Producto de la emergencia sanitaria, se oficializó el segundo retiro de fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Este proceso podrá ser utilizado a partir del jueves 10 de diciembre, día en que desde las 10:00 horas se habilitarán los portales de los distintos organismos, e irá dirigido a todas las personas que mantengan dinero en sus cuentas de ahorro previsional.
En este contexto del segundo retiro de AFP, uno de los organismos con mayor cantidad de afiliados y afiliadas, y que además fue uno de los que más complicaciones generó con la primera entrega, fue la AFP Modelo. Esta entidad dispondrá de sus canales para que las personas puedan hacer uso de sus ahorros.

¿Cómo solicitar el retiro de fondos en AFP Modelo?
Llenar el formulario de solicitud
Para iniciar el trámite, deberás ingresar al sitio tu10conmodelo.cl. Una vez en él, digita tu RUT y el número de serie de tu cédula de identidad. Luego, podrás seleccionar entre:
- "retirar máximo permitido" (para el 100% de lo disponible según los topes)
- "retirar otro monto" (para 99% o inferior)
Después, podrás escoger el medio de pago:
- "Cuenta 2", para depósito en cuenta de la misma AFP creada para esta ocasión.
- "CuentaRut", para cuenta en BancoEstado.
- "Transferencia bancaria", para cuenta en cualquier banco o vale vista.
Una vez elegido el medio de pago, el sistema te enviará un correo de confirmación con los datos que ingresaste.
Pasos para tu retiro 10%
Solicitar tu clave en AFP Modelo
Para solicitar tu clave, tienes que entrar al portal correspondiente. Debes ingresar tu RUT y pinchar en el captcha para demostrar que no eres un robot. Seguido de esto, te llegará un correo electrónico con los pasos a seguir. Con esta contraseña, también podrás mantenerte informado de tu estado y revisar cuánto saldo mantienes.
Información adicional y preguntas frecuentes
Portal mi10afp.cl
Para conocer mayor información respecto al proceso de retiro del segundo 10%, puedes ingresar al portal mi10afp.cl. Ahí encontrarás información relacionada con los formularios, plazos y detalles respecto al proceso de retiro de fondos.
¿Quiénes pueden solicitar el retiro?
Pueden solicitar el retiro de fondos quienes poseen una cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario y los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado. La reforma constitucional establece que podrán solicitar el retiro de fondos quienes estén recibiendo pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado. Asimismo, los trabajadores y pensionados afiliados al actual sistema de pensiones y que registren fondos en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias podrán solicitar el retiro de sus fondos.
Plazos para la solicitud y el pago
Una vez que la administradora entrega el comprobante de solicitud de retiro al afiliado o beneficiario, desde esa fecha (incluida) comienza a regir el plazo para el pago de los fondos, que es de hasta 10 días hábiles. Si fue aprobada, tiene el resto de los días hasta el décimo día hábil para pagar el retiro de los fondos.
Medios de pago disponibles
Los fondos pueden ser transferidos a:
- La cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) en la AFP donde se está efectuando el retiro. Si no tiene una, se creará automáticamente.
- Un depósito en una cuenta bancaria (corriente, vista o de ahorro) de la cual el afiliado sea el titular. También a cuentas de instituciones financieras como cooperativas de ahorro y crédito. El solicitante deberá informar el N° de cuenta, tipo de cuenta y nombre de la entidad.
- Un depósito en una cuenta de provisión de fondos en cajas de compensación.
¿Qué hacer si mi solicitud es rechazada?
Cuando la solicitud de retiro de fondos es rechazada, la AFP debe explicar claramente al afiliado o beneficiario las razones de por qué se rechazó su presentación. De esta manera, la persona corregirá los errores o datos entregados, pero deberá ingresar una nueva solicitud.
Retractación de la solicitud
En este proceso existe la posibilidad de retractarse, pero el afiliado o beneficiario debe comunicarlo a su AFP antes de recibir el primer pago.
Cálculo del 10% del retiro
Al momento de la solicitud de retiro, la AFP deberá calcular el monto correspondiente al 10% del saldo y expresarlo en cuotas. El valor cuota experimentará las variaciones propias del mercado. El monto máximo de retiro tiene un tope de 150 UF (aproximadamente $4.300.000) y un mínimo de 35 UF (aproximadamente $1.000.000).
Costos asociados al retiro
No, el retiro de los fondos no está afecto a ningún tipo de comisión o descuento.
Compatibilidad con otros beneficios previsionales
El beneficio del retiro de fondos de pensiones de la cuenta de capitalización individual obligatoria no excluye de esa posibilidad a otros beneficios previsionales. La posibilidad de retirar los fondos de pensiones es un derecho excepcional que ha establecido la reforma constitucional aprobada por el Congreso y a quienes han hecho uso de ese derecho no les excluye de los otros beneficios previsionales. Asimismo, el derecho a retiro de los fondos de la cuenta de ahorro obligatorio no le excluye de solicitar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) como es, por ejemplo, la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS).
Inembargabilidad de los fondos
No. La reforma constitucional establece que los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal.
Efecto en la cotización y la pensión
El retiro de los fondos de pensiones no afectará el número de períodos cotizados para el cálculo de pensión bajo la legislación chilena. Soy pensionado en la AFP. El valor de su pensión a través de la modalidad de retiro programado depende, entre otras variables, de los fondos acumulados en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias y de la tasa para el recálculo de la pensión. No se aplicará deducción. Si el saldo se agota antes por efecto del retiro de fondos, la Garantía Estatal se otorgará antes.
Retiro para pensionados
Los pensionados de Capredena y Dipreca, afiliados al D.L., sí podrán retirar fondos. Quienes están pensionados por renta vitalicia no podrán hacer retiro. Sin embargo, si recibe una renta vitalicia, pero tiene saldo en la AFP que le paga como pensión adicional en la modalidad retiro programado, sí podrá realizar el retiro. El monto del retiro se calculará sobre el monto acumulado en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias.

Pensionados por invalidez y APSI
Las personas pensionadas por invalidez en retiro programado y que, además, reciben APSI, al retirar saldo de su cuenta verán que el porcentaje que ellos financian con su saldo disminuirá. La solicitud de retiro de fondos se calcula sobre el total de los fondos acumulados en la cuenta individual de cotizaciones obligatorias, sin hacer diferencia o excepción alguna.
Retiro de fondos del Bono por Hijo
Sí, se pueden retirar los fondos del bono por hijo.
Efecto en el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
El derecho al aporte adicional está relacionado con la tenencia de la cobertura del SIS. La tasa del SIS se vería afectada desde la próxima licitación.
Pensionados en el extranjero
Sí, los pensionados en retiro programado que se encuentran en el extranjero acogidos a convenio de seguridad social, podrán retirar fondos.
Solicitud de desafiliación
Si solicita el retiro de fondos y su solicitud de desafiliación es aprobada, el saldo total de su cuenta individual de cotizaciones obligatorias que se transferirá al IPS podría disminuir.