En España, acceder a una pensión de jubilación contributiva requiere haber cotizado un mínimo de 15 años (5.475 días) a la Seguridad Social. Además, de esos 15 años, al menos dos deben estar comprendidos en los 15 anteriores al momento de la jubilación. Sin embargo, muchas personas no cumplen esta condición, como es el caso de las amas de casa, quienes tradicionalmente no han cotizado al sistema.

¿Tienen derecho a pensión las amas de casa?
A pesar de no haber cotizado, la respuesta es sí. Para las amas de casa en España existe la opción de solicitar una pensión de jubilación no contributiva. Esta prestación está destinada a ciudadanos en “situación de necesidad protegible” y a aquellos que no disponen de “recursos suficientes para su subsistencia”. El trabajo doméstico y de cuidados, aunque no cotiza, tiene un valor social incuestionable y, tradicionalmente, ha dejado a quienes lo desempeñan sin cobertura jubilatoria al cumplir 65 años.
Durante años, el trabajo de las amas de casa no ha tenido ningún reconocimiento formal para la Seguridad Social porque no se generaban cotizaciones. Sin embargo, estas personas, generalmente mujeres, sí que trabajaban en las tareas del hogar y en el cuidado de los hijos o de los familiares. Debido a esto, muchas mujeres y hombres que dedicaron una gran parte de su vida, o toda ella, a esas labores no podían acceder a una pensión cuando se llegaba a la edad de jubilación, puesto que no podían acreditar que hubieran estado llevando a cabo un trabajo por cuenta propia o por cuenta ajena.
Tipos de pensiones en el sistema español
El sistema de Seguridad Social español se compone de dos tipos de prestaciones:
- Pensiones contributivas: Son las que se basan en los años cotizados y la base reguladora, que son los conceptos que determinan la cuantía de la pensión. Se nutren de las aportaciones de los trabajadores.
- Pensiones no contributivas (PNC): Son prestaciones económicas financiadas por el Estado para aquellos que no han cotizado lo suficiente al sistema de la Seguridad Social como para cobrar una pensión contributiva, pero carecen de ingresos suficientes para vivir con dignidad. Estas se financian con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Una ama (o amo) de casa podrá solicitar una pensión contributiva de jubilación si a lo largo de su vida laboral ha cotizado en alguno de los regímenes de la Seguridad Social un mínimo de 15 años. Aquellas amas de casa que hayan asumido en exclusiva el cuidado del hogar y la familia y que, por tanto, nunca han cotizado a la Seguridad Social o bien no han alcanzado ese mínimo de 15 años, pueden recurrir a una pensión no contributiva.
Edad legal de jubilación para pensión contributiva
La edad legal de jubilación en 2023 es de 66 años para quienes hayan cotizado menos de 37 años y 3 meses, y de 65 años para quienes hayan cotizado más. Para acceder a esta pensión, se deben tener al menos 15 años cotizados, de los cuales al menos 2 deben estar dentro de los 15 años anteriores a la jubilación. La cuantía mínima de la pensión contributiva varía en función de las personas que se puedan tener a cargo.
Requisitos para la pensión de jubilación no contributiva
El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y el Imserso establecen los siguientes requisitos para cobrar la pensión de jubilación no contributiva:
- Edad: Tener 65 años o más al presentar la solicitud para la pensión.
- Residencia: Vivir de forma legal en España y haberlo hecho del mismo modo durante al menos 10 años, entre la edad de 16 años y la del devengo de la pensión (dos de estos años tienen que ser consecutivos e “inmediatamente anteriores” a la fecha de la solicitud).
- Carencia de ingresos: No disponer de las rentas o ingresos suficientes para poder optar a la pensión.
Requisito de carencia de ingresos
El requisito más exigente para poder ser beneficiario de la pensión es el de la carencia de ingresos o rentas. Este se acredita cuando los ingresos del solicitante no superan el total de la pensión.
