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos

El 20 de mayo de 2023 entró en vigencia la Ley N° 21.484 sobre Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos. Esta ley busca endurecer la normativa vigente frente al gran número de casos en que el progenitor no cumple con la obligación alimenticia, estableciendo medidas para garantizar el pago.

Facultades de los Tribunales de Familia

Para llevar adelante lo anterior, la Ley N° 21.484 otorga a los tribunales de familia la posibilidad de consultar información a diversas entidades:

  • Comisión para el Mercado Financiero (CMF)
  • Servicio de Impuestos Internos (SII)
  • Otros servicios del Estado pertinentes
Infografía: Funcionamiento de la Ley N° 21.484 y sus mecanismos de consulta

Acceso a Ahorros Previsionales

Cuando la persona deudora no cuenta con recursos bancarios o financieros suficientes para cumplir con el pago de las pensiones de alimentos adeudadas, la ley faculta a esos mismos tribunales de familia para que consulten directamente en las AFP por los ahorros previsionales que pueda tener la persona deudora. La Superintendencia de Pensiones dispuso que las AFP deben habilitar un sistema de interconexión para comunicarse con los tribunales de familia.

Procedimiento Especial de Investigación Patrimonial

El procedimiento especial consiste en que el tribunal de familia inicia una investigación sobre el patrimonio de una persona deudora de pensión de alimentos. Para ello, la Ley N° 21.484 autoriza a los tribunales de familia a realizar las indagatorias y consultas necesarias a través de los sistemas de interconexión que deberán mantener con la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el Servicio de Impuestos Internos (SII) y otros servicios del Estado que estime pertinente.

Medidas Cautelares y Retención de Fondos

Los tribunales pueden decretar la medida cautelar de retención de los fondos que la persona deudora tiene en cuentas bancarias, cuentas o instrumentos financieros o de inversión, y cuentas de ahorros previsionales de tipo voluntario.

Esto aplica cuando la persona no tenga fondos en cuentas bancarias, en instrumentos financieros o de inversión, ahorros previsionales de tipo voluntario, o que, aun cuando tenga recursos, estos no sean suficientes para pagar lo adeudado por pensión de alimentos.

Retención de fondos bancarios por deuda d pensión de alimentos - Preguntas Frecuentes

Rol de las AFP en el Pago de Deudas

El tribunal de familia es el encargado de realizar las gestiones para lograr el pago de la deuda, iniciando una investigación reservada del patrimonio activo de la o el deudor. En el caso de que se ordene el pago desde la AFP, esta deberá realizar los pagos de acuerdo con el orden de recepción de las notificaciones de pago.

Registro de Medida Cautelar

La AFP registrará el monto de la medida cautelar en un subsaldo o provisión en cuotas de la cuenta personal de la o el deudor.

Afiliado como Pensionado

Para estos casos, se considera a la o el afiliado como pensionado y la rebaja del monto de la deuda por pensión alimenticia, ordenada a pagar por el tribunal de familia, se aplica al saldo total de las cuentas personales individualizadas en la resolución.

Saldo a Favor del Deudor

Si la AFP paga la deuda de pensión de alimentos y queda saldo a favor de la persona deudora, este saldo permanece en la cuenta del afiliado, sujeto a las regulaciones de los fondos de pensiones.

Gestión de Fondos y Traspasos

Retiro de Fondos de Trabajadores Extranjeros

Si el proceso de retiro de fondos no se ha materializado y existe una deuda de pensión de alimentos, la AFP deberá rechazar la "Solicitud de devolución de fondos de trabajadores extranjeros".

Orden de Prelación para Ahorros Voluntarios

Cuando la rebaja para pagar la deuda por pensión de alimento se deba realizar sobre los saldos de las cuentas personales con ahorros voluntarios, desde que es contactada la persona deudora tiene cuatro días hábiles para indicar el orden en que quiere que se le rebaje la deuda (orden de prelación sobre sus cuentas).

Prohibición de Traspaso entre AFP

Si la AFP de origen es notificada por el tribunal de familia de una orden de prohibición de traspaso a otra AFP, debe bloquear de inmediato la cuenta de capitalización individual obligatoria de la persona deudora para no permitir dicho traspaso.