- Para 2023, este límite es de 6.784,54 euros anuales para las personas que viven solas.
- Según 2025, el umbral individual se sitúa en 7.905,80 euros anuales para personas que viven solas.
Si el solicitante no está integrado en una unidad económica y sus ingresos personales son superiores al 35% de la pensión (2.374,59 euros), la cuantía de la pensión se reducirá en un importe igual a la cantidad en que los ingresos personales exceden el porcentaje indicado en el cómputo anual. Si una vez realizada la reducción se obtiene una cifra inferior al 25% de la pensión total, se otorgará al beneficiario una pensión mínima de 1.696,14 euros, que se corresponde con el 25% de la pensión total.

Límites de ingresos con unidad económica (2025)
En los casos de convivencia del beneficiario con su pareja matrimonial, con personas con lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado (padres, madres, abuelos, abuelas, hijos e hijas, nietos y nietas, hermanos y hermanas), se aplican diferentes límites de ingresos:
| Número de convivientes | Límite de ingresos anuales |
|---|---|
| Dos | 11.533,72 euros |
| Tres | 16.282,90 euros |
| Cuatro | 21.032,08 euros |
| Cinco | 25.781,26 euros |
| Seis | 30.530,44 euros |
| Siete | 35.279,62 euros |
| Ocho | 40.028,80 euros |
| Nueve | 44.777,98 euros |
| Diez | 49.527,16 euros |
Si la convivencia tiene lugar con sus descendientes o ascendientes en primer grado (padre, madre, hijo e hija), sin importar que el lazo sea por consanguinidad o adopción, los importes de renta se multiplican por dos veces y media. Por ejemplo, para dos convivientes, el límite sería de 28.834,30 euros.
No obstante, si las rentas personales son inferiores a 8.803,20 euros anuales y se convive con familiares, únicamente se cumplirá el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia sean inferiores a unos importes determinados.
Cuantía de la pensión no contributiva
La cuantía de las pensiones no contributivas (tanto de jubilación como de invalidez) se fija en los Presupuestos Generales del Estado de cada año. Para 2023, su cuantía total es de 484,61 euros al mes. Para 2025, el importe anual quedó establecido en 7.905,80 euros anuales, que se abonan en 12 pagas (una por cada mes) y dos pagas extras (en junio y noviembre). El Gobierno prevé que las pensiones se revaloricen un 4% en 2024 por la inflación.
Proceso de solicitud de la pensión no contributiva
La gestión de estas ayudas depende de cada comunidad autónoma y de las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). Sin embargo, existe un marco común y pasos generales a seguir para la tramitación:
- Reunir la documentación necesaria: DNI o NIE, certificado de empadronamiento y cualquier documento que acredite los ingresos y patrimonio.
- Rellenar el formulario oficial de solicitud: Se puede presentar online, a través de la sede electrónica de la comunidad autónoma o del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO); o bien presencialmente, en oficinas del IMSERSO o de la administración autonómica correspondiente.
- Esperar la resolución: Una vez presentada la solicitud completa con la documentación requerida, la administración tiene un plazo para resolver y notificar la concesión o denegación.
Cambio en el rol de la mujer y el hogar
En las últimas cuatro décadas se ha producido en España, y en una gran parte de los países de occidente, una masiva incorporación de la mujer al mercado laboral, que progresivamente está alcanzando todos los niveles y estadios profesionales, incluidos los puestos de alta cualificación y las posiciones directivas. Según la Encuesta de Población Activa (EPA), en el segundo trimestre de 2025 había en España 2,8 millones de mujeres dedicadas en exclusiva a las labores del hogar, habiéndose reducido en más de 2 millones respecto a los 5 millones registrados en el año 2002 (23 años antes), lo que supone un 40% menos. En los casos de aquellas parejas que disponen de posiciones económicas holgadas, se recurre a contratar la ayuda de terceras personas, de personal de servicio.