Si ya se realizó la cuadratura de información entre la AFP de origen y la AFP de destino, se envió el archivo de cuentas personales y rezagos eliminados a la AFP de destino, o bien, los fondos ya fueron traspasados a la AFP de destino, esta última deberá proporcionar a los tribunales de familia toda la información de los saldos de la persona deudora.

Pensión de Alimentos: Derecho y Requisitos en Chile

La pensión de alimentos es un derecho de los hijos que el progenitor, que no tiene el cuidado personal, está obligado a pagar. En este artículo, te brindaremos una guía completa sobre cómo solicitar el cese de alimentos en Chile.

Si los hijos están estudiando una profesión u oficio, la obligación de la pensión de alimentos se puede extender hasta los 28 años.

La pensión alimentaria debe haber sido fijada judicialmente y su monto no debe ser inferior al 40% del ingreso mínimo mensual que corresponda según la edad del alimentante.

Solicitud de Cese de Pensión de Alimentos

Finalizar la pensión de alimentos no es un proceso automático. Si no se solicita el cese, a pesar de que se cumplan las condiciones, esta seguirá acumulando deuda, lo que generará consecuencias graves como arresto o remate de bienes.

Requisitos para el Cese de Pensión de Alimentos

Para solicitar el cese de pensión de alimentos en Chile, es necesario cumplir con ciertos requisitos legales. En caso de que se traspase el cuidado personal del hijo, en un juicio de tuición, podría ser una causal para el cese.

Acuerdos Extrajudiciales y Mediación

Un documento en que el progenitor y el hijo acuerdan el cese de pensión puede ser presentado. En este caso, hay una instancia de mediación familiar entre el padre o la madre, el hijo y un tercero imparcial. Si hay acuerdo entre las partes, no es necesario llegar a un juicio, y el mediador enviará el documento al Juzgado de Familia.

Este es un acuerdo extrajudicial en el que se fija el monto de la pensión, forma de entregarla y su lugar de pago.

Demanda de Cese de Pensión de Alimentos

En caso de que se hayan frustrado las medidas anteriores, se debe interponer una demanda de cese de pensión de alimentos contra el alimentario, a través de los Tribunales de familia. Por la duración del juicio de cese de alimentos, se puede solicitar el cese provisorio. No obstante, si hay deuda de pensión de alimentos, no se podrá tramitar el cese. El primer paso entonces es llegar a un acuerdo de pago con la contraparte y, si esta accede, registrarlo en el tribunal.

Consecuencias del Impago de Pensiones de Alimentos

Es importante evitar el impago de la pensión de alimentos, ya que esto puede tener consecuencias graves, como sanciones legales y la obligación de pagar intereses y multas. El demandado puede tener pena de prisión en cualquiera de sus grados, ya sea por el ocultamiento de las fuentes de ingreso, no presentar todos los documentos o no extender la declaración jurada patrimonial.

Medidas de Apremio y Garantías Legales

Frente al gran número de casos en que el padre no cumple con la obligación alimenticia, el legislador quiso endurecer la normativa vigente, estableciendo la posibilidad de presentar la demanda omitiendo el domicilio del demandado, caso en que el juez deberá adoptar las medidas para determinar dicho dato.

De igual forma, la ley ha puesto garantías para proteger las pensiones alimenticias a través de:

  • Apremios personales al deudor (eliminación del trámite de la audiencia para imponer reclusión nocturna como medida de apremio).
  • Arresto nocturno (entre las 22 hrs. de cada día hasta las 06 hrs.).
  • Retención de la devolución de impuestos.
  • Incorporación de la suspensión de la licencia de conducir, salvo que sea necesaria para generar ingresos.
  • Solidaridad del que sin derecho dificulte el cumplimiento de la obligación.
  • Sanción para terceros que colaboren con el ocultamiento del paradero del demandado.
  • Garantía de cumplimiento hipoteca, prenda u otra caución.
  • Decretar separación de bienes.
  • Autorizar a la mujer para actuar conforme Art. 138 Cod.

